Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

NORMAS LEGALES

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los cuales las EPS debian atender y solucionar cada MORDAZA de problema. Se ha considerado que el Reglamento de Supervision debe referirse unicamente a los procedimientos y criterios aplicables a las acciones de supervision que la SUNASS realiza para verificar el cumplimiento de las obligaciones de las EPS, o sancionar el incumplimiento de ser el caso. Por ello, se traslada dicho anexo al Reglamento de la Calidad de la Prestacion de los Servicios de Saneamiento. VI. IMPACTO ESPERADO. Los cambios propuestos benefician principalmente a las EPS. En primer lugar, se delimita la funcion de supervision, diferenciandola de la fiscalizacion y sancion. Adicionalmente, se hacen transparentes la clasificacion de los aspectos que son objeto de la supervision, los tipos de supervision y se establece la manera como se desarrollara cada una, desde su inicio hasta su culminacion, incluyendo los tipos de informes a emitirse. Igualmente importante, es la inclusion en el Reglamento de los derechos de las EPS en las acciones de supervision. De otro lado, los cambios propuestos interesan tambien a los usuarios y organismos que cautelan sus derechos como la Defensoria del Pueblo y las asociaciones de usuarios, pues el procedimiento de supervision propuesto se encuentra mas ordenado y tiene mayor transparencia. Asimismo, la propuesta refleja que el interes de la SUNASS no es la sancion a las EPS sino la solucion a los problemas que afectan especialmente a los usuarios. Adicionalmente, instituciones diversas tales como el Congreso de la Republica, el Ministerio de Salud, entre otros, que habitualmente solicitan informacion a la SUNASS con respecto al cumplimiento de las obligaciones por parte de las EPS, conoceran mejor los tipos de informes elaborados y el objetivo de cada uno, para asi formular sus solicitudes de manera mas exacta. El contar con un Reglamento que defina con mayor claridad los procedimientos de supervision, los temas materia de MORDAZA, asi como los deberes y derechos del ente regulador y de los supervisados, permitira reducir los costos actuales de ejercer la funcion supervisora tanto para las EPS como para la SUNASS, permitiendo una accion oportuna del organismo regulador para la correccion de problemas y para garantizar una adecuada prestacion de los servicios de saneamiento. En cuanto a la funcion fiscalizadora y sancionadora, se han incorporado incentivos y beneficios para las EPS, los cuales se espera que reflejen que la intencion de la SUNASS no es sancionar sino que los incumplimientos se subsanen. Es asi que en el procedimiento las EPS tienen diversas oportunidades para evitar la imposicion de una sancion. Es importante mencionar tambien el efecto positivo que debera tener la reestructuracion y reevaluacion de la tipificacion de infracciones. Se espera que la agrupacion por temas refleje los aspectos en los que la SUNASS pone enfasis, y facilite la comprension por parte de los administrados. Igualmente se ha corregido la gravedad de algunas infracciones actualmente ya consideradas, dotando de mayor MORDAZA al sistema. Otra modificacion que se considera tendra importantes efectos positivos, es la eliminacion de las infracciones relativas a problemas de usuarios individuales, los cuales corresponden ser tratados en aplicacion del Reglamento General de Reclamos, mientras que en el presente Reglamento se incluyen como infracciones unicamente las conductas que constituyan una practica MORDAZA de las EPS o aquellas que presentandose por unica vez afecten a un gran numero de usuarios. En general la propuesta intenta simplificar los procedimientos, aclarar los pasos, las competencias de los diversos organos de la SUNASS, y abrir posibilidades para evitar sancionar a las EPS que subsanen sus incumplimientos y actuen con buena fe.

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Designan funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 043
Callao, 9 de enero de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806 se aprobo la Ley de Transparencia y Acceso a la informacion publica, la misma que fue modificada por Ley Nº 27927, estableciendo que todas las entidades de la administracion publica, estan obligadas a brindar informacion de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identificar al funcionario responsable de brindar la informacion solicitada por el administrado; Que, por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la informacion publica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la informacion publica, cuyo articulo 3º, senala que, es obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, adoptar las medidas necesarias que permitan garantizar el ejercicio del derecho a la informacion publica dentro de su competencia funcional, asi como designar al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia; Que, a traves de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 0252005-Region Callao-PR, de 28 de enero de 2005, se designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lam, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional del Callao; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 015, de fecha 1 de enero de 2007, se nombro Jefe de la Oficina de Sistemas, Informatica y Estadistica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pun, del Gobierno Regional del Callao; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 025-2005-Region Callao-PR, de 28 de enero de 2005, que designo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lam, como funcionario de responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Articulo Segundo.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pun, como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional del Callao. Registrese y comuniquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente

16915-1

Designan funcionario responsable de entregar informacion solicitada por el administrado, en el MORDAZA de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 044
Callao, 9 de enero de 2007

16555-1

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