Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

i) Formular y proponer, en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer, las normas tecnicas del manejo de las neoplasias MORDAZA en las extremidades y de las especialidades quirurgicas de soporte al tratamiento oncologico quirurgico, en el MORDAZA del manejo multidisciplinario que desarrollen los Comites o instancias funcionales correspondientes, para su aplicacion a nivel nacional, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. j) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. k) Las demas funciones que le asigne la Direccion de Cirugia en el ambito de su competencia y especialidad: Articulo 44º.- DEPARTAMENTO DE ANESTESIA, ANALGESIA, REANIMACION Y CENTRO QUIRURGICO El Departamento de Anestesia, Analgesia, Reanimacion y Centro Quirurgico es la unidad organica encargada del Centro Quirurgico y de prestar atencion especializada en los MORDAZA de Anestesia, Analgesia y Reanimacion, como soporte al diagnostico y tratamiento de los pacientes con enfermedades neoplasicas, en el MORDAZA del tratamiento multidisciplinario del cancer; asi como de lograr la innovacion, actualizacion y difusion de los conocimientos, metodos, tecnicas y procedimientos correspondientes, de proponer y participar en la formulacion de las normas nacionales de manejo multidisciplinario del cancer y de lograr la formacion y capacitacion de los recursos humanos necesarios. Depende de la Direccion de Cirugia y tiene asignadas las siguientes funciones: a) Prestar atencion especializada en los MORDAZA de la anestesia, analgesia y reanimacion para el tratamiento de las neoplasias. b) Programar y coordinar las actividades para la utilizacion del centro quirurgico y mantenerlo en apropiado estado de operatividad, asepsia e higiene. c) Proporcionar la atencion y el apoyo requerido de la especialidad, en las diferentes areas asistenciales del INEN. d) Investigar e innovar permanentemente las tecnologias y los procedimientos asistenciales referidos a su especialidad. e) Aplicar los nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos aprobados de acuerdo a la normativa vigente. f) Proponer y apoyar la difusion de las investigaciones realizadas y capacitar con nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos de su especialidad a los profesionales y tecnicos de la salud segun los programas y proyectos institucionales. g) Promover, proponer y participar en el diseno y ejecucion de programas educativos de formacion y capacitacion de recursos humanos referidos a la especialidad, en concordancia con las necesidades del sector salud y los objetivos institucionales h) Promover y realizar programas de prevencion en el ambito de su competencia, en concordancia con las necesidades del sector salud y los objetivos institucionales, en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer. i) Formular y proponer, en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer, las normas tecnicas de anestesia, analgesia y reanimacion, en el MORDAZA del manejo multidisciplinario que desarrollen los Comites o instancias funcionales correspondientes, para su aplicacion a nivel nacional, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. j) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia. k) Las demas funciones que le asigne la Direccion de Cirugia en el ambito de su competencia y especialidades. DIRECCION DE RADIOTERAPIA Articulo 45º.- DIRECCION DE RADIOTERAPIA La Direccion de Radioterapia es el organo encargado de prestar la atencion especializada en radioterapia oncologica y medicina nuclear, en el MORDAZA del tratamiento multidisciplinario del cancer, asi como de lograr la innovacion, actualizacion y difusion de los conocimientos,

metodos, tecnicas y procedimientos correspondientes, de proponer y participar en la formulacion de las normas nacionales de manejo multidisciplinario del cancer y otras de su competencia, y de lograr la capacitacion de los recursos humanos necesarios. Depende de la Jefatura y tiene asignadas las siguientes funciones: a) Proponer a la Jefatura, en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto los lineamientos de politica institucional referidos al ambito de su competencia. b) Desarrollar programas y actividades de investigacion clinica en el ambito de su competencia, segun la politica, normas y objetivos institucionales y en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer. c) Innovar y actualizar los conocimientos cientificos, metodologias y tecnologias de su especialidad para la prevencion del riesgo, proteccion del dano, recuperacion de la salud y rehabilitacion de las capacidades de las personas en el ambito de su competencia. d) Innovar y actualizar los conocimientos sobre los productos farmaceuticos y afines, y sobre el impacto de su utilizacion en el tratamiento de enfermedades neoplasicas. e) Realizar el diagnostico y tratamiento de las neoplasias mediante radiaciones. f) Realizar procedimientos diagnosticos y terapeuticos mediante el uso de radioisotopos en medicina nuclear. g) Impulsar y coordinar el tratamiento multidisciplinario del cancer en coordinacion con la Direccion de Medicina, Direccion de Cirugia y Direccion de Servicios de Apoyo al Diagnostico y Tratamiento. h) Promover y coordinar la formacion y especializacion de los recursos humanos requeridos para desarrollar las actividades asistenciales y de investigacion i) Coordinar y supervisar el sistema de proteccion radiologica de acuerdo a la normatividad vigente. j) Participar en el diseno y ejecucion de programas educativos y de formacion de recursos humanos especializados, en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. k) Realizar programas de prevencion en al ambito de su competencia, segun los programas y proyectos institucionales y en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. l) Formular y proponer, en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer, las normas tecnicas de radioterapia y medicina nuclear para la formulacion de las normas tecnicas de manejo multidisciplinario del cancer que deben desarrollar los Comites o instancias funcionales correspondientes, con el fin de normar y controlar su aplicacion en el INEN y servicios de salud oncologicos de diferentes niveles de atencion y complejidad a nivel nacional, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. m) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia n) Las demas funciones que le asigne la Jefatura en el ambito de su competencia. Articulo 46º.- DEPARTAMENTO DE RADIOTERAPIA El Departamento de Radioterapia es la unidad organica encargada del diagnostico y radioterapia de neoplasias, de la innovacion, actualizacion y difusion de los conocimientos, metodos y tecnicas correspondientes; asi como de lograr la capacitacion de los recursos humanos necesarios. Depende de la Direccion de Radioterapia y tiene asignadas las siguientes funciones: a) Realizar el diagnostico y tratamiento de las neoplasias mediante radiaciones, en el MORDAZA del manejo multidisciplinario del cancer. b) Realizar, coordinar y supervisar el sistema de proteccion radiologica en el INEN de acuerdo a la normatividad vigente, elaborar un plan de emergencia y mantener las condiciones operativas necesarias para su ejecucion inmediata. c) Investigar e innovar permanentemente las tecnologias y los procedimientos preventivos, diagnosticos y terapeuticos referidos a su especialidad. d) Proponer y apoyar la difusion de las investigaciones realizadas y capacitar con nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos de su especialidad a los

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