Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2007 (05/12/2007)
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TEXTO DE LA PÁGINA 71
El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2007
NORMAS LEGALES
359121
Region Amazonas, a fin de servir como inmueble basico para la ejecucion del proyecto denominado Construccion de la Losa Deportiva de Montevideo, manifiesta que es propicio y adecuado el terreno MORDAZA adyacente donde se encuentra ubicado la propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, proveedor unico, y cuyo terreno se encuentra en venta y de no adquirirse el inmueble la Municipalidad no podria llevar adelante el proyecto en mencion, por lo que es necesario e imprescindible su Adquisicion mas aun que se encuentra ubicado en MORDAZA estrategica y garantiza aspectos tecnicos de suelo y subsuelo; para llevar a cabo la construccion del proyecto de obra en detalle; Que, mediante Informe Legal Nº 002 de fecha 22 de octubre del 2007, emitido por el Asesor Juridico Externo de la Entidad, y contando con la opinion favorable por la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Terreno ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, provincia de Chachapoyas, Region Amazonas, de propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, por ser un bien que no admite sustituto y la existencia de proveedor unico, de conformidad a lo establecido en el inciso e) del Art. 19º del D.S. Nº 083 -2004-PCM y otros, asi mismo se senala en el indicado Informe que el Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de la aprobacion del presente Acuerdo; Que, el inciso e) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exonerados de los procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones cuando los Bienes y Servicios no admiten sustituto o exista proveedor unico; Que, el Art. 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA Nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y Reglamento Interno del Concejo vigente (RIC), con MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con la dispensa de tramite de aprobacion de las Actas; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, por la Causal senalada en el literal e) del Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Adquisicion del Predio MORDAZA ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, provincia de Chachapoyas, Region Amazonas, con una extension de 1107.800 m2, valorizado en la suma de S/. 16,000.00 (Dieciseis Mil y 00/100 Nuevos Soles), para ejecutar el proyecto "Construccion de la Losa Deportiva de Montevideo", con la Fuente de Financiamiento FONCOMUN, en merito a los considerandos expuestos precedentemente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Infraestructura o quien haga sus veces y la coordinacion con el Comite Especial Permanente de la Municipalidad, para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion referente a la adquisicion por exoneracion a que se refiere el Articulo Primero y con tal fin se autoriza, al senor MORDAZA la suscripcion de la Minuta, Escritura Publica y tramites en Registros Publicos sobre la Compra Venta del terreno ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, de propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, aprobado en el presente Acuerdo. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision y adicionalmente remitir el presente Acuerdo e Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de
la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de Ley, bajo responsabilidad del Titular del Pliego. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 139240-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO
Declaran en situacion de emergencia la ejecucion del Proyecto MORDAZA de Riego Huallamoshco (Shillicoto - Huambo)
ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-07/MDPCH Pampas Chico, 26 de noviembre del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE PAMPAS CHICO, PROVINCIA DE RECUAY, REGION MORDAZA POR CUANTO: El acuerdo de la Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 068-2007/MDPCH, llevado a cabo el dia 17 del presente, que consta en el acta luego de la lectura y debatido el Informe Tecnico Nº 006-2007-UAT/MDPCH y el Informe Legal Nº 007-2007-OAT-MDPCH; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Art. 194 de la Constitucion Politica del Estado y su modificatoria por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y administrativa en asuntos de su competencia, corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadora y el MORDAZA asumir, las funciones ejecutivas, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, la Unidad de Asesoria Tecnica, mediante el Informe Tecnico Nº 006-2007-UAT/MDCPH, solicita se declare en SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO HUAMBO), obra programada para el ejercicio fiscal 2007 para el distrito de Pampas Chico, Recuay, Ancash. Que, mediante Informe Legal Nº 007-2007-OATMDPCH, que declara procedente la SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO HUAMBO), conforme a lo dispuesto en el Art. 21 del D. S. Nº 083-2004-PCM-TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordantes en lo dispuesto con el Art. 141º y 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de dicho TUO, se considera en declarar en SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO HUAMBO), obra programada para el Ejercicio Fiscal 2007, para el distrito de Pampas Chico, Recuay MORDAZA, situacion extraordinaria e impredecible debido a que las infraestructuras de riego que consta en la actualidad no cuenta con MORDAZA de regadio, teniendo como necesidad la de irrigar las areas de cultivo, siendo un atraso y poniendo en riesgo la agricultura y por ende la ganaderia. Aquella situacion extraordinaria e impredecible en lo que la ausencia del liquido es preocupante y con esta accion se cree necesario el mecanismo para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de la seleccion que corresponda. Que, se hace necesario que el Concejo Municipal como MORDAZA instancia del Gobierno Municipal adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades a la administracion a efectos que se cumpla con la ejecucion de las obras programadas.