Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (30/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de agosto de 2007 352441 Designan Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoria del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 053-2007/DP Lima, 29 de agosto de 2007. VISTO: El Memorando Nº 652-2007-DP/OGRH que adjunta los Memorandos Nºs. 893-2007/PAD y 472-2007-DP/OPP, mediante el cual se solicita la emisión de la resolución autoritativa que designe al Asesor II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante la Resolución Defensorial Nº 0039-2006/DP se aprobó su vigente Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley Nº 26602, Ley que establece el régimen laboral del personal de la Defensoría del Pueblo, dispone que el personal de la Defensoría del Pueblo está comprendido en el régimen laboral de la actividad privada; Que, el artículo 33º de la Ley Orgánica de la Defensoría establece que es potestad de la Defensora del Pueblo designar libremente a los asesores necesarios para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el reglamento y dentro de los límites presupuestales; Que, el artículo 43o del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, establece que son trabajadores de con fi anza aquellos que laboran en contacto personal y directo con el empleador, y cuyas opiniones o informes son presentados directamente al personal de dirección; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que se considera empleado de con fi anza a aquel que desempeña un cargo técnico o político, distinto al de funcionario público; de igual modo, el empleado de con fi anza forma parte del entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso su porcentaje será mayor al cinco por ciento (5%) de los servidores públicos existentes en cada entidad; Que, el literal ii) del numeral 2) del artículo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, señala que está permitida la designación de cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad y a la normatividad vigente; Que, a través de la Resolución Defensorial Nº 052- 2007/DP se dio por concluida la designación de la CPC Armida Teresa Lino Castillo, al cargo de con fi anza de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, a partir del 1º de setiembre del 2007; Que, con el fi n de asegurar la continuidad de la gestión institucional resulta necesario designar al titular que desempeñe el cargo de con fi anza de Asesor II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, en la Plaza 024, de acuerdo con lo establecido en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 033-2007/DP, como con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), aprobado por la Resolución Administrativa Nº 0035-2006/DP y sus modi fi catorias aprobadas mediante Resoluciones Administrativas Nº 007-2007/DP, Nº 0014-2007/DP, Nº 0030-2007/DP y Nº 0036-2007/DP; Que, asimismo, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, a través del Memorando Nº 472-2007-DP/OPP señala que la referida acción de personal se encuentra presupuestada, por lo que es procedente designar a su titular; Que, mediante la Resolución Defensorial N° 020-2007/ DP se designó a la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde, en el cargo de Jefa de la O fi cina Defensorial de Lima, con Categoría y Nivel D7, en la Plaza 265, con efectividad al 10 de abril del 2007; Que, por necesidad del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación anteriormente referida, disponiéndose designar como Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo a la abogada Luisa Nelly Eugenia Fernán-Zegarra de Belaúnde;Que, asimismo, la precitada Asesora II se encargará de la Jefatura de la O fi cina Defensorial de Lima, hasta la designación de su titular; Con los visados de la Primera Adjuntía y de las o fi cinas de Gestión de Recursos Humanos, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5°, el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 33º de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y en concordancia con los literales d) y o) del artículo 8º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Defensorial N° 0039-2006/ DP, el literal a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; el literal ii) del numeral 2) del artículo 4° de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y el artículo 43º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la abogada Luisa Nelly Eugenia FERNÁN-ZEGARRA DE BELAÚNDE, en el cargo de con fi anza de Jefa de la O fi cina Defensorial de Lima, que será efectiva a partir del 1º de setiembre del 2007. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la abogada Luisa Nelly Eugenia FERNÁN-ZEGARRA DE BELAÚNDE en el cargo de con fi anza de Asesora II de la Primera Adjuntía de la Defensoría del Pueblo, con Categoría y Nivel D7, Plaza 024, a partir del 1º de setiembre del 2007. Artículo Tercero.- ENCARGAR las funciones de la Ofi cina Defensorial de Lima a la precitada Asesora II, hasta la designación de su titular, a partir del 1º de setiembre del 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 102582-3 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 744-2007-JNAC/RENIEC Lima, 28 de agosto de 2007 VISTOS: Los O fi cios Nºs. 2358 y 2477 -2007/GPDR/ RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1047-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Sistema Automatizado de Identi fi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 1127, 1596, 1628, 1617, 1630, 1497, 1650, 1622, 1603, 1640, 1085, 1522, 1595, 1683, 1594, 1415, 1568, 1612, 1535 y 1633/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo dichas inscripciones las siguientes: