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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (08/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de diciembre de 2007 359341 precise que el período de la exoneración es de dos años, a fi n de ejecutar la prestación derivada de la contratación exonerada a partir del presente ejercicio; Que, el numeral 6.5 de la Directiva N° 011-2001- CONSUCODE/PRE aprobada por Resolución N° 118-2001-CONSUCODE/PRE establece que “la parte resolutiva del instrumento que aprueba la exoneración de proceso de selección deberá precisar el tipo y la descripción básica de los bienes servicios u obras materia de exoneración, el valor referencial, la fuente de fi nanciamiento, la cantidad o el tiempo que se requiere adquirir o contratar mediante exoneración, según corresponda, así como determinar la dependencia u órgano encargado de realizar la adquisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofi sticación.” Estando a los Informes correspondientes, y conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Precisar que el período de vigencia de la exoneración del proceso de selección por Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de “Soporte y mantenimiento para antispam y fi ltro de contenido para correo electrónico” con la empresa COSAPI SOFT S.A., aprobada por Resolución Jefatural N° 969-2007-JNAC/RENIEC del 30 de noviembre del 2007, es por el período de dos años, contados a partir de la suscripción del contrato que genere la presente exoneración. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la remisión a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de copia de la misma y de los documentos que la sustentan, dentro de los plazos previstos por Ley; así como su publicación en la página web de la Entidad en coordinación con la Gerencia de Informática. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 141378-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan viaje de funcionario del Instituto de Medicina Legal a España y Bélgica para participar en el Intercambio de Experiencias sobre los Servicios de Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1397-2007-MP-FN Lima, 28 de noviembre de 2007VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 22 de noviembre de 2007, la señora Ana Álvarez de Yraola, Coordinadora Ejecutiva de EUROsociAL Justicia, hace extensiva la invitación al señor Manuel Sotelo Trinidad, Gerente de Operaciones de Instituto de Medicina Legal, a fi n que participe en elIntercambio de Experiencias sobre los Servicios de Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género, que se llevará a cabo en las ciudades de Madrid y Sevilla (España), y Bruselas (Bélgica), del 10 al 18 de diciembre del presente año; siendo que los gastos de viaje del mencionado funcionario serán sufragados conjuntamente por los organizadores y el Ministerio Público; Que, según lo informado por los organizadores, dicho evento tiene por objeto promover el intercambio de experiencias de altos responsables de Perú y Ecuador, con la visita a diferentes instituciones españolas y belgas para conocer las herramientas y programas de lucha contra la Violencia de Género, lo cual a su vez fortalecerá la capacidad institucional de respuesta en la prevención y persecución de los ilícitos cuya realización presupone actos de agresión física, sexual y emocional; Que, la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo uno de sus principales objetivos promover la capacitación de los funcionarios y médicos legistas de la institución, a fi n de ofrecer a la sociedad un servicio efi ciente y oportuno; Que, por tanto resulta conveniente, así como necesario, autorizar el viaje del citado funcionario para que asista al evento en mención; Contando con las visaciones de la Gerencia General, Instituto de Medicina Legal, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Manuel Sotelo Trinidad, Gerente de Operaciones de Instituto de Medicina Legal, a las ciudades de Madrid y Sevilla (España), y Bruselas (Bélgica), para que participe en el Intercambio de Experiencias sobre los Servicios de Asistencia a las Víctimas de Violencia de Género, otorgándosele licencia con goce de haber del 9 al 19 de diciembre del presente año. Artículo Segundo.- Los gastos que se detallan a continuación serán asumidos por el Ministerio Público, debiéndose rendir cuenta dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje: Seguro de viajeImpuesto aéreoViáticosGastos de instalación y traslado US$ 83.00 US$ 30.25 US$ 1430.00 US$ 520. 00 Artículo Tercero.- El funcionario autorizado deberá presentar su informe respectivo, así como propuestas de mejoramiento e innovación de nuestro sistema fi scal y/o médico legal, a partir de la experiencia adquirida en el evento, dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Jefatura Nacional del Instituto de Medicina Legal, Gerencia General, Gerencia Centrales del Logística y Finanzas, Ofi cina de Asesoría Jurídica y al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 140319-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Falabella Perú la apertura de oficina especial en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN SBS Nº 1781-2007 Lima, 4 de diciembre de 2007