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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337851 ¾Año 2002 50% del insoluto; ¾Año 2003 30% del insoluto ¾Año 2004 20% del insoluto ¾Año 2005 10% del insoluto . ¾Año 2006 5% del insoluto . Artículo Tercero.- El contribuyente podrá acogerse al pago de la deuda de manera fraccionada, de la siguiente forma: Cuotas máximas a fraccionar - 08 cuotas como máximo Pago inicial - Como mínimo el valor de 01 cuota Artículo Cuarto .- Los descuentos indicados en los numerales b) y c) del Artículo Primero se efectuarán sólo si se cancela el pago total de la deuda vencida del año 2002 al 2006 Artículo Quinto .- Quienes tengan fraccionamientos anteriores a la fecha y, cualquiera que fuera su estado de cobranza, podrán solicitar que su deuda retorne a la vía ordinaria, pudiendo acogerse al presente Programa, excepto los que estuvieran acogidos a las Ordenanzas Nºs. 252-MDB, 256-MDB, 258-MDB y 267-MDB. Artículo Sexto.- El pago al contado y/o de forma fraccionada de cualquier deuda, que se acoja al bene fi cio de la presente Ordenanza, dará lugar al desistimiento de los recursos impugnatorios así como las solicitudes no contenciosas que se hayan interpuesto contra dichas deudas sólo en el caso que existiera un expediente en trámite, debiendo para tal caso ser solicitada previamente por el interesado. Artículo Sétimo. - Facúltese al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, incluyendo la prórroga de vigencia de la misma. Artículo Octavo .- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Tesorería y a la Unidad de Estadística e Informática. Por Tanto:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 17016-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban el Himno de El Agustino ORDENANZA Nº 317-MDEA El Agustino, 21 de diciembre del 2006 POR CUANTO: El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Extraordinaria de fecha 21 de diciembre del dos mil seis, visto la propuesta de la Ordenanza sobre “EL HIMNO DE EL AGUSTINO”; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 26850, las Municipalidades Provinciales y Distritales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; En uso de las facultades que le con fi ere los artículos 47º, 194º de la “Constitución Política del Estado”; artículos 8º, 9º inciso 23), 29 y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por unanimidad aprueba lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL HIMNO DE EL AGUSTINO Artículo 1º.- APROBAR EL HIMNO DE EL AGUSTINO, en los términos siguientes:- DIFUNDIR la letra y música del “El Himno de El Agustino” a nivel distrital, para conocimiento del pueblo agustiniano; cuya estrofa forma parte integrante de la presente Ordenanza en el Anexo 01. - DISPONER que en la Municipalidad de El Agustino sea entonado “El Himno de El Agustino” en todos los actos ofi ciales a realizarse. - EXHORTAR a todas las entidades públicas, de forma especial a la institución UGEL Nº 05 - Ministerio de Educación y Centros Educativos del distrito, entonar “El Himno de El Agustino” en los actos o fi ciales y de manera particular en el Aniversario Patrio y Aniversario de Creación del distrito. - EXHORTAR a las entidades privadas, para que cumplan con las pautas señaladas en el párrafo anterior. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y a la Unidad de Participación Vecinal, Cultura y Deporte e Imagen Institucional el cumplimiento y la debida difusión de la presente. POR TANTO:En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, la promulgo y mando se registre, publique y cumpla. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 16161-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban el Reglamento Interno y el Cuadro de Comisiones del Concejo Municipal ORDENANZA Nº 208-MDJM Jesús María, 9 de enero de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA Visto, en sesión extraordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 27680, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo determina el numeral 12 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal la aprobación del Reglamento Interno del Concejo Municipal, a propuesta del Alcalde y a lo prescrito por el numeral 14 del artículo 20º del mismo cuerpo legal; TENIENDO EN CONSIDERACIÓN LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8 DEL ARTÍCULO 9 º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS MARÍA Y CUADRO DE COMISIONES Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE JESÚS