Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Delegan diversas facultades a la Secretaria General y a la Oficina General de Administracion y precisan integrantes del Circulo de Mejora de la Calidad del Gasto Publico del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 001-2007-TR MORDAZA, 3 de enero de 2007 VISTO: El Oficio Nº 3614-2006-MTPE/4/10.1, de fecha 29 de diciembre de 2006, emitido por el Director General de la Oficina General de Administracion, y el Memorandum Nº 2343-2006-MTPE/4, de fecha 29 de diciembre de 2006, expedido por el Secretario General; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se aprobo la Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la misma que determino la competencia, atribuciones, estructura y funciones de esta Entidad. El Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo se aprobo a traves de la Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto establece los principios, asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru, precisando en su articulo 7º que el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que corresponde en materia presupuestal, siendo en este caso, responsable solidario con el delegado; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, estableciendose en esta las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2007; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y sus modificatorias, precisa que no puede realizarse ninguna accion de administracion o disposicion de bienes de propiedad estatal sin que exista un acto administrativo que lo autorice de conformidad con las leyes y los reglamentos vigentes; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4º, numeral 4.2 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le otorga dicha Ley, en los diversos aspectos de contrataciones y adquisiciones, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, con Resolucion Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, se aprobo el Manual Normativo de Personal Nº 002-92DNP "Desplazamiento de Personal", estableciendose que corresponde al Titular de la Entidad Publica, las acciones de personal a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Con la visacion del Secretario General, del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica y del Director General de la Oficina General de Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empelo, el literal d) del articulo 12º de su Reglamento

de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007, el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; y el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegacion de facultades a la Secretaria General Delegar al funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo durante el Ejercicio Presupuestario 2007, las siguientes facultades y atribuciones respecto a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina de Administracion: a) Suscribir convenios interinstitucionales; asi como disponer su exclusion o ampliacion; b) Aprobar directivas, circulares y/o manuales u otros documentos de gestion interna que permitan la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria 2007, asimismo aquellos que tengan caracter normativo que regulen los actos de administracion interna, la elaboracion de documentos de gestion, tramites internos, lineamientos tecnico- normativos y metodologicos, tendientes a optimizar los procedimientos y procesos administrativos de caracter interno, a cargo de los organos de apoyo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; c) Autorizar y resolver las acciones de personal relativas a destaques y renovaciones de contratos de personal, adscritos al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3 y el Decreto Legislativo Nº 728. Esta facultad no incluye la de realizar nombramientos y las acciones de personal descritas en el literal j) del articulo 2º de la presente Resolucion Ministerial; d) Realizar cualquier acto administrativo de enajenacion y/o disposicion de los bienes muebles del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en el MORDAZA de las normas de austeridad y racionalidad del gasto publico que vayan a expedirse; asi como las acciones necesarias que permitan el saneamiento fisicolegal de los mismos; e) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisiciones y contrataciones que tengan que realizarse ante el CONSUCODE y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras Entidades, vinculados a la tematica de los procesos de adquisiciones y contrataciones estatales; f) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico; g) Suscribir convenios y/o contratos, entre otros de comodato de bienes, con el CAFAE del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, siempre que esten destinados al bienestar, seguridad y/o salud de los servidores y trabajadores de la Entidad; h) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, en concordancia con el articulo 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con el articulo 27º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, i) Resolver y/o pronunciarse respecto a los recursos de apelacion interpuestos por los postores en el desarrollo de los procesos de seleccion que convoque la Entidad, dentro de los alcances del TUO de la Ley de

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