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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337857 La Presidencia y Vicepresidencia de cada Comisión serán designados por el Concejo a propuesta del Alcalde. La secretaría será elegida entre los miembros de la Comisión. Artículo 85º.- Funciones del Regidor Presidente Son funciones del Regidor Presidente: 1. Convocar y presidir las sesiones de la Comisión 2. Suscribir el despacho de la Comisión. 3. Suscribir con el Secretario de la Comisión sus Actas de Sesiones. 4. Informar al Concejo sobre las actividades de la Comisión. 5. Dar cuenta a la Alcaldía en forma mensual de lo actuado en la Comisión 6. Informar al Alcalde sobre la asistencia de sus miembros a las Sesiones. Artículo 86º.- Funciones del Regidor Vicepresidente Corresponde al Regidor Vicepresidente las siguientes funciones: 1. Ejerce la presidencia de la Comisión en caso de licencia o ausencia del titular. 2. Convocar a sesión ante la ausencia del Presidente. Artículo 87º.- Funciones del Regidor Secretario El Regidor Secretario será elegido por la mayoría de los integrantes de la Comisión y son sus funciones las siguientes: 1. Citar a las Sesiones de la Comisión de conformidad con los acuerdos e instrucciones del Presidente. 2. Levantar y suscribir las Actas de las Sesiones de la Comisión. 3. Formular el despacho de conformidad con las decisiones de la Comisión y las instrucciones de su Presidente. 4. Tramitar y llevar la documentación de la Comisión.5. Las demás que le señala el Presidente de la Comisión. Artículo 88º.- Atención de Funciones con renuncia Los Regidores que renuncien a sus funciones en las Comisiones no podrán dejar de atenderlas hasta que sean reemplazados en ellas. Artículo 89º.- Número de Comisiones El Concejo Distrital de Jesús María contara con las seis siguientes Comisiones Ordinarias, que corresponden a las áreas funcionales y operativas de la labor municipal: 1. Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto. 2. Comisión de Desarrollo Urbano y Vial3. Comisión de Bienestar, Desarrollo Económico y social 4. Comisión de Asuntos Jurídicos5. Comisión de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Recreación, Deporte y Turismo. 6. Comisión de Seguridad Ciudadana. Artículo 90º.- Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto Corresponde a la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. La formulación, aprobación, ampliación, modi fi cación, ejecución, evaluación y control del Plan del Desarrollo Concertado. 2. La formulación, aprobación, ampliación, modi fi cación, ejecución, evaluación y control del Plan Operativo Institucional. 3. La formulación, aprobación, ampliación, modi fi cación, ejecución, evaluación y control del Presupuesto Participativo de la Municipalidad. 4. La cuenta General del Ejercicio Anual.5. Los proyectos de Ordenanza en materia tributaria.6. Créditos internos y externos.7. Proposiciones que impliquen gastos no presupuestados. 8. La formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control del Plan de Desarrollo Distrital y los planes y programas correspondientes9. Los ingresos de la Municipalidad. 10. Las inversiones y egresos de la Municipalidad.11. Las empresas y Organismos desconcentrados de la Municipalidad. 12. Las excepciones a las normas de austeridad.13. La estructura orgánica y la organización de la Municipalidad. 14. Racionalización Administrativa.15. Otros que e encomiende el Concejo. Artículo 91º.- Comisión de Desarrollo Urbano y Vial Corresponde a la Comisión de Desarrollo Urbano y Vial, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. Demarcación Territorial. 2. El Plan de desarrollo Urbano Distrital.3. Evaluación Propuestas de modi fi cación y control de la zoni fi cación y Urbanismo. 4. El Plan vial del distrito.5. Ornato y Monumentos.6. Adjudicación de bienes inmuebles.7. Catastro.8. Uso de suelo.9. Nomenclatura de vías, parques y plazas.10. Anuncios.11. Evaluación y control de las obras ejecutadas por la Municipalidad. 12. El transporte urbano y vial.13. La señalización y semaforización.14. Declaración de inhabilitación de inmuebles.15. Los ruidos molestos.16. Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 92º.- Comisión de Bienestar, Desarrollo Económico y Social Corresponde a la Comisión de bienestar, Desarrollo Económico y Social, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. Promoción y mejoramiento del empleo 2. Estimulación en la creación de fuentes de trabajo.3. Saneamiento ambiental.4. Forestación y reforestación.5. Parques y Jardines.6. Servicios públicos.7. Promoción e la pequeña y micro empresa.8. Salud y Salubridad.9. Medicina preventiva, primeros auxilios y postas medicas. 10. Asistencia Social.11. Alimentación Popular y Programa del Vaso de Leche. 12. Problemática de los niños y adolescentes.13. Supervisión y Control a Mercados y centros de Abastos. 14. Controles sanitarios y estudios bromatológicos.15. Cumplimiento del Código Sanitario.16. Establecimientos Comerciales.17. Comercio Informal.18. Defensa del Consumidor.19. Adultos mayores y personas con Discapacidad20. Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 93º.- Comisión de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Recreación, Deporte y Turismo Corresponde a la Comisión de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Recreación, Deporte y Turismo, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Concejo, relacionados con: 1. Junta de Vecinos y Comités Comunales. 2. Apoyo y supervisión a la Educación en sus diferentes niveles, de acuerdo al ámbito de su competencia. 3. Cultura y Espectáculos4. Recreación y Deportes.5. Turismo y Folklore. 6. Patrimonio Cultural.7. Bibliotecas Públicas.8. Fomento y apoyo a Bibliotecas en los Centros Escolares 9. Otros que le encomiende el Concejo. Artículo 94º.- Comisión de Asuntos Jurídicos . Corresponde a la Comisión de Asuntos Jurídicos,