Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2007 (18/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 18 de enero de 2007

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen levantamiento de carga establecida mediante R.D. Nº 01592-MLM/SMDU/DMDU y disponen la recepcion de obras complementarias de habilitacion MORDAZA
RESOLUCION DE GERENCIA Nº 00095
Ate, 20 de diciembre de 2006 EL DIRECTOR DE GESTION MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 27488-06 y Acumulados, seguido por la "LA ASOCIACION DE PEQUENOS PROPIETARIOS DE LA ASOCIACION DE VIVIENDA 2 DE FEBRERO", por el que solicita el Levantamiento de Carga establecida en el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 015-92MLM/SMDU/DMDU, de fecha 4 de febrero de 2006, considerandose de MORDAZA progresivo la presente habilitacion MORDAZA al haberse ejecutado las obras complementarias de habilitacion MORDAZA del terreno de 10,050.00 m² , constituido por la parcela 4 de la Parcelacion Fundo MORDAZA del MORDAZA de Ate, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 015-92-MLM/ SMDU/DMDMU, del 4 de febrero de 1992; se resuelve en el primer articulo considerar de MORDAZA Progresivo a la Habilitacion MORDAZA de la Asociacion de Pequenos Propietarios de la Asociacion de Vivienda 2 de Febrero, del terreno de 10,050.00 m², para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", constituido por la parcela 4 de la Parcelacion Fundo MORDAZA del MORDAZA de Ate, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que mediante Informe Nº 543-2006-AHU-SGPUCGDU/MDA del 14 de diciembre del 2006, se senala que en la inspeccion ocular realizada al terreno del recurso se ha verificado la ejecucion de las obras de pavimentacion, veredas y rampas para personas con discapacidad conforme a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial N° 069-2001-MTC/15.01 del 7 de febrero del 2001, concluyendo que el presente tramite es Procedente, indicandose asimismo que los recurrentes han cumplido con presentar los requisitos estipulados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, y la documentacion que le fuera requerida para el cumplimiento de los mismos; Que con el visto MORDAZA de la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; y, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Edificaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER el levantamiento de la carga establecido en el articulo primero de la Resolucion Directoral Nº 015-92-MLM/SMDU/DMDU, donde se considero de MORDAZA progresivo la presente habilitacion urbana. Articulo Segundo.- RECEPCIONAR las obras complementarias de habilitacion MORDAZA, correspondiente a las veredas, pistas y rampas para personas con discapacidad de conformidad a lo dispuesto en la Resolucion Ministerial N° 069-2001-MTC/15.01 del 7 de febrero del 2001.

Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la inscripcion respectiva y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA

16135-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Establecen Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas
ORDENANZA Nº 269-MDB
Barranco, 15 de enero del 2007 EL MORDAZA DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital Extraordinaria de la fecha; de Barranco, en Sesion

VISTO, la propuesta de la Gerencia de Administracion Tributaria, sobre otorgamiento de beneficio especial para los contribuyentes mediante Informes Nº 001-2007-GAT/ MDB y Nº 013-2007-SGR-GAT-MDB; y el Informe Nº 01307-OAJ/MDB, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales, son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 55º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, preve que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de Barranco otorgar a los contribuyentes las maximas facilidades para regularizar el pago de sus obligaciones vencidas; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 9) del articulo 9º y por el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de sus miembros y, con la dispensa de la lectura del acta, ha dado la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- Establezcase en la jurisdiccion del distrito de Barranco un Programa de Regularizacion de Deudas Tributarias y Administrativas, que tendra vigencia desde el 16 de enero hasta el 2 de febrero del 2007. Articulo Segundo.- BENEFICIOS: Para quienes efectuen el pago total y al contado de toda su deuda: a) Condonacion total de los intereses generados por el cobro de impuesto predial, arbitrios, multas tributarias y administrativas, convenios de fraccionamiento y espectaculos publicos no deportivos hasta el 31 de diciembre del 2006, cualquiera sea su estado de cobranza b) Descuento en: Multas Tributarias emitidas hasta el 31/12/06 del 90% Multas Administrativas emitidas hasta el 31/12/06 del 90% c) Para quienes efectuen el pago total y al contado de su deuda por concepto de arbitrios se realizara el siguiente descuento:

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