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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2007 (28/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 155

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de enero de 2007 338693 CONSIDERANDO: Que, el artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, en adelante Ley General, establece el tratamiento a los bienes recibidos en pago de deudas; Que, posteriormente, mediante la Resolución SBS Nº 1535-2005 del 6 de octubre de 2005, se aprobó el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, en adelante Reglamento; Que, el artículo 4º del Reglamento señala que las empresas que no hayan vendido o entregado en arrendamiento fi nanciero los bienes en el plazo de un (1) año, podrán solicitar la prórroga prevista en el artículo 215º de la Ley General con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento; Que, asimismo, la Primera Disposición Transitoria Final del Reglamento, señala que, excepcionalmente, se considerará como otorgada la prórroga referida en el artículo 215º de la Ley General y artículo 4º del citado Reglamento, hasta el 31 de diciembre de 2006, para aquellas empresas que requieran de la misma, sin que sea necesario solicitud de autorización ni Resolución por parte de esta Superintendencia; Que, esta Superintendencia ha considerado conveniente ampliar el tratamiento excepcional señalado en la Primera Disposición Final y Transitoria antes señalada; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Micro fi nanzas, Riesgos y de Asesoría Jurídica, así como por la Gerencia de Estudios Económicos; y, En uso de la atribución conferida por el numeral 7 del artículo 349º de la Ley General; RESUELVE:Artículo Único.- Amplíese el tratamiento excepcional referido a la prórroga para la tenencia de bienes adjudicados y recuperados, establecido en la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado por la Resolución SBS Nº 1535-2005, hasta el 31 de diciembre de 2007, para aquellas empresas que requieran de la misma, sin que sea necesario solicitud de autorización ni Resolución por parte de esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 20406-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de empresas para prestar servicios de mantenimiento y actualización de hardware y software y para la adquisición de licencias de productos ORACLE RESOLUCIÓN SBS Nº 91-2007 San Isidro, 25 de enero de 2007.EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO:Lo señalado en los Memorándum Nºs. 282, 296 y 307-2006-GTI emitidos por la Gerencia de Tecnologías de Información y; CONSIDERANDO: Que, el Departamento de Logística informa que estando próximo el vencimiento del contrato suscrito con la empresa NCR DEL PERÚ S.A., mediante el Memorando Nº 282-2006-GTI la Gerencia de Tecnologías de la Información, solicita la contratación del servicio de mantenimiento de Hardware y Software de los equipos marca NCR, adjuntando a tal efecto, las especi fi caciones técnicas para su contratación; Que, en tal sentido, a efecto de determinar el proceso de selección para la contratación de los servicios requeridos de la empresa NCR DEL PERÚ S.A., como único distribuidor autorizado en el Perú de NCR, se le solicitó a dicha empresa alcance su propuesta económica del servicio de mantenimiento, la misma que se detalla a continuación: Equipo Cantidad Monto US$ NCR WM 445 2 7,197.12 NCR S2600 1 3,570.00 Monto Total de la contratación 10,767.12 Que, de acuerdo a la naturaleza de los servicios a contratar y al monto total de su contratación, el proceso correspondiente sería el de una Adjudicación Directa Selectiva, el mismo que ya se encuentra previsto en el Numeral 08 del Plan Anual para el ejercicio 2007; Que, mediante Memorándum Nº 296-2006-GTI de fecha 14 de diciembre de 2006, la Gerencia de Tecnologías de Información remite al Departamento de Logística, el Informe Técnico Previo de Evaluación de Software Nº 008-2006-ST, mediante el cual sustenta técnicamente las razones por las cuales se hace necesario asegurar un adecuado nivel de operación, con fi guración e instalación del software ACL de las 33 licencias con las que cuenta la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para lo cual se requiere contar con un servicio de soporte que garantice el apoyo al trabajo de auditoría de datos realizada por los analistas con niveles de rendimiento y desempeño adecuados; Que, señala además el área técnica que el servicio a contratar permitirá contar con nuevas versiones de software que re fl ejen el avance de la tecnología de auditoría de datos, el cual posibilitará proveer de solución a los problemas de operación, instalación e implementación del software; para ello se requiere que el servicio sea brindado por un distribuidor autorizado en el país por la casa matriz del software fabricante de ACL; Que, en concordancia con lo anteriormente señalado, el Departamento de Logística señala que la empresa OPENTECH S.A.C. es la única representante en el Perú para brindar servicios a su sistema de apoyo a la gestión de auditoría ACL, por lo que la renovación del servicio de soporte y actualización del software ACL que requiere la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, se deberá realizar directamente con la empresa OPENTECH S.A.C.; constituyéndose en proveedor único del servicio requerido; Que, el valor referencial de los servicios en mención se han estimado en la suma de US$ 12,947.20 (Doce Mil Novecientos Cuarenta y Siete y 20/100 Dólares Americanos), correspondiendo en función a su cuantía, la convocatoria de una Adjudicación Directa Selectiva, proceso de cuyo trámite se exoneraría a la empresa OPENTECH S.A.C. por ser el único proveedor en el mercado nacional, el mismo que ya se encuentra previsto en el Numeral 147 del Plan Anual para el ejercicio 2007; Que, estando próximo el vencimiento del contrato para el Soporte de las Licencias de los Productos Oracle, y siendo además necesaria la adquisición de nuevas licencias del referido producto, la Gerencia de Tecnologías de Información, mediante Memorándum Nº 307-2006-GTI, sustenta las razones por las cuales solicita la renovación y adquisición de dichos servicios para el período 2007; Que, de acuerdo al requerimiento efectuado, se solicitaron las respectivas propuestas a ORACLE DEL PERÚ S.A., como única empresa autorizada en el Perú para brindar los productos y servicios ORACLE, según las cuales, los montos a adquirir y contratar son los siguientes: