Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2007 (05/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

359121

Region Amazonas, a fin de servir como inmueble basico para la ejecucion del proyecto denominado Construccion de la Losa Deportiva de Montevideo, manifiesta que es propicio y adecuado el terreno MORDAZA adyacente donde se encuentra ubicado la propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, proveedor unico, y cuyo terreno se encuentra en venta y de no adquirirse el inmueble la Municipalidad no podria llevar adelante el proyecto en mencion, por lo que es necesario e imprescindible su Adquisicion mas aun que se encuentra ubicado en MORDAZA estrategica y garantiza aspectos tecnicos de suelo y subsuelo; para llevar a cabo la construccion del proyecto de obra en detalle; Que, mediante Informe Legal Nº 002 de fecha 22 de octubre del 2007, emitido por el Asesor Juridico Externo de la Entidad, y contando con la opinion favorable por la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Adquisicion de Terreno ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, provincia de Chachapoyas, Region Amazonas, de propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, por ser un bien que no admite sustituto y la existencia de proveedor unico, de conformidad a lo establecido en el inciso e) del Art. 19º del D.S. Nº 083 -2004-PCM y otros, asi mismo se senala en el indicado Informe que el Acuerdo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose MORDAZA del mismo a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de la aprobacion del presente Acuerdo; Que, el inciso e) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exonerados de los procesos de Seleccion las Adquisiciones y Contrataciones cuando los Bienes y Servicios no admiten sustituto o exista proveedor unico; Que, el Art. 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que en los casos en que no exista bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA Nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y Reglamento Interno del Concejo vigente (RIC), con MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con la dispensa de tramite de aprobacion de las Actas; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, por la Causal senalada en el literal e) del Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Adquisicion del Predio MORDAZA ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, provincia de Chachapoyas, Region Amazonas, con una extension de 1107.800 m2, valorizado en la suma de S/. 16,000.00 (Dieciseis Mil y 00/100 Nuevos Soles), para ejecutar el proyecto "Construccion de la Losa Deportiva de Montevideo", con la Fuente de Financiamiento FONCOMUN, en merito a los considerandos expuestos precedentemente. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad de Infraestructura o quien haga sus veces y la coordinacion con el Comite Especial Permanente de la Municipalidad, para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion referente a la adquisicion por exoneracion a que se refiere el Articulo Primero y con tal fin se autoriza, al senor MORDAZA la suscripcion de la Minuta, Escritura Publica y tramites en Registros Publicos sobre la Compra Venta del terreno ubicado en el Jr. Tranquilidad S/N, Montevideo, de propiedad de los esposos, senor FILOFERO DAMACEN MORDAZA y senora MORDAZA AURIOLA MORDAZA EPQUIN, aprobado en el presente Acuerdo. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision y adicionalmente remitir el presente Acuerdo e Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de

la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de Ley, bajo responsabilidad del Titular del Pliego. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 139240-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO
Declaran en situacion de emergencia la ejecucion del Proyecto MORDAZA de Riego Huallamoshco (Shillicoto - Huambo)
ACUERDO DE CONCEJO Nº 068-07/MDPCH Pampas Chico, 26 de noviembre del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE PAMPAS CHICO, PROVINCIA DE RECUAY, REGION MORDAZA POR CUANTO: El acuerdo de la Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 068-2007/MDPCH, llevado a cabo el dia 17 del presente, que consta en el acta luego de la lectura y debatido el Informe Tecnico Nº 006-2007-UAT/MDPCH y el Informe Legal Nº 007-2007-OAT-MDPCH; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Art. 194 de la Constitucion Politica del Estado y su modificatoria por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, precisa que las Municipalidades tienen Autonomia Politica, Economica y administrativa en asuntos de su competencia, corresponde al Concejo Municipal las funciones normativas y fiscalizadora y el MORDAZA asumir, las funciones ejecutivas, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. Que, la Unidad de Asesoria Tecnica, mediante el Informe Tecnico Nº 006-2007-UAT/MDCPH, solicita se declare en SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO ­ HUAMBO), obra programada para el ejercicio fiscal 2007 para el distrito de Pampas Chico, Recuay, Ancash. Que, mediante Informe Legal Nº 007-2007-OATMDPCH, que declara procedente la SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO ­ HUAMBO), conforme a lo dispuesto en el Art. 21 ­ del D. S. Nº 083-2004-PCM-TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordantes en lo dispuesto con el Art. 141º y 142º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de dicho TUO, se considera en declarar en SITUACION DE EMERGENCIA LA EJECUCION DEL PROYECTO MORDAZA DE RIEGO HUALLAMOSHCO (SHILLICOTO ­ HUAMBO), obra programada para el Ejercicio Fiscal 2007, para el distrito de Pampas Chico, Recuay ­ MORDAZA, situacion extraordinaria e impredecible debido a que las infraestructuras de riego que consta en la actualidad no cuenta con MORDAZA de regadio, teniendo como necesidad la de irrigar las areas de cultivo, siendo un atraso y poniendo en riesgo la agricultura y por ende la ganaderia. Aquella situacion extraordinaria e impredecible en lo que la ausencia del liquido es preocupante y con esta accion se cree necesario el mecanismo para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de la seleccion que corresponda. Que, se hace necesario que el Concejo Municipal como MORDAZA instancia del Gobierno Municipal adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades a la administracion a efectos que se cumpla con la ejecucion de las obras programadas.

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