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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 28 de enero de 2007 338698 revocatoria de Certi fi cados de Defensa Civil que emite, agotan la vía administrativa, de conformidad con lo previsto por el artículo 218º literal d) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, es necesario modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos, en el rubro “Válido para todos los Órganos”, el procedimiento administrativo “Recursos Impugnativos”, eliminando de la columna “Autoridad que Aprueba” lo referente a la revocatoria del Certi fi cado de Seguridad de Defensa Civil; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su artículo 36º, numeral 36.3 que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos, podrán aprobarse por Decreto de Alcaldía; Estando a lo dispuesto, por el numeral 6 del artículo 20º, por el 39º y 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”;DECRETA: Artículo 1º.- Elimínese del Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del rubro “Válido para todos los Órganos”, del procedimiento administrativo “Recursos Impugnativos”, de la columna “Autoridad que Aprueba” lo referente a la revocatoria del Certi fi cado de Seguridad de Defensa Civil, de acuerdo al detalle consignado en el anexo adjunto. Artículo 2º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima ANEXO MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - T.U.P.A. NºDENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTOREQUISITOSDERECHO DE PAGO AUTO- MÁTI- COEv.Previa DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITEAUTORIDAD APRUEBA RECURSOS IMPUGNATIVOS 1) Recurso de__ dirigido al__ plazo_____días 2) Autoridad que resuelve ____ en plazo______días 3) Acompañar los requisitos:________ POSI- TIVONEGA- TIVO % de UIT VÁLIDO PARA TODOS LOS ÓRGANOS 1RECURSOS 1 Formato conteniendo los siguientes datos: gratuito De acuerdo al Subgerencia de De acuerdo IMPUGNATIVOS - Designación del funcionario o Procedimento Trám.Docum. al Proce- (Reconsideración Dependencia ante quien se dirige Administrat. dimiento o Apelación) - Nombre, documento de identidad, que Figura en Administra- y domicilio del recurrente el TUPA tivo que Base Legal: - Identi fi cación de la Resolución Figura en * Ley Nº 27444 - Impugnada el TUPA 11/04/01 - Sustentación del Recurso - Firma del Recurrente y su abogado - Documentos que acrediten el legítimo interés de la persona que presenta el recurso (...) 20805-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Otorgan beneficio tributario para pago de arbitrios municipales ORDENANZA Nº 228-2007/MDB-CDB Breña, 22 de enero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BREÑA VISTO: El Informe Nº 019-2007-GATR/MDB, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194º y 195º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; Que, el Artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF faculta a los Gobiernos Locales condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran mediante norma expresa con rango de Ley, en este orden, la norma IV del dispositivo legal precedente y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 establecen que la Ordenanza es el instrumento idóneo para crear, modi fi car, suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción . Que el Informe Nº 019-2007-GATR/MDB propone con carácter excepcional establecer bene fi cios a los contribuyentes de la jurisdicción teniendo en consideración su capacidad contributiva, a fi n de que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias pendientes. Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 9º numeral 8), 9) y 40º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO POR ÚNICA VEZ RELATIVAS A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- OTÓRGUESE descuentos por concepto de los Arbitrios Municipales de acuerdo al siguiente detalle: - 30% de Descuento por el pago al contado del monto insoluto de los años 2002 al 2005, siempre y cuando el monto total de la deuda no exceda los 40,000.00 (Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles). - 50% de Descuento por el pago al contado del monto insoluto de los años 2002 al 2005, siempre y cuando el monto total de la deuda exceda los 40,000.00 ( Cuarenta mil y 00/100 Nuevos Soles). - 20% de Descuento por pago contado del monto insoluto del año 2006. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 15 de febrero del 2007. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Operaciones, Subgerencia de Estadística e Informática establecer los mecanismos más adecuados para la correcta aplicación de la presente Ordenanza y a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusión.