Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2007 (11/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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profesionales y tecnicos de la salud requeridos en el sector para la prevencion, diagnostico y tratamiento de enfermedades neoplasicas. e) Aplicar los nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos de las investigaciones que MORDAZA normadas por las autoridades competentes. f) Proporcionar la atencion y el apoyo requerido de la especialidad, en las diferentes areas asistenciales del INEN. g) Participar en el diseno y ejecucion de programas educativos y de formacion de recursos humanos especializados referidos a la especialidad, segun los programas y objetivos institucionales. h) Realizar programas de prevencion en al ambito de su competencia, segun los programas y proyectos institucionales y en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. i) Formular y proponer, en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer, las normas tecnicas de radioterapia en el MORDAZA del manejo multidisciplinario que desarrollen los Comites o instancias funcionales correspondientes, para su aplicacion a nivel nacional, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. j) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia k) Las demas funciones que le asigne la Direccion de Radioterapia en el ambito de su competencia. Articulo 47º.- DEPARTAMENTO DE MEDICINA NUCLEAR El Departamento de Medicina Nuclear es la unidad organica encargada de ejecutar pruebas diagnosticas y tratamiento mediante radioisotopos; lograr la innovacion, actualizacion y difusion de los conocimientos, metodos y tecnicas de medicina nuclear; asi como, de lograr la capacitacion correspondiente de los recursos humanos necesarios. Depende de la Direccion de Radioterapia y tiene asignados los siguientes objetivos funcionales: a) Realizar examenes diagnosticos de cancer mediante el uso de radioisotopos y equipos de escaneo corporal del paciente. b) Administrar radioisotopos para el tratamiento de neoplasias que lo requieran. c) Coordinar y supervisar el sistema de proteccion radiologica en el ambito de su especialidad, de acuerdo a la normatividad vigente. d) Investigar e innovar permanentemente las tecnologias y los procedimientos preventivos, diagnosticos y terapeuticos referidos a su especialidad. e) Proponer y difundir las investigaciones realizadas y capacitar con nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos de su especialidad a los profesionales y tecnicos de la salud requeridos en el sector para la prevencion, diagnostico y tratamiento de enfermedades neoplasicas. f) Aplicar los nuevos conocimientos cientificos y tecnologicos de las investigaciones que MORDAZA normadas por las autoridades competentes. g) Proporcionar la atencion y el apoyo requerido de la especialidad, en las diferentes areas asistenciales del INEN. h) Proponer y participar en el diseno y ejecucion de programas educativos y de formacion de recursos humanos especializados referidos a la especialidad, en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. i) Realizar programas de prevencion en al ambito de su competencia, segun los programas y proyectos institucionales y en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. j) Formular y proponer, las normas tecnicas de medicina nuclear, para la formulacion de las normas tecnicas de manejo multidisciplinario del cancer que deben desarrollar los Comites o instancias funcionales correspondientes y en los que debe participar segun sea pertinente, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. k) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia

l) Las demas funciones que le asigne la Direccion de Radioterapia en el ambito de su competencia. DIRECCION DE SERVICIOS DE APOYO AL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO Articulo 48º.- DIRECCION DE SERVICIOS DE APOYO AL DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO La Direccion de Servicios de Apoyo al Diagnostico y Tratamiento es el organo encargado de prestar la atencion especializada de apoyo al diagnostico y tratamiento en: Anatomia Patologica, Patologia Clinica, Banco de Tejidos Tumorales y Radiologia; del Triaje, Hospitalizacion, Gestion de Consulta, Nutricion, Evaluacion Socioeconomica y de la produccion y dispensacion Quimico-Farmaceutica; asi como de lograr la innovacion, actualizacion y difusion de los conocimientos, metodos, tecnicas y procedimientos correspondientes, de proponer y participar en la formulacion de las normas nacionales de manejo multidisciplinario del cancer y otras de su competencia, y de lograr la capacitacion de los recursos humanos necesarios. Depende de la Jefatura y tiene asignadas las siguientes funciones: a) Proponer a la Jefatura, en coordinacion con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto los lineamientos de politica institucional referidos al ambito de su competencia. b) Desarrollar programas y actividades de investigacion clinica en el ambito de su competencia, segun la politica, normas y objetivos institucionales y en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer. c) Innovar y actualizar los conocimientos cientificos, metodologias y tecnologias de su especialidad para la prevencion del riesgo, proteccion del dano, recuperacion de la salud y rehabilitacion de las capacidades de las personas en el ambito de su competencia. d) Innovar y actualizar los conocimientos sobre los productos farmaceuticos y afines, y sobre el impacto de su utilizacion en el tratamiento de enfermedades neoplasicas. e) Realizar procedimientos diagnosticos mediante radiologia. f) Impulsar y coordinar el tratamiento multidisciplinario del cancer en coordinacion con la Direccion de Medicina, Direccion de Cirugia y Direccion de Radioterapia. g) Realizar estudios de laboratorio clinico y de anatomia patologica. h) Planificar, ejecutar y registrar la atencion del triaje, hospitalizacion, gestion de la consulta medica, nutricion y evaluacion socioeconomica de los pacientes. i) Planificar, programar, producir, dispensar y controlar los productos quimico-farmaceuticos y afines que se prescriban para el tratamiento de los pacientes. j) Promover y coordinar la formacion y especializacion de los recursos humanos requeridos para desarrollar las actividades asistenciales y de investigacion k) Coordinar y supervisar el sistema de proteccion radiologica de acuerdo a la normatividad vigente. l) Participar en el diseno y ejecucion de programas educativos y de formacion de recursos humanos especializados, en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. m) Realizar programas de prevencion en al ambito de su competencia, segun los programas y proyectos institucionales y en coordinacion con las unidades organicas de la Direccion de Control del Cancer. n) Formular y proponer, en coordinacion con la Direccion de Control del Cancer, las normas tecnicas de servicios de apoyo al diagnostico y tratamiento y de la atencion de servicios al MORDAZA de su competencia, para la formulacion de las normas tecnicas de manejo multidisciplinario del cancer que deben desarrollar los Comites o instancias funcionales correspondientes, con el fin de normar y controlar su aplicacion a nivel nacional, en concordancia con la formalidad prescrita por el Sector. o) Mantener el control previo, concurrente y posterior en el ambito de su competencia. p) Las demas funciones que le asigne la Jefatura en el ambito de su competencia. Articulo 49º.- DEPARTAMENTO DE PATOLOGIA El Departamento de Patologia es la unidad organica a cargo de la innovacion, actualizacion y difusion de

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