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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de enero de 2007 337625 autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, en su artículo 9°, numerales 3) y 32) señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento, así como el Cuadro para la Asignación de Personal del Gobierno Local, documentos normativos de gestión, los mismos que deben aprobarse mediante Ordenanza; Que, por su parte el artículo 26° de la Ley acotada establece que la Administración Municipal adopta una Estructura Gerencial, sustentándose en principios de Programación, Dirección, Ejecución, Supervisión, Control Concurrente y Posterior. Se rige por los principios de Legalidad, Economía, Transparencia, Simplicidad, E ¿ cacia, E¿ ciencia, Participación y Seguridad Ciudadana, y por los contenidos en la Ley N° 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, indicándose que las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestión y la presente Ley; Que, el artículo 28° de la misma Ley indica que la Estructura Orgánica Municipal básica comprende en el ámbito Administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento Presupuesto, la cual debe estar de acuerdo a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gastos corrientes, señalándose que los demás órganos de línea, de apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada Gobierno Local; Que, con Ordenanza N° 171-MDEA se aprobó la estructura orgánica de la Municipalidad Distrital de El Agustino, en el marco de la reorganización administrativa dispuesta con Acuerdo de Concejo N° 019-A–2003-SEGE-06-MDEA; y por Ordenanza N° 185-MDEA se aprueba la modificación de la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Organigrama Estructural y el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de El Agustino, en donde se incluye el cargo de Procurador Público Municipal; Que, la propuesta de modificatoria de los documentos normativos de gestión recomendados con el Informe N° 174-2006-GPPR-MDEA de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y el Informe N° 524-2006-GAJ-MDEA de la Gerencia de Asesoría Jurídica en concordancia con lo aprobado en la Ordenanza Nº 315-2006-MDEA en la cual se modifica la estructura orgánica y el organigrama estructural de la Municipalidad de El Agustino con vigencia a partir del 1 de enero del 2007; En uso de las facultades que le confiere los artículos 47°, 194° de la “Constitución Política del Estado”; artículos 8°, 9° inciso 23), 29 y 40° de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP); y EL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) Artículo 1°.- APROBAR a partir del 1 de enero del 2007 las modi ¿ caciones a “Cuadro para Asignación de Personal” (CAP), los mismos que como Anexo N° 01 forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- APROBAR a partir del 1 de enero del 2007 las modi ¿ caciones a los artículos 48° y 49° del “Reglamento de Organización y Funciones” (ROF), los mismos que se encuentran redactados dentro del Anexo N° 02 y que forman parte integrante de la presente Ordenanza.Artículo 3°.- APROBAR a partir del 1 de enero del 2007 las modi ¿ caciones al “Manual de Organización y Funciones” (MOF), los mismos que como Anexo N° 03 forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4°.- Deróguense todas las disposiciones o normas anteriores que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia Municipal, la debida difusión del “Reglamento de Organización y Funciones” (ROF), el “Cuadro para Asignación de Personal” (CAP), el “Manual de Organización y Funciones” (MOF) y el “Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal” aprobado por esta Ordenanza para su estricto cumplimiento por las dependencias administrativas municipales. POR TANTO:En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, la promulgo y mando se registre, publique y cumpla. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 15199-1 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de transporte, recolección y disposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 097-A-2006-SEGE-06-MDEA El Agustino, 28 de diciembre de 2006VISTO:En sesión extraordinaria del 28 de diciembre del 2006 el Informe Nº 287-A-2006-GAF-MDEA remitido por Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe N° 538-A-2006-GAJ-MDEA por la Gerencia de Asesoría Jurídica, donde solicitan y sustentan se declare en situación de desabastecimiento inminente el servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los Residuos Sólidos en la Jurisdicción de El Agustino; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con personería jurídica de Derecho Público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi ¿ cado por la Ley de Reforma Constitucional Ley N° 27680; y concordante con el artículo I del Título Preliminar y el Art. 4° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que, mediante Informe N° 545-2006-SGSLP- GDECO-MDEA e Informe N° 330-2006-GDECO-MDEA remitidos por la Sub Gerencia de Limpieza Pública y el Gerente de Desarrollo Ecológico respectivamente, donde comunican que el Servicio de Transportes, Recolección y Disposición Final de los Residuos Sólidos que viene prestando la Empresa “Corporación El Señorial” concluye el 8 de enero 2007, por consiguiente solicitan declarar en desabastecimiento inminente el servicio conforme a las normas legales vigentes y porque el servicio de Limpieza Pública del distrito siendo uno de los principales objetivos trazada por la actual gestión no puede paralizarse; Que, a pocos días de cumplirse el plazo del contrato adicional (10 de enero 2007) y estando vencido el contrato complementario con la Empresa “Corporación El Señorial”