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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2007 (11/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de enero de 2007 337406 Artículo 7º.- Vigencia La presente Resolución Ministerial es aplicable y tendrá vigencia durante el Ejercicio Presupuestal 2007 (1 de enero al 31 de diciembre de 2007). Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 14307-1 Aprueban información mínima del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios - RTPS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2007-TR Lima, 3 de enero de 2007 VISTO: El O fi cio Nº 731-2006/SUNAT-200000 de fecha 12 de diciembre de 2006, del Superintendente Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la reforma institucional del Sector Trabajo y Promoción del Empleo el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios constituye un elemento sustancial que habrá de mejorar la política, regulación y fi scalización laboral, facilitar a los empleadores la gestión de su documentación laboral, y eliminar el tiempo de tramitación que actualmente se requiere para llevar las planillas de pagos y remuneraciones; entre otros efectos vinculados con la seguridad social, migraciones, seguridad y salud en el trabajo, etc.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2005- TR modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2006- TR, se han dictado disposiciones sobre el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS cuya recepción se encargará a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; Que, el Artículo del 4º del citado Decreto Supremo, establece entre otros, que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publicará en su portal institucional los modelos y la estructura de los formatos que formarán parte del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS, así como las tablas que han de ser utilizadas en su elaboración. La observancia de estos requisitos es de carácter obligatorio por parte de los Empleadores a fi n de que puedan cumplir con sus obligaciones de llevar y/o presentar el Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en mérito a lo expuesto, corresponde emitir el acto administrativo que apruebe la información mínima del Registro de Trabajadores Prestadores de Servicios – RTPS, así como las tablas que han de ser utilizadas para su elaboración y la estructura de datos requerida por los archivos de importación del Registro de Trabajadores Prestadores de Servicios – RTPS; Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 015-2005-TR, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2006-TR; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la información mínima del Registro de Trabajadores y Prestadores de Servicios – RTPS, así como también, las tablas que han de ser utilizadas para su elaboración y la estructura de datos requerida por los archivos de importación del Registro de Trabajadores Prestadores de Servicios – RTPS, los mismos que se publicarán en la página web www.mintra.gob.pe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 14307-2 Renuevan designación de representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada del seguimiento, monitoreo e implementación de las acciones señaladas en el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003-2007 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 006-2007-TR Lima, 5 de enero de 2007 VISTOS; El O fi cio Nº 847-2006-PRE/CONADIS de fecha 2 de noviembre de 2006, del Presidente (e) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS; el O fi cio Nº 2417-2006- MTPE/4 de fecha 9 de noviembre de 2006, del Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el O fi cio Nº 4048-2006-MTPE/2/11.1 de fecha 13 de noviembre de 2006, de la Directora Nacional de Relaciones de Trabajo; el O fi cio Nº 1344-2006-MTPE/2 de fecha 18 de diciembre de 2006, del Viceministro de Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003- MIMDES, se ha aprobado el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003- 2007, cuyo objeto general es contribuir a mejorar la calidad de vida de la población con discapacidad por medio de la prevención, la atención de preferente, la adopción de medidas de discriminación positiva y el fortalecimiento y la ampliación de los servicios existentes; Que, el artículo 3º del mencionado Decreto Supremo, constituye una Comisión Multisectorial, encargada del seguimiento, monitoreo e implementación de las acciones señaladas en el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003-2007, la misma que está conformada, entre otros Sectores, por representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 294-2005-TR y 084-2006-TR, se designó a la doctora Manuela Esperanza García Cochagne y al abogado Jorge Tulio Cosentino Soler como representantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial encargada del seguimiento, monitoreo e implementación de las acciones señaladas en el Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003-2007; Que, mediante O fi cio Nº 847-2006-PRE/CONADIS, el Presidente (e) del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, comunica a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, que dará inicio a las reuniones de trabajo para la Reformulación del Plan de Igualdad de Oportunidades para Personas con Discapacidad 2003-2007 y para la elaboración del nuevo Plan de Igualdad de Oportunidades 2007-2017, para cuyo efecto, solicita se designe a los representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para determinar las actividades y metas a ser considerados en el Plan de Igualdad de Oportunidades;