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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (19/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2007 360339 Artículo Tercero.- Precisar que la exoneración del pago de aranceles judiciales relacionado a los trabajadores benefi ciarios de la Ley N° 27803, se encuentra previsto en nuestra legislación, entre otros, conforme a los alcances a que se contrae el sexto considerando de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Lima, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP, Coordinadora Nacional de Trabajadores Desplazados Pesqueros del Perú – CONATRADEPP, y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 144844-1 Aprueban Campaña Nacional de Donación de Libros para las Bibliotecas de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia del país RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 283-2007-CE-PJ Lima, 4 de diciembre del 2007 CONSIDERANDO: Primero: Que, del análisis de la situación actual de las Bibliotecas tanto de la Corte Suprema de Justicia de la República como de las Cortes Superiores de Justicia del país, resulta evidente el défi cit de textos generales y especializados en derecho, en relación a las necesidades existentes de justiciables, abogados, magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, así como de la colectividad en general, por acceder en sus respectivos Distritos Judiciales a obras que les permita profundizar en el estudio de temas de cultura general y jurídicos mediante la consulta e investigación de obras clásicas como de doctrina moderna, como medio esencial para el desarrollo y elevación del nivel intelectual y académico de todas las personas interesadas en el estudio del derecho y de la administración de justicia, en tiempos en que la exigencia por alcanzar permanentemente mayores niveles de información y de conocimiento actualizado son ineludibles; Segundo: Que, siendo así, resulta conveniente desarrollar una campaña que compatibilice la necesidad de actualizar e incrementar la insufi ciente literatura jurídica existente en las Bibliotecas de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia del país, con las limitaciones de carácter presupuestal existentes en el Poder Judicial; razón por la que la iniciativa de implementar una campaña solidaria al interior de este Poder del Estado para dicho propósito resulta de máxima relevancia, extendiéndose a la colectividad nacional e internacional; Tercero: Que, en tal sentido, y a efectos de alcanzar el mayor éxito posible en la recolección de obras jurídicas a nivel nacional, resulta importante solicitar a todos y cada uno de los magistrados de nuestra institución y a la ciudadanía en general a donar libros, revistas, etc., procurando que éstas correspondan como criterio elemental a obras de reconocida calidad académica y/o de reciente publicación, de preferencia en castellano y que tengan evidente relación con temática jurídica o de trascendencia cultural, para ser destinadas a la mejora de la Biblioteca de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Bibliotecas de las Cortes Superiores de Justicia del país, las mismas que desde ya se encuentran al servicio de toda la ciudadanía; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por haberse excusado de asistir, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Campaña Nacional de Donación de Libros para las Bibliotecas tanto de la Corte Suprema de Justicia de la República como de las Cortes Superiores de Justicia del país. Artículo Segundo.- Exhortar a todos los magistrados, trabajadores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, y ciudadanía en general, que para el éxito de la mencionada campaña nacional cada uno done libros, conforme a los criterios a que se contrae el considerando tercero de la presente resolución, los mismos que serán destinados a las Bibliotecas de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia del país. Artículo Tercero.- Delegar al señor Presidente del Poder Judicial a adoptar las acciones y medidas complementarias que resulten necesarias para la óptima y oportuna consecución de los fi nes a que se contrae la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia General del Poder Judicial y al Centro de Investigaciones Judiciales; para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA JAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 144844-2 Sancionan con destitución a Secretaria del Segundo Juzgado Especializado Penal de Huaura INVESTIGACIÓN ODICMA N° 76-2006-HUAURA Lima, dieciséis de julio del dos mil siete. VISTO: El expediente administrativo que contiene la investigación ODICMA número setenta y seis guión dos mil seis guión Huaura, seguida contra Ángela María Rosado Tuya por su actuación como Auxiliar Judicial del Segundo Juzgado Especializado Penal de Huaura, de conformidad con la propuesta elevada por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución de fojas quinientos veintiuno a quinientos veintisiete; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, se atribuye a la servidora Ángela María Rosado Tuya que cuando se