Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2007 (28/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 154

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de enero de 2007

Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 20854-13

Designan fiscal en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta de Pasco
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 086-2007-MP-FN MORDAZA, 26 de enero de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicios y estando a lo dispuesto por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Visag, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Pasco, en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta de Pasco y su encargatura de las funciones del Decanato Superior del Distrito Judicial de Pasco, materia de la Resolucion Nº 1594-2006-MP-FN, de fecha 28 de diciembre del 2006. Articulo Segundo.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Visag, Fiscal Adjunto Superior Titular Mixto de Pasco, en el Despacho de la Fiscalia Superior Mixta de Pasco. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 20854-15

Vigesimo Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, mediante Resolucion SBS Nº 540-99 de fecha 15 de junio de 1999, se aprobo el "Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Credito No Autorizadas a Operar con Recursos del Publico"; Que, conforme a lo senalado en el numeral 6 de la referida Vigesimo Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ley General, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante Superintendencia, supervisa y controla a la Federacion Nacional de Cooperativas de Ahorro y Credito - FENACREP y regula las operaciones de las cooperativas de ahorro y credito no autorizadas a operar con recursos del publico; Que, en el literal a) del articulo 245.4º de la Ley de Titulos Valores, Ley Nº 27287 y sus modificatorias, se establece que el Titulo de Credito Hipotecario Negociable tambien puede ser emitido por las empresas del Sistema Financiero Nacional, u otras entidades que autorice la Superintendencia, acreedoras o no, cuando la garantia hipotecaria que respalde su credito se encuentre o vaya a ser inscrita en el Registro Publico; Que, teniendo en consideracion las disposiciones legales MORDAZA senaladas, esta Superintendencia ha visto por conveniente modificar el "Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Credito No Autorizadas a Operar con Recursos del Publico", a efectos de autorizar a dichas cooperativas a emitir Titulos de Credito Hipotecario Negociables; y, Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades establecidas en los numerales 7 y 9 del articulo 349º, asi como en la Vigesimo Cuarta Disposicion Final y Complementaria de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar el literal j) al articulo 5º "Operaciones y servicios autorizados" del "Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Credito No Autorizadas a Operar con Recursos del Publico" aprobado mediante Resolucion SBS Nº 540-99 y sus modificatorias, conforme al texto que se senala a continuacion: "j) Emitir Titulos de Credito Hipotecario Negociables conforme al regimen establecido en el articulo 245.4º de la Ley de Titulos Valores, Ley Nº 27287 y sus modificatorias." Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 20402-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Incorporan literal j) al Art. 5º "Operaciones y servicios autorizados" del Reglamento de las Cooperativas de Ahorro y Credito No Autorizadas a Operar con Recursos del Publico
RESOLUCION SBS Nº 85-2007 MORDAZA, 24 de enero de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: CONSIDERANDO: Que, en uso de las facultades establecidas en los numerales 7 y 9 del articulo 349º, asi como en la

Amplian tratamiento excepcional referido a la prorroga para la tenencia de bienes adjudicados y recuperados, establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones
RESOLUCION SBS Nº 87-2007 MORDAZA, 24 de enero de 2007 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

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