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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (29/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2007 352343 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Aprueban reincorporación laboral de trabajadores al FONCODES RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 416-2007-MIMDES Lima, 28 de agosto de 2007 Vistos, el Memorando Nº 342-2007-MIMDES/OGRH del Director General de la O fi cina General de Recursos Humanos, y el Informe Nº 123-2007-MIMDES/OGRH/ORP del Jefe de la O fi cina de Remuneraciones y Pensiones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 17 de fecha 28 de febrero del 2006 (Expediente Nº 0744-2005), emitida por la Sala Superior de Emergencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali en el Proceso de Cumplimiento seguido por los señores Silvio Tapia Brito, José de Jesús Panduro Abarca y Milena Urrunaga Sánchez, contra el Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, se resolvió con fi rmar la Sentencia de fecha 7 de diciembre del 2005, en el extremo que declaró Fundada en parte la demanda y ordena que FONCODES cumpla con lo dispuesto en la Ley Nº 27803 y disponga la reincorporación laboral de los demandantes en las plazas vacantes y presupuestadas; Que, por la Resolución Nº 20 de fecha 16 de marzo del 2006 (Expediente Nº 417-2005), emitida por la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de Apurímac en el Proceso de Amparo seguido por el demandante Vidal Carlos Chuqui Sánchez contra el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y otro, resolvió con fi rmar la Sentencia de fecha 19 de diciembre del 2005, emitida por el Juzgado Mixto de Abancay, que declaró fundada la demanda y ordena la reincorporación del demandante en una plaza vacante existente y reservada para los trabajadores cesados irregularmente, en el mismo nivel que se desempeñaba el momento de su cese; Que, mediante Sentencia de fecha 25 de junio del 2004 (Expediente Nº 0815-2004-AA/TC), emitida por el Tribunal Constitucional en el Proceso de Amparo seguido por el demandante Paulino Núñez Cabreras, contra la ex O fi cina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, se resolvió declarar fundada la demanda, y ordena al MIMDES cumpla con reponer al demandante en el cargo que desempeñaba al momento de la violación de su derecho constitucional, o en otro de igual nivel o categoría; Que, por Resolución Nº 10 de fecha 30 de enero de 2006 (Expediente Nº 357-2005), emitida por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el proceso de Acción de Amparo seguido por el demandante Lucio Julio Delgado Agurto contra el Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, se resolvió revocar la sentencia de fecha 23 de noviembre del 2004, emitida por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Lima, que declaró Infundada la demanda, y reformándola declara fundada en parte la demanda y ordena que FONCODES proceda a reponer al demandante en su puesto de trabajo o en otro de igual nivel o categoría; así como declara improcedente los demás extremos de la demanda; Que, los 6 (seis) ex trabajadores mencionados en los considerandos precedentes, al momento en que fueron cesados ocupaban una plaza y cargo en la ex COOPOP y FONCODES, siendo que mediante Resolución Ministerial Nº 395-2005-MIMDES, se dispuso dentro del proceso de reestructuración interna del MIMDES la incorporación de las ex Unidades Ejecutoras 007: COOPOP y 008: PAR, a la Unidad Ejecutora 004: FONCODES; por lo que la reincorporación correspondiente debe efectuarse en todos los casos en plazas y cargos vacantes del vigente Cuadro para Asignación de Personal - CAP del MIMDES correspondiente a FONCODES; Que, el inciso 2 del artículo 139º de la Constitución Política del Perú, establece que ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones; tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modi fi car sentencias ni retardar su ejecución; asimismo, el artículo 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder cali fi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala; Que, asimismo la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su artículo 4, numeral 2), acápite iv), establece como medida de austeridad que está prohibido el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, salvo en los casos de reincorporación o reubicación a que se re fi ere el numeral 1 del artículo 3º de la Ley Nº 27803; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 040-2007- MIMDES de fecha 26 de enero de 2007, se modi fi có el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del MIMDES, a través del cual se reordenan los cargos Nºs. 471, 553, 687, 753, 692 y 600 correspondientes a FONCODES, los cuales habilitarán plazas vacantes para ser asignados a 6 (seis) ex trabajadores que han obtenido sentencias favorables en calidad de cosa juzgada que ordenan su reincorporación laboral al FONCODES; Que, con el O fi cio Nº 049-2007-FONCODES-UA/ ETRRHH de fecha 5 de junio de 2007, la Jefa de Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de FONCODES, informa respecto a los cargos y plazas que serán asignadas a los señores Lucio Julio Delgado Agurto, Vidal Carlos Chuqui Sánchez, Silvio Tapia Brito, Paulino Núñez Cabreras, Milena Urrunaga Sánchez y José de Jesús Panduro Abarca; precisando las fechas en que dichos ex trabajadores han sido reincorporados en forma efectiva en las respectivas Unidades Gerenciales de FONCODES, en cumplimiento de los mandatos judiciales antes señalados; Que, mediante el Informe Nº 123-2007-MIMDES/ OGRH/ORP de fecha 14 de junio de 2007, la O fi cina de Remuneraciones y Pensiones del MIMDES, emite opinión favorable respecto a la reincorporación laboral al FONCODES de los señores Lucio Julio Delgado Agurto, Vidal Carlos Chuqui Sánchez, Silvio Tapia Brito, Paulino Núñez Cabreras, Milena Urrunaga Sánchez y José de Jesús Panduro Abarca, que han obtenido sentencias en calidad de cosa juzgada que ordenan su reincorporación laboral, las cuales deberán efectuarse en las plazas vacantes y presupuestadas previstas en la Resolución Ministerial Nº 040-2007-MIMDES, que modi fi có el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del MIMDES, aprobado por Resolución Suprema Nº 004-2005-MIMDES; Que, en consecuencia resulta necesario formalizar la reincorporación laboral al FONCODES de los señores Lucio Julio Delgado Agurto, Vidal Carlos Chuqui Sánchez, Silvio Tapia Brito, Paulino Núñez Cabreras, Milena Urrunaga Sánchez y José de Jesús Panduro Abarca, en los cargos de las Plazas CAP Nºs. 471, 553, 600, 687, 692 y 753 respectivamente, del Cuadro para Asignación de Personal - CAP del MIMDES correspondiente a FONCODES, las cuales ha sido previstas por Resolución Ministerial Nº 040-2007-MIMDES de fecha 26 de enero de 2007, que modi fi có el Cuadro Para Asignación de Personal - CAP del MIMDES, en cumplimiento de las Sentencias en calidad de cosa juzgada, indicadas en los primeros cuatro considerandos de la presente Resolución; Que, asimismo, las mencionadas reincorporaciones se efectuarán bajo la condición laboral de contratos a plazo indeterminado y con e fi cacia anticipada a las fechas en que dichos ex trabajadores han sido reincorporados en forma efectiva e iniciaron sus labores en las Unidades Gerenciales de FONCODES, conforme a lo informado en el Oficio Nº 049-2007-FONCODES-UA/ETRRHH de Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de FONCODES, en aplicación a lo establecido por el artículo 17 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMDES, aprobado por