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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (13/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 13 de diciembre de 2007 359935 conforme se desprende del Acta de Ejecución de Medida Cautelar, con fecha 15 de mayo de 2007 se realizó la diligencia de reincorporación del citado demandante al PRONAA, en cumplimiento de Medida Cautelar ordenada por la resolución judicial mencionada; Que, mediante el Informe Nº 216-2007-MIMDES- PRONAA-UAD de fecha 7 de mayo de 2007, el Gerente de la Unidad Administrativa del PRONAA informó a la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES, que los señores Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo, Rafael Antonio Barrera Bravo y Ángel Peceros Venegas son ex trabajadores del PRONAA, que han sido califi cados como cesados irregularmente en el marco de la Ley Nº 27803, que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nºs. 27452 y 27586 encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales; Que, el artículo 11 de la mencionada Ley Nº 27803 establece que procede la reincorporación en sus puestos de trabajo o reubicación en cualquier otra entidad del Sector Público y de los Gobiernos Locales, de los ex trabajadores que fueron cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente según lo determinado por la Comisión Ejecutiva creada por la citada Ley, y que la reincorporación se sujeta a la disponibilidad de plazas presupuestadas y vacantes de carácter permanente existentes en la Entidad; Que, mediante el Memorándum Nº 1760-2007- MIMDES-PRONAA/ UAD de fecha 2 de octubre de 2007, el Gerente de la Unidad Administrativa del PRONAA informó que en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP correspondiente al PRONAA, existen las plazas vacantes Nºs. 1788, 1660, 1804 y 1805, las cuales serán asignadas a los señores Ángel Peceros Venegas, Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo y Rafael Antonio Barrera Bravo, respectivamente, a fi n de dar cumplimiento al mandato de reincorporación laboral ordenada en las Resoluciones Judiciales citadas en el primer y segundo considerando de la presente resolución; Que, a través del Informe Nº 728-2007-MIMDES- PRONAA/DE de fecha 23 de octubre de 2007, el Director Ejecutivo del PRONAA remitió a la Ofi cina de Remuneraciones y Pensiones del MIMDES, entre otros antecedentes, el Informe Nº 312-2007-MIMDES-PRONAA/DE-AL del Jefe de Asesoría Legal del PRONAA, en el cual emite opinión favorable para la reincorporación provisional al PRONAA de los señores Ángel Peceros Venegas, Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo y Rafael Antonio Barrera Bravo; Que, asimismo mediante el Memorando Nº 531-2007- MIMDES/ OGRH de fecha 6 de noviembre de 2007, la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES remitió el Informe Nº 174-2007-MIMDES/OGRH/ORP, de la Ofi cina de Remuneraciones y Pensiones, en el que se opina que procede formalizar la reincorporación laboral provisional al PRONAA de los señores Ángel Peceros Venegas, Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo y Rafael Antonio Barrera Bravo con efi cacia anticipada a las fechas establecidas en las Actas de Ejecución de Medida Cautelar, mencionadas en los considerandos primero y segundo de la presente Resolución; Que, la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, en su artículo 4º, numeral 2), acápite iv), establece como medida de austeridad que está prohibido el ingreso de personal por servicios personales y el nombramiento, salvo en los casos de reincorporación o reubicación a que se refi ere el numeral 1 del artículo 3º de la Ley Nº 27803; Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 139º, inciso 2), establece que “ninguna autoridad puede avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones. Tampoco puede dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modifi car sentencias ni retardar su ejecución”; asimismo, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, en su artículo 4º, establece que “Toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder califi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala (...)”; Que, en consecuencia, procede formalizar la reincorporación laboral provisional a la Unidad Ejecutora 005: PRONAA del señor Ángel Peceros Venegas, en la Plaza CAP Nº 1788, en cumplimiento de la resolución Nº 01 de fecha 24 de abril del 2007, emitida por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, la misma que se efectuará con efi cacia anticipada al 15 de mayo de 2007, conforme al Acta de Ejecución de Medida Cautelar de la misma fecha; asimismo, de los señores Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo y Rafael Antonio Barrera Bravo, en las Plazas CAP Nºs. 1660, 1804 y 1805, respectivamente, en cumplimiento de la resolución Nº 02 de fecha 18 de abril del 2007, emitida por el Sexto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, las mismas que se efectuarán con efi cacia anticipada al 29 de mayo de 2007, conforme al Acta de Ejecución de Medida Cautelar de la misma fecha; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina General de Recursos Humanos del MIMDES, así como de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad de Planeamiento y Resultados y de la Unidad Administrativa de la Unidad Ejecutora 005: PRONAA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en la Ley Nº 27803, en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-MIMDES, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2007-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la reincorporación laboral provisional a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Asistencia Alimentaría - PRONAA, del señor Ángel Peceros Venegas, en la Plaza CAP Nº 1788, en cumplimiento de la resolución Nº 01 de fecha 24 de abril del 2007, emitida por el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, la misma que se efectuará con efi cacia anticipada al 15 de mayo de 2007, conforme al Acta de Ejecución de Medida Cautelar de la misma fecha. Artículo 2º.- Disponer la reincorporación laboral provisional a la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Asistencia Alimentaría - PRONAA, de los señores Fernando Olivera Ñique, Rodolfo Suárez Cornejo y Rafael Antonio Barrera Bravo, en las Plazas CAP Nºs. 1660, 1804 y 1805, respectivamente, en cumplimiento de la resolución Nº 02 de fecha 18 de abril del 2007, emitida por el Sexto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de Lima, las mismas que se efectuarán con efi cacia anticipada al 29 de mayo de 2007, conforme al Acta de Ejecución de Medida Cautelar de la misma fecha. Artículo 3º.- Las reincorporaciones laborales señaladas en los artículos 1º y 2º de la presente resolución se efectuarán con carácter de provisional, toda vez que la resoluciones judiciales que admiten las medidas cautelares son de naturaleza temporal, mientras se resuelva en forma defi nitiva el proceso judicial seguido por los mencionados ex trabajadores reincorporados. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 142831-1 Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la administración pública y contra la fe pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 592-2007-MIMDES Lima, 12 de diciembre de 2007 Vistos, el Ofi cio Nº 160-2007/INABIF.DE de la Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar