Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (05/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de diciembre de 2007 359119 Artículo 4º.- Declarar de necesidad pública la correcta aplicación de lo establecido en el Plan de Desarrollo Urbano del Centro Poblado de Caychihue Barraca por los órganos municipales de su jurisdicción. Dado en el palacio municipal a los quince días del mes de octubre del año del dos mil siete. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.AMÉRICO HURTADO LEÓN Alcalde 139238-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CODO DEL POZUZO Exoneran de proceso de selección la adquisición de tubos y accesorios para mejoramiento y ampliación de sistema de agua potable e instalación de sistema de alcantarillado ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 031-2007-MDCP Codo de Pozuzo, 24 de noviembre de 2007 VISTOS: En sesión extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 24 de Noviembre de 2007, el Informe Nº 005-2007-JTT-RO/MDCP-A y el Informe Nº 140-2007-MDCP-GO/SUP/JJTJ, presentado por el Residente y Supervisor de Obra respectivamente con la fi nalidad de declarar procedente la Exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de Tubos PVC y Accesorios para la obra denominada: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CODO DEL POZUZO CODO DEL POZUZO - PUERTO INCA-HUANUCO” CONSIDERANDO: Que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; la que en este último caso serán adoptados por mayoría califi cada o simple. Que, conforme lo señala el Art. 41 de la Ley Nº 27972, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, Art. 19º literal C), están exonerados de los procesos de Licitación pública, Concurso público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: En situación de desabastecimiento inminente, emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, el Art. 20º de la norma antes acotada precisa. Las adquisiciones o contrataciones a que se refi ere el artículo precedente enfatiza que toda exoneración se aprobará mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, las que requieren obligatoriamente de un informe técnico – legal previo y serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano. Que, el penúltimo párrafo del Art., 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM prescribe, las adquisiciones o contrataciones por exoneración del proceso selección se realizarán mediante acciones inmediatas. Que, deberá entenderse como situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u otra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevivientes. Que, para el caso de Gobierno Local de Codo del Pozuzo, es concurrente la situación de desabastecimiento inminente y/o causales que cuentan con la debida acreditación, y que determinan la necesidad y procedencia de la exoneración del proceso de selección para la adquisición de Tubos PVC y Accesorios, no correspondiendo realizar un proceso de selección posterior, por los fundamentos y razones que se detallan mejor en los informes técnico-legal respectivos y que motivan la adquisición o contratación defi nida del referido bien. Por otro lado debe tenerse en cuenta que conforme a lo establecido en el Informe Técnico Legal, dado las condiciones de incomunicación vial que tiene el Distrito de Codo del Pozuzo, y los bajos costos señalado como valor referencial de la convocatoria ADP Nº 001-2007-MDCP, para adquirirse Tubos PVC y Accesorios, ha generado que se declare desierto dicho proceso de adquisición, generando un desabastecimiento inminente por cuanto la obra denominado MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CODO DEL POZUZO CODO DEL POZUZO - PUERTO INCA-HUANUCO” , no puede iniciarse a pesar de haber adquirido el cemento (que puede endurecerse y enfriarse) asimismo realizarse las zanjas, lo que evidentemente ha generado un perjuicio a la obra y a la comunidad por la falta de adquisición de los tubos PVC y Accesorios y otros argumentos señalado en el informe técnico legal, teniéndose en cuenta además que el Municipio debe cumplir efi cientemente el convenio suscrito con el Programa Agua Para Todos del Ministerio de Vivienda y Construcción para la ejecución de la obra. Que, estando a la parte considerativa, D.S. Nº 083- 2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM y normatividad antes expuestas; el Concejo Municipal del Gobierno Local de Codo del Pozuzo, con el voto unánime y aprobatorio de sus miembros; ACUERDA:Primero.- APROBAR la Exoneración del Proceso de Selección para la Adquisición de Tubos y Accesorios, por situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE presentada en el inicio de la Obra MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE E INSTALACION DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO DE LA LOCALIDAD DE CODO DEL POZUZO CODO DEL POZUZO - PUERTO INCA-HUANUCO Segundo.- INCLUIR el presente proceso, en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de esta comuna para el año 2007, expidiéndose a la resolución pertinente. Tercero.- Teniendo la presente adquisición el carácter de defi nitiva, AUTORIZAR la adquisición mediante acción directa e inmediata de dichos bienes (tubos), requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las bases, debiendo proceder a su desarrollo de acuerdo a la normatividad sobre la materia que regula su procedimiento. Cuarto.- El presupuesto de dicha compra corresponde a la transferencia vía donación efectuado por el Programa Agua Para Todos plan que tiene un costo de S/. 517,695.71 (Quinientos diecisiete mil, seis cientos noventa y cinco y 71/100 Nuevos Soles) Quinto.- ENCARGAR a la secretaria General de esta Municipalidad, la publicación en el diario ofi cial El Peruano y periódico mural, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su adopción, así como la posterior remisión de las copias y documentos sustentatorios a las entidades competentes dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.CARLOS MACALUPU CABALLERO Alcalde 139348-1