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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de agosto de 2007 352533 Que por Resolución Ministerial N° 054-2002 VIVIENDA se crea el Proyecto “Techo Propio” a fi n de promover, facilitar y/o establecer los mecanismos adecuados y transparentes que permitan el acceso a los Sectores populares a una vivienda digna; Que, mediante Ley N° 27829 se crea el Bono Familiar Habitacional (BFH) como parte de la Política Sectorial del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los bene fi ciarios con criterio de utilidad pública, sin cargo de restitución por parte de éstos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; Que, el distrito posee áreas con diferentes niveles de consolidación urbana con la existencia de una gran cantidad de viviendas que requieren mejorar su calidad habitacional y cuentan con la capacidad estructural y arquitectónica que les permita crecer verticalmente, conjuntamente con las zonas periféricas donde se ubican las poblaciones de menores recursos económicos donde se encuentran los potenciales bene fi ciarios del mencionado Programa habitacional, para lo cual el proceso de consolidación urbana es lento e informal, por lo que es necesario establecer facilidades administrativas que promuevan una gestión ágil y asequible que incentive formalmente el inicio de la construcción y el mejoramiento de la vivienda existente con el apoyo del Programa Techo Propio y su posterior inscripción en Registros Públicos; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta contando con el voto UNÁNIME del Concejo Municipal y luego del debate correspondiente se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Establecer la reducción y simpli fi cación de los derechos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad para que promuevan “la construcción y mejoramiento formal de viviendas en el distrito, bajo las modalidades de Mejoramiento de Vivienda y Construcción de sitio propio administrados por el Programa Techo Propio del Ministerio de Vivienda y Construcción, siendo iniciativa individual en todo el proceso, el mismo que incluye la fase de inscripción, cali fi cación técnica, ejecución de obras y saneamiento físico legal,. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano la implementación y ejecución de las acciones de apoyo y asesoramiento para el desarrollo del Programa de Techo Propio, como son: registrar, veri fi car, evaluar y aprobar técnicamente los Proyectos de Vivienda (sea modalidad de Mejoramiento o Sitio Propio), así como supervisar la Obra y otorgar la conformidad de la misma. Artículo 3º.- Podrán acogerse a los BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS los contribuyentes propietarios que cumplan con los requisitos establecidos para el otorgamiento del BONO FAMILIAR HABITACIONAL y para el PROGRAMA TECHO PROPIO, en su modalidad de Mejoramiento de Vivienda o Construcción en Sitio Propio, que hayan sido cali fi cados favorablemente por el mencionado Programa de Vivienda. Artículo 4º.- Los requisitos simpli fi cados para los procedimientos de regularización y otorgamiento del Certi fi cado de Parámetros y Edi fi catorios de Gestión Conjunta, Licencia de Obra, Certi fi cado de Finalización de Obra y declaratoria de fábrica son los siguientes: 4.1 Certi fi cado de Parámetros Formulario FOM, Plano de Ubicación referencia, Derecho de trámite, Copia simple Título de propiedad y/o fi cha registral. 4.2 Licencia de Obra MenorFormulario FUO fi rmado por profesional y propietario, Copia del Titulo de Propiedad, Comprobante de pago por derechos, Memoria descriptiva indicando características de las obras a ejecutar, plazo de ejecución y monto estimado de la Obra según cuadro de valores unitario, Carta de responsabilidad fi rmada por el profesional arquitecto, plano de ubicación, Planos de arquitecturas, 4.3 Certi fi cados de Finalización de Obra Formulario FOM, Hoja de trámiteEn caso de no existir variaciones presentar declaración jurada; En caso de existir variaciones presentar planos de replanteo fi rmado por el profesional responsable de la obra y el propietario; Pago por derecho de fi scalización de la obra. 4.4 Declaratoria de FábricaFormulario FUO parte 2 por triplicado debidamente llenado y fi rmado por el propietario y el profesional responsable de la obra, Hoja de datos estadísticos debidamente llenado,Pago por derechos de visación de planos. Artículo 5º.- Establecer el derecho de trámite administrativo único para el trámite de Licencia de Obra, incluyendo certi fi cado de fi nalización de Obra y Declaratoria de Fabrica de S/. 115.00 (Ciento Quince y 00/100 Nuevos Soles) en la cual se cancelará al momento de solicitar la Licencia de Obra. Artículo 6º.- Condónese el pago de cualquier clase de multa respecto de la presentación de declaraciones juradas y transferencias de inmuebles; así como la exoneración del 100% de los pagos y/o multas correspondientes a la regularización de las Licencias de Obras e Inspecciones Técnicas para los recurrentes que hayan sido declarados elegibles para el Bono Familiar Habitacional y del Programa Techo Propio en su modalidad de Mejoramiento de Vivienda. Artículo 7º.- Considerar las edi fi caciones, para los casos de módulos Techo Propio, en la modalidad de Construcción en Sitio Propio, como obra menor, cuyo valor de obra no excedan las 6 UIT. Artículo 8º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Rentas, tomar las previsiones del caso a fi n de facilitar el ingreso y trámite de los expedientes en las áreas correspondientes, y disponer los recursos que fueran necesarios para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 9º.- La presente Ordenanza empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 102841-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Aprueban modificación del Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo para el año Fiscal 2008 ORDENANZA N° 066-MDSL San Luis, 27 de agosto de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de agosto de 2007, el Presidente del Equipo