Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2007 (28/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 155

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

338693

CONSIDERANDO: Que, el articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece el tratamiento a los bienes recibidos en pago de deudas; Que, posteriormente, mediante la Resolucion SBS Nº 1535-2005 del 6 de octubre de 2005, se aprobo el Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, en adelante Reglamento; Que, el articulo 4º del Reglamento senala que las empresas que no hayan vendido o entregado en arrendamiento financiero los bienes en el plazo de un (1) ano, podran solicitar la prorroga prevista en el articulo 215º de la Ley General con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento; Que, asimismo, la Primera Disposicion Transitoria Final del Reglamento, senala que, excepcionalmente, se considerara como otorgada la prorroga referida en el articulo 215º de la Ley General y articulo 4º del citado Reglamento, hasta el 31 de diciembre de 2006, para aquellas empresas que requieran de la misma, sin que sea necesario solicitud de autorizacion ni Resolucion por parte de esta Superintendencia; Que, esta Superintendencia ha considerado conveniente ampliar el tratamiento excepcional senalado en la Primera Disposicion Final y Transitoria MORDAZA senalada; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y de Asesoria Juridica, asi como por la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de la atribucion conferida por el numeral 7 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliese el tratamiento excepcional referido a la prorroga para la tenencia de bienes adjudicados y recuperados, establecido en la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento para el Tratamiento de los Bienes Adjudicados y Recuperados y sus Provisiones, aprobado por la Resolucion SBS Nº 1535-2005, hasta el 31 de diciembre de 2007, para aquellas empresas que requieran de la misma, sin que sea necesario solicitud de autorizacion ni Resolucion por parte de esta Superintendencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 20406-1

Que, el Departamento de Logistica informa que estando proximo el vencimiento del contrato suscrito con la empresa NCR DEL PERU S.A., mediante el Memorando Nº 282-2006-GTI la Gerencia de Tecnologias de la Informacion, solicita la contratacion del servicio de mantenimiento de Hardware y Software de los equipos MORDAZA NCR, adjuntando a tal efecto, las especificaciones tecnicas para su contratacion; Que, en tal sentido, a efecto de determinar el MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios requeridos de la empresa NCR DEL PERU S.A., como unico distribuidor autorizado en el Peru de NCR, se le solicito a dicha empresa alcance su propuesta economica del servicio de mantenimiento, la misma que se detalla a continuacion: Equipo NCR WM 445 NCR S2600 Monto Total de la contratacion Cantidad 2 1 Monto US$ 7,197.12 3,570.00 10,767.12

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de empresas para prestar servicios de mantenimiento y actualizacion de hardware y software y para la adquisicion de licencias de productos ORACLE
RESOLUCION SBS Nº 91-2007 San MORDAZA, 25 de enero de 2007. EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: Lo senalado en los Memorandum Nºs. 282, 296 y 307-2006-GTI emitidos por la Gerencia de Tecnologias de Informacion y;

Que, de acuerdo a la naturaleza de los servicios a contratar y al monto total de su contratacion, el MORDAZA correspondiente seria el de una Adjudicacion Directa Selectiva, el mismo que ya se encuentra previsto en el Numeral 08 del Plan Anual para el ejercicio 2007; Que, mediante Memorandum Nº 296-2006-GTI de fecha 14 de diciembre de 2006, la Gerencia de Tecnologias de Informacion remite al Departamento de Logistica, el Informe Tecnico Previo de Evaluacion de Software Nº 008-2006-ST, mediante el cual sustenta tecnicamente las razones por las cuales se hace necesario asegurar un adecuado nivel de operacion, configuracion e instalacion del software ACL de las 33 licencias con las que cuenta la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para lo cual se requiere contar con un servicio de soporte que garantice el apoyo al trabajo de auditoria de datos realizada por los analistas con niveles de rendimiento y desempeno adecuados; Que, senala ademas el area tecnica que el servicio a contratar permitira contar con nuevas versiones de software que reflejen el avance de la tecnologia de auditoria de datos, el cual posibilitara proveer de solucion a los problemas de operacion, instalacion e implementacion del software; para ello se requiere que el servicio sea brindado por un distribuidor autorizado en el MORDAZA por la MORDAZA matriz del software fabricante de ACL; Que, en concordancia con lo anteriormente senalado, el Departamento de Logistica senala que la empresa OPENTECH S.A.C. es la unica representante en el Peru para brindar servicios a su sistema de apoyo a la gestion de auditoria ACL, por lo que la renovacion del servicio de soporte y actualizacion del software ACL que requiere la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, se debera realizar directamente con la empresa OPENTECH S.A.C.; constituyendose en proveedor unico del servicio requerido; Que, el valor referencial de los servicios en mencion se han estimado en la suma de US$ 12,947.20 (Doce Mil Novecientos Cuarenta y Siete y 20/100 Dolares Americanos), correspondiendo en funcion a su cuantia, la convocatoria de una Adjudicacion Directa Selectiva, MORDAZA de cuyo tramite se exoneraria a la empresa OPENTECH S.A.C. por ser el unico proveedor en el MORDAZA nacional, el mismo que ya se encuentra previsto en el Numeral 147 del Plan Anual para el ejercicio 2007; Que, estando proximo el vencimiento del contrato para el Soporte de las Licencias de los Productos Oracle, y siendo ademas necesaria la adquisicion de nuevas licencias del referido producto, la Gerencia de Tecnologias de Informacion, mediante Memorandum Nº 307-2006-GTI, sustenta las razones por las cuales solicita la renovacion y adquisicion de dichos servicios para el periodo 2007; Que, de acuerdo al requerimiento efectuado, se solicitaron las respectivas propuestas a ORACLE DEL PERU S.A., como unica empresa autorizada en el Peru para brindar los productos y servicios ORACLE, segun las cuales, los montos a adquirir y contratar son los siguientes:

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