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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (30/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 30 de diciembre de 2007 362191 EDUCACION Delegan diversas facultades a la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0543-2007-ED Lima, 28 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestión administrativa y fi nanciera del Estado; Que, por Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y Directiva Nº 003-2007-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2008; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 532-2007- ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2008, así como la Estructura Funcional Programática de Apertura, por Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, la Secretaría General es el órgano responsable de la administración interna del Pliego Presupuestal del Ministerio de Educación; Que, a efectos de lograr una gestión administrativa más dinámica en materia presupuestaria en el Ministerio de Educación, resulta pertinente delegar en la Secretaría General, las facultades que en materia presupuestal le corresponde al Titular del Pliego, en concordancia con lo señalado en los artículos 38º, 39º, 40º y 41º y demás pertinentes de la Ley Nº 28411, que no sean de exclusiva competencia del Titular del Pliego; Que, asimismo es necesario designar a los Titulares de las Unidades Ejecutoras, responsables de la administración y ejecución presupuestaria a nivel de Funciones, Programas, Sub-Programas, Actividades y/o Proyectos, Componentes y el logro de las Metas Presupuestarias previstas para el Ejercicio Presupuestario 2008; De conformidad con la Ley Nº 28411, la Ley Nº 27444, la Ley Nº 29142, la Ley Nº 28716, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y la Resolución Ministerial Nº 0124-2005-ED;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la Secretaría General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2008, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación: a) De gestión y resolución respecto de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo y el logro de las metas previstas para dicho ejercicio. b) De gestión y resolución que correspondan al Titular del Pliego en materia presupuestaria, las mismas que se detallan a continuación: Autorización de Modifi caciones Presupuestarias entre Actividades y Proyectos de una misma Unidad Ejecutora. Aprobación de las Resoluciones de Modifi caciones Presupuestarias mediante créditos y anulaciones entre Unidades Ejecutoras. Aprobación de las Resoluciones de Formalización de Modifi caciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. Aprobación de los calendarios de compromiso iniciales y sus ampliaciones de las Unidades Ejecutoras del Pliego 010: Ministerio de Educación, de acuerdo a la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada. Autorización de la creación de nuevas Actividades y Proyectos así como la designación de sus responsables. Aprobación del Informe de Evaluación Semestral y Anual del Pliego. Otras decisiones con incidencia presupuestal y que por delegación le facultan las normas presupuestales vigentes, con excepción de las Modifi caciones en el Nivel Institucional. Artículo 2º.- La delegación prevista en la presente Resolución comprende la facultad de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales vigentes establecidos para cada caso. Artículo 3º.- Designar a los Titulares de las Unidades Ejecutoras del Presupuesto Institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2008, conforme se indica a continuación: UNIDAD EJECUTORA DESCRIPCIÓN TITULAR DE UNIDAD EJECUTORA 001 USE 01 San Juan de Mira fl ores Director de la UGEL 002 USE 02 San Martín de Porres Director de la UGEL 003 USE 03 Cercado Director de la UGEL 004 USE 04 Comas Director de la UGEL 005 USE 05 San Juan de Lurigancho Director de la UGEL 006 USE 06 Vitarte Director de la UGEL 007 USE 07 San Borja Director de la UGEL 017 Dirección de Educación de Lima Director de Educación 020 Conservatorio Nacional de Música Director General 021 Escuela Nacional de Bellas Artes Director General 022 Instituto Pedagógico Nacional de Monterrico Director General 023 Escuela Nacional Superior de Folklore “J.M.A.” Director General 024 Ministerio de Educación - Sede Central Secretario General 026 Programa Educación Básica Para Todos Secretario General 108 Programa Nacional de Infraestructura Educativa Secretario General 109 Programa de Movilización Nacional para la Alfabetización Director Técnico Ejecutivo del Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización 110 Complejo Arqueológico de Chan Chan Director del “Plan Maestro de Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan” 111 Naylamp – Lambayeque Director Ejecutivo del “Proyecto Especial Naylamp-Lambayeque” 112 Programa Nacional de Formación y Capacitación Director de Educación Permanente Superior Pedagógica Artículo 4º.- Los Titulares de las Unidades Ejecutoras tienen la responsabilidad de la administración y la PROYECTO (denominación específi ca)COMPONENTE (denominación específi ca)FINALIDAD (denominación genérica) Estudios de Pre-Inversión 1/Estudio de Electri fi cación Centros Poblados de Quinua y Santa Ana –Distrito de SantiagoElaboración de Estudios de Prefactibilidad 1/ Por excepción, se utiliza un proyecto con denominación genérica. En el mismo se considera los estudios de pre-factibilidad y factibilidad, en la cadena del gasto 6.5.11.33 (gastos de inversión). Los estudios a nivel de perfi l se considera en la cadena del gasto 5.3.11.33 (gastos corrientes). Nota:Los Gobiernos Locales solicitan a la Dirección Nacional del Presupuesto Público la codifi cación de los nuevos proyectos SNIP declarados viables y de componentes a través de un Aplicativo Informático en la Web, en la siguiente ruta: http://dnpp.mef.gob.pe/appsdnpp/sgp/sgpindex.jsp 147426-1