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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 9 de diciembre de 2007 359426 VISTOS: El Ofi cio Nº 3284-2007/GPDR/RENIEC, de la Gerencia de Procesos y Depuración Registral y el Informe N° 1389-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Sistema Automatizado de Identifi cación Dactilar – AFIS de propiedad del RENIEC, ha detectado suplantaciones, identidades múltiples y otros, de ciudadanos al comparar sus impresiones dactilares con la base de datos del registro, y mediante los Informes de Homologación Monodactilar Nº 1236, 1275, 1892, 1298, 1712, 1713, 1616, 1718, 2142, 2417, 2466, 2471, 1566, 2242, 2221, 2209, 1687, 1461, 2394 y 1561/AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC, se determinó que veinte ciudadanos obtuvieron indebidamente doble inscripción con datos distintos; siendo el caso que el último de ellos, cambio su fecha de nacimiento, continuando con sus nombres; dichas inscripciones son las siguientes: N° de Informe AFISD.N.I. CanceladaRes. De CancelaciónNombres y Apellidos de los presuntos responsablesD.N.I. Vigente x482-MIG 80588834 071-2007/SGDICleofe Villanueva Dávila27407843 501-MIG 42850130 075-2007/SGDIJorge Luis Ascurra Portugal06151266 1544 80323787 231-2007/SGDIJesica Maribel Escobar Escobar04647144 511-MIG 44325594 075-2007/SGDIDarío Crisanto Quispe Gamonal28224594 1389 80577482 235-2007/SGDIConstantino Reynoso Capcha04045816 1393 80065216 235-2007/SGDIPurifi cación Tinta Bautista25312675 1021 28317318 169-2007/SGDIJosé Luis Antezana Pillpe09837918 1400 44677787 235-2007/SGDIDavid Mamani Locumber40708797 1432 80576796 186-2007/SGDIIrma Chávez Malaver26678504 1791 41324718 221-2007/SGDISoyer Espinoza Aguirre80064726 1680 80408188 218-2007/SGDIMáxima Taipe de Gutiérrez23541831 1121 44747091 170-2007/SGDIFrancisca Espinoza de Najarro23650410 0577 43909940 088-2007/SGDIFiorella Carolina Ortiz Ortega43310570 1486 43090438 213-2007/SGDISharup Kintui Shuwi Seret80537591 1768 43907836 230-2007/SGDIAlbertina Morales Zevallos80126514 1732 45569875 218-2007/SGDIEstela Enríquez Matamoros80086463 1382 80537560 235-2007/SGDIMarilú García Heredia00967703 1085 00125933 232-2007/SGDIRicardo Vega Pinedo23003410 0952 40997866 135-2007/SGDIAna María Ángulo Malqui09794579 1049 42767135 169-2007/SGDIIdelso Pompa Flores80553897 Que, si bien las resoluciones administrativas antes señaladas, excluyeron defi nitivamente la segunda inscripción, del Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, los ciudadanos cuyos nombres aparecen en la relación, se presume que habrían cometido el delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el artículo 428° del Código Penal, dado que ninguna persona puede tener dos identidades; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, contra los siguientes ciudadanos: Cleofe Villanueva Dávila; Jorge Luis Ascurra Portugal; Jesica Maribel Escobar Escobar; Darío Crisanto Quispe Gamonal; Constantino Reynoso Capcha; Purifi cación Tinta Bautista; José Luis Antezana Pillpe; David Mamani Locumber; Irma Chávez Malaver; Soyer Espinoza Aguirre; Máxima Taipe de Gutiérrez; Francisca Espinoza de Najarro; Fiorella Carolina Ortiz Ortega; Sharup Kintui Shuwi Seret; Albertina Morales Zevallos; Estela Enríquez Matamoros; Marilú García Heredia; Ricardo Vega Pinedo; Ana María Ángulo Malqui e Idelso Pompa Flores. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Naiconal 141378-2 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran fundada en parte demanda de Inconstitucionalidad interpuesta contra las Ordenanzas Nºs. 212-2005 y 214-2005 expedidas por la Municipalidad Distrital de Miraflores EXPEDIENTE Nº 007-2006-PI/TC LIMA ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES SAN RAMÓN Y FIGARI SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Asociación de Comerciantes San Ramón y Figari Sentencia del 22 de junio de 2007Asunto:Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación de Comerciantes San Ramón y Figari contra las Ordenanzas Nº 212-2005 y Nº 214-2005 de la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, que restringen el horario de apertura nocturna de los establecimientos comerciales de la zona denominada Calle de las Pizzas . Magistrados fi rmantes:LANDA ARROYO GONZALES OJEDAALVA ORLANDINIBARDELLI LARTIRIGOYENVERGARA GOTELLI Sumario I. ASUNTOII. DATOS GENERALESIII. NORMA OBJETO DEL JUICIO DE INCONSTITUCIONALIDAD IV. ANTECEDENTES A. DEMANDA B. CONTESTACIÓN V. FUNDAMENTOS A. EXCEPCIÓN PROPUESTA§1. REPRESENTACIÓN DEFECTUOSA O INSUFICIENTE DEL DEMANDANTE B. ANÁLISIS DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICIÓN IMPUGNADA