Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

e) Actualizar e innovar permanentemente los registros de enfermeria, indicadores, guias y estandares de calidad de la atencion de enfermeria oncologica al MORDAZA del INEN en el MORDAZA de los procesos asistenciales institucionales. f) Brindar cuidado integral de enfermeria oncologica al MORDAZA del INEN en el MORDAZA del tratamiento prescrito y de los procesos asistenciales institucionales establecidos. g) Apoyar la formulacion y ejecucion de los programas preventivo-promocionales, en el MORDAZA de su especialidad cuando le sea requerido por la Direccion de Control del Cancer en el MORDAZA de los Programas institucionales vigentes. h) Formular, proponer y ejecutar los programas institucionales de capacitacion especializada en enfermeria, en el MORDAZA de las normas y programacion institucional pertinente. i) Capacitar con nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos en enfermeria oncologica a profesionales y tecnicos en salud requeridos en el sector, en el MORDAZA de los programas institucionales vigentes. j) Investigar, innovar permanentemente, proponer y ejecutar las tecnologias y los procedimientos asistenciales en enfermeria oncologica, en el MORDAZA de la normatividad vigente. k) Planear, proponer, organizar y promover el diseno y ejecucion de protocolos de investigacion, segun el MORDAZA normativo vigente en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer. l) Prestar el apoyo tecnico que solicite la Direccion de Control del Cancer para la asesoria a los servicios de salud oncologicos en el MORDAZA de su especialidad. m) Coordinar y proponer estrategias para la disminucion de riesgos laborales en el personal de enfermeria con las unidades organicas correspondientes. n) Administrar los medicamentos y drogas a los pacientes segun la prescripcion medica, asi como la adecuada nutricion en los casos pertinentes. o) Establecer las condiciones para disminuir los riesgos de enfermedades y mortalidad de los pacientes. p) Mantener los registros y reportes sobre las ocurrencias e informacion de los pacientes para facilitar su diagnostico y tratamiento. q) Apoyar la formulacion de documentos de gestion que le MORDAZA encargados por la Jefatura, segun las directivas y normas tecnicas pertinentes y en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. r) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia y responsabilidad. s) Las demas funciones que le asigne la Jefatura en el ambito de su competencia. TITULO III DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Articulo 54º.- El Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas mantiene relaciones de coordinacion interinstitucional con todos los organismos publicos y privados, nacionales e internacionales, y, en general, con todas aquellas entidades cuyos fines o actividades esten relacionadas y/o MORDAZA compatibles o afines con su mision, funciones y objetivos institucionales, asi como con la aplicacion de las normas tecnicas oncologicas. Igualmente se vincula con organismos de cooperacion tecnica y financiera nacional e internacional, organismos de investigacion, universidades y centros de capacitacion, nacionales y extranjeros, a fin de gestionar y canalizar la colaboracion destinada a la consecucion de sus objetivos TITULO IV REGIMEN ECONOMICO Articulo 55º.- Constituyen recursos economicos y financieros del INEN, aquellos fondos publicos asignados conforme a la normativa vigente, de acuerdo con lo siguiente: a) Los recursos ordinarios asignados segun Ley del Presupuesto de la Republica.

b) Los recursos directamente recaudados por la venta de bienes y servicios y otros conceptos. c) Los recursos que se incorporen por saldos de balance. d) Las donaciones y transferencias que efectuen personas naturales y juridicas, publicas y privadas, y organismos cooperantes, conforme a Ley. e) Los recursos provenientes de operaciones de credito interno y externo, que se concerten a traves de las instancias pertinentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Las normas y funcionamiento de las Comisiones o Comites permanentes establecidos por dispositivo legal se estableceran, cuando sea pertinente, en sus respectivos reglamentos que se aprobaran mediante Resolucion Jefatural. Segunda.- Mediante Resolucion Jefatural se establecera la estructura matricial y organizacion de las Unidades Funcionales de Diagnostico y Tratamiento Multidisciplinario de las Enfermedades Neoplasicas que servira de base a las estructuras funcionales que se estableceran en el Manual de Organizacion y Funciones, en el MORDAZA del manejo multidisciplinario del cancer. Tercera.- Mediante Resolucion Jefatural se establecera el detalle de las competencias especificas de las diferentes especialidades medicas y quirurgicas, en el MORDAZA de las Normas Tecnicas de Manejo Multidisciplinario de las Enfermedades Neoplasicas que debe emitir el INEN a nivel nacional. Cuarta.- Todos los proyectos o actividades de investigacion y capacitacion que realicen las unidades organicas y recursos humanos del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas deberan ser coordinados previamente con el Departamento de Investigacion y/o Departamento de Educacion segun corresponda, MORDAZA de su aprobacion por la Jefatura, a fin de evitar duplicidad de esfuerzos, lograr una asignacion racional de recursos y delimitar las responsabilidades correspondientes. Los proyectos aprobados seran registrados en los mencionados Departamentos. Quinta.- El personal del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas se encuentra comprendido en el Regimen Laboral de la Actividad Publica, normado por el Decreto Legislativo Nº 276, normas ampliatorias y conexas. Sexta.- El Cuerpo Medico no constituye un organo estructurado del INEN. Cumple funciones de asesoria a la Jefatura en los aspectos tecnicos y cientificos en los MORDAZA de su competencia. Esta integrado por todos los profesionales medicos colegiados que laboran en el, incluyendo al Jefe que lo integra pero no lo preside. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. - Lo dispuesto en el Articulo 14º de la Ley Nº 28456 - Ley del Trabajo del Profesional de la Salud Tecnologo Medico, se implementara una vez aprobado el Reglamento de dicha Ley y dentro del MORDAZA de los lineamientos de politica sectorial. Segunda.- La implementacion de las unidades organicas creadas al MORDAZA de la Ley Nº 28748, se efectua progresivamente y dentro del MORDAZA de la asignacion presupuestaria que se apruebe al Pliego INEN. DISPOSICION FINAL Unica.- El personal que promueva y ejecute actividades y proyectos del INEN es responsable de que estos contribuyan al logro de sus objetivos funcionales, operativos y estrategicos establecidos en el presente Reglamento y en los planes aprobados.

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