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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de enero de 2007 337626 y además el número insu ¿ ciente de unidades de Limpieza Pública de propiedad de la Municipalidad donde el servicio no puede paralizarse, creemos son razones fundamentales para declarar en desabastecimiento inminente el servicio citado en el párrafo precedente; Que, entonces con el fin de seguir con la prestación del Servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los Residuos Sólidos y con requerimiento de las áreas usuarias donde solicitan se continúe atendiendo con el servicio por un período de 60 días equivalente a 2,400 toneladas con vigencia a partir del 9 de enero 2007 hasta el 9 de marzo de 2007 sobre la base de una declaración de desabastecimiento inminente, el mismo que vista la normatividad vigente se basa en el Art. 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, donde se establecen los casos en que las contrataciones realizadas por una Entidad están exoneradas de los procesos de selección, que para el presente caso y por el valor referencial estimado se trata de exonerar un proceso de selección clasificado como Adjudicación Directa Selectiva (monto aproximado de S/. 83,760.00 Nuevos Soles), según cuadro aprobado con el COMUNICADO N° 003-2005/PRE; Que, en relación con el contexto descrito, se invoca el Art.21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM que expresa literalmente: “Se considera situación de desabastecimiento inminente aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”, que para el presente caso sobran hechos extraordinarios e imprevisibles que justi¿ can la causal del desabastecimiento inminente; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que todas las exoneraciones, deberán ser aprobadas mediante Acuerdo de Concejo, la misma que requiere de un informe técnico legal previo, así como el artículo 147º del Reglamento donde prescribe que el Acuerdo de Concejo que aprueba la exoneración debe ser publicada en el Diario O ¿ cial El Peruano excepto en los casos a que se re ¿ ere los incisos b) y d) del artículo 19º de la presente Ley; remitiéndose una copia de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles a la fecha de su aprobación; Que, en este orden de ideas, y dando cumplimiento a lo que establece el Art. 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 se requiere que la entidad contrate mediante acciones inmediatas a una Empresa autorizada que preste el servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los Residuos Sólidos, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases exoneradas y cuyo contrato a celebrarse cumpla con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente; y además estando aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura 2007 con el Acuerdo de Concejo N° 090-2006-SEGE-06-MDEA vigente para el año 2007; Que, visto el Informe N° 538A-2006-GAJ-MDEA remitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, donde señala que ante los hechos imprevisibles presentados y la no convocatoria del nuevo proceso de selección principal, cabe exonerar la Adjudicación Directa Selectiva y declarar en desabastecimiento inminente el servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los residuos sólidos y que la misma se encuentra dentro del marco legal establecido por la Ley y Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobados con el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el D.S. N° 084-2004-PCM; Que, a lo expuesto y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado con D.S. Nº 084-2004-PCM, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año ¿ scal 2007-Ley Nº 28927, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Ley N° 28411 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y sus modi ¿ catorias; y con voto unánime del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo 1.- Aprobar la Exoneración del proceso de selección clasi ¿ cado como Adjudicación Directa Selectiva, declarando en situación de DESABASTECIMIENTO INMINENTE el Servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los Residuos Sólidos para mantener el servicio de la Limpieza Pública en El Distrito por un período de sesenta (60) días calendario, vigente desde el 09/01/2007 hasta el 09/03/2007 para contratar por 2,400 Toneladas que a un precio unitario de S/. 34.90 equivalen un total de S/. 83,760.00 Nuevos Soles y cuyo gasto se afectará a la Fuente de Financiamiento 09-Recursos Directamente Recaudados y 08-Impuestos Municipales; mientras, se prepara las condiciones para convocar el proceso de selección principal que garantice la prestación del servicio para todo el ejercicio ¿ scal 2007; Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas ejecute las acciones inmediatas conforme lo establece el Art. 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con el D.S. N° 084-2004-PCM. Artículo 3.- Encargar a la O ¿ cina de Secretaría General para que realice la publicación del presente Acuerdo en el diario o ¿ cial “El Peruano” y a la Gerencia de Administración y Finanzas para su publicación en el SEACE y remita copia del mismo acompañando el informe Técnico Legal a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE dentro de los plazos previstos en la Ley. Artículo 4.- Encargar al Gerente Municipal que asuma las medidas administrativas pertinentes. Comuniquese, regístrese y publíquese. VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS Alcalde 15194-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura del año fiscal 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 113-2006/ML Lurín, 26 de diciembre del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN