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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2007 (18/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 80

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de enero de 2007 337846 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27806 se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la misma que fue modi fi cada por Ley Nº 27927, estableciendo que todas las entidades de la administración pública, están obligadas a brindar información de acuerdo a lo previsto en la Ley, debiendo identi fi car al funcionario responsable de brindar la información solicitada por el administrado; Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 029- 2005-Región Callao-PR, de fecha 3 de febrero de 2005, se designó a don Víctor Ramiro López García, como funcionario responsable de entregar la información solicitada en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, quien ha cesado en sus funciones. Que, en tal sentido es necesario designar al funcionario encargado de entregar información en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Ejecutiva Regional Nº 029-2005-Región Callao-PR, de fecha 3 de febrero de 2005, que designó a don Víctor Ramiro López García, como funcionario responsable de entregar la información solicitada por el ciudadano. Artículo Segundo.- Designar a don Dante Manuel Mesa Pinto, Secretario del Consejo Regional, como funcionario responsable de entregar información solicitada por el administrado en virtud de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modi fi catoria, Ley Nº 27927. Regístrese y comuníquese.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Presidente 16915-2 GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Aprueban modificación del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 073-2006-CR-GRH Huánuco, 21 de diciembre del 2006. LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO:Visto en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha veintiuno de diciembre del dos mil seis, los Informes números doscientos nueve - dos mil seis- GRH/GRPPAT, doscientos cuarenta y uno -dos mil seis-GRH-GRPPAT/SGDISE y doscientos sesenta y uno -dos mil seis-GRH/GRPPAT, presentado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, relacionado a la Reconsideración de la aprobación parcial del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la sede del Gobierno Regional Huánuco, así mismo el Dictamen s/n de la Comisión Permanente de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región como lo expresan los artículos dos, cuatro y cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad , territorialidad, legalidad y simpli fi cación administrativa; Que, por Ordenanza Regional número cero cuarenta y dos del dos mil seis de fecha veinticuatro de enero del dos mil seis se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal de la Sede del Gobierno Regional; y así mismo habiéndose aprobado la modi fi cación parcial del CAP del Gobierno Regional Huánuco en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha seis de diciembre del año en curso, contra la cual se interpuso Recurso de Reconsideración, lo que es materia de pronunciamiento por parte del Consejo Regional; Que, mediante las Resoluciones Ejecutivas Regionales números ciento cuarenta y tres del dos mil cinco, seiscientos sesenta y dos del dos mil cinco, cero cero ocho del dos mil seis, cero diez del dos mil seis y seiscientos noventa y siete del dos mil seis, de fecha quince de abril del dos mil cinco, veintidós de noviembre del dos mil cinco, dieciocho de enero del dos mil seis, veinte enero del dos mil seis y veinte de setiembre del dos mil seis, en estricto cumplimiento al mandato judicial emitido por el órgano jurisdiccional competente la Presidencia Regional procede a la REINCORPORACIÓN de treinta y dos trabajadores cesados irregularmente en sus respectivas plazas, nivel y categoría, correspondiente al momento de producirse el cese; disponiendo además que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, modi fi que el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Sede del Gobierno Regional Huánuco; Que, así mismo en la propuesta de modi fi catoria del CAP del Gobierno Regional Huánuco se está considerando la Implementación de la Subgerencia de Formulación de Estudios de Preinversión con el propósito de fortalecer la Unidad formuladora y la Creación del Banco de Proyectos, lo que permitirá generar proyectos de inversión pública para captar mayor inversión y cumplir con los objetivos del Desarrollo Regional; también la Implementación de la Unidad de Tributación que es necesario para posibilitar la recaudación de ingresos para la Región; y la Creación de la O fi cina de Coordinación de Lima, lo que garantizará la presencia del Gobierno Regional Huánuco ante las entidades nacionales e Internacionales, referido básicamente a las acciones administrativas, técnicas y de gestión. Que, sometido a consideración del Pleno el informe número doscientos nueve del dos mil seis emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que contiene la propuesta de modi fi cación del Cuadro de Asignación de Personal se advierte que ésta cuenta con informe favorable número cero cuarenta y ocho del dos mil seis, emitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Huánuco; cumpliendo con los lineamientos establecidos por el Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil cuatro- PCM; Que, así mismo la Comisión Permanente de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, con fecha diecisiete de noviembre del año en curso ha emitido el dictamen correspondiente por el que Recomienda al Pleno del Consejo Regional Desaprobar la Propuesta del CAP de la Sede del Gobierno Regional recomendando a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto proceda a subsanar las observaciones advertidas en coordinación con la O fi cina de Racionalización de la Contraloría General de la República y el Sindicato de trabajadores del Gobierno Regional de Huánuco; Que, habiendo sido levantado las observaciones por la Subgerencia de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadística mediante el Informe número doscientos cuarenta y uno-dos mil seis-GRH-GRPPAT/SGDISE, y estando al Informe número doscientos sesenta y uno del dos mil seis de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, lo que se dió cuenta al Pleno del Consejo, cuyos miembros luego de producido un amplio debate acordaron por mayoría aprobar la modi fi catoria del CAP del Gobierno Regional Huánuco; por lo que es procedente su modi fi cación mediante la dación de la norma regional correspondiente.