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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2007 359930 Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio del Interior en el marco del Plan de Acción, por medio del cual, se crea el marco de colaboración entre ambas instituciones para el logro de los objetivos trazados en el “Plan de Acción dirigido a lograr la recuperación de la Cuenca Río Ramis”; Que, en este sentido, es necesario designar al funcionario que suscribirá en representación del Ministerio de Energía y Minas el referido Convenio; De conformidad con lo dispuesto por el literal k) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Julio César Pesantes Rebaza, Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, a suscribir el Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Energía y Minas y el Ministerio del Interior en el marco del Plan de Acción aprobado mediante Decreto Supremo N° 034-2007-EM, en representación del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 142801-1 Rectifican artículos de las RR.MM. Nºs. 302 y 436-2007-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 545-2007-MEM/DM Lima, 10 de diciembre de 2007VISTO; el Memorando Nº 1087-2007-MEM-OGA de la Ofi cina General de Administración;CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 302- 2007-MEM/DM se autorizó la exoneración del proceso de selección para la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza, bajo la causal de situación de desabastecimiento inminente; Que, a su vez, mediante la Resolución Ministerial Nº 436-2007-MEM/DM se autorizó la adquisición de frazadas y la contratación del servicio de transporte bajo la causal de situación de emergencia; Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 201º de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, ya sea a pedido de parte o de ofi cio, en tanto no alteren lo sustancial del contenido, ni el sentido de lo decidido; Que, en ese sentido corresponde efectuar la rectifi cación de los errores materiales señalados en el Memorando del visto; De conformidad con la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Rectifíquese el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 302-2007-MEM/DM, a fi n de indicar que la Fuente de Financiamiento será Recursos Directamente Recaudados. Artículo 2º.- Rectifíquese el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 436-2007-MEM/DM, a fi n de indicar que la Fuente de Financiamiento será Recursos Directamente Recaudados, siendo el órgano encargado de la contratación y adquisición la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 142801-2 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL