Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2007 (28/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 165

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA

338703

b) Para efectos de la aplicacion de la deduccion establecida por el beneficio asi como para la determinacion de la diferencia, se tomara en cuenta el importe de los Arbitrios Municipales en su integridad. c) Es requisito para el goce del beneficio que el pago de la cuota se realice al contado. d) El acogimiento a las deducciones no limita la aplicacion de intereses, que correspondan de acuerdo a ley, desde el vencimiento de la cuota. e) Los beneficios otorgados por la presente Ordenanza, no restringe las facultades de fiscalizacion ni limita las acciones de cobranza de la Administracion Tributaria. DISPOSICIONES FINALES Primera.- MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Precisese que, para el presente ejercicio, el monto minimo a cancelar por Impuesto Predial, asciende a S/. 20.70 (veinte y 70/100 nuevos soles). Segunda.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Tercera.- CUMPLIMIENTO Encarguese a las Gerencias de Rentas, de Administracion, de Planeamiento y Presupuesto, de Comunicaciones y Participacion Vecinal y de Tecnologias de Informacion y Comunicaciones el cumplimiento de la presente Ordenanza asi como de su difusion e informacion. Cuarta.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

Visto, en Sesion Ordinaria del 25 de enero del 2007, la propuesta presentada para determinar el monto de la remuneracion mensual que percibira el Senor MORDAZA por el ejercicio de sus funciones; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972: "El MORDAZA Provincial o Distrital, segun sea el caso, desempena su cargo a tiempo completo, y es rentado mediante una remuneracion mensual fijada por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion"; Que, mediante Ley Nº 28212 modificada por Decreto de Urgencia Nº 038-2006 "Ley que regula los ingresos de Altos Funcionarios, Autoridades del Estado y dicta otras medidas" se establecio que, ningun funcionario o servidor publico que presta servicios al Estado, bajo cualquier forma o modalidad contractual y regimen laboral, con excepcion del Presidente de la Republica, percibira ingresos mayores a seis (6) Unidades de Ingreso del Sector Publico, salvo en los meses en que correspondan las gratificaciones o aguinaldos de MORDAZA y diciembre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2006-PCM se establecio en S/. 2,600.00 (Dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles) el monto de la Unidad Remunerativa del Sector Publico-URSP, hoy denominada Unidad de Ingreso del Sector Publico; Que, mediante Memorando Nº 020-2007-MDLM-GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con recursos presupuestarios para atender la demanda de gasto correspondiente a la remuneracion del Titular del Pliego; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO:

MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANEXO A LA ORDENANZA Nº 141 TABLA DE DESCUENTOS GRADUALES
Descuento Hasta el en la cuota primer segun oportunidad vencimiento de pago Posterior al MORDAZA Posterior Posterior Posterior vencimiento al tercer al MORDAZA al primer y hasta el y hasta y hasta y hasta el ultimo dia el MORDAZA el tercer MORDAZA habil del vencimiento vencimiento vencimiento ejercicio

Articulo Primero.- FIJAR en Seis (6) Unidades de Ingreso del Sector Publico equivalente a S/. 15,600.00 (Quince mil seiscientos y 00/100 Nuevos Soles), la remuneracion mensual que el senor MORDAZA Distrital de La MORDAZA, percibira por el ejercicio de sus funciones. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20934-1

Primera Cuota (2007-01) MORDAZA Cuota (2007-02) Tercera Cuota (2007-03) Cuarta Cuota (2007-04)

100% de la diferencia 100% de la diferencia 100% de la diferencia 100% de la diferencia

50% de la diferencia 100% de la diferencia 100% de la diferencia 100% de la diferencia

25% de la diferencia 50% de la diferencia 100% de la diferencia 100% de la diferencia

sin descuento 25% de la diferencia 50% de la diferencia 100% de la diferencia

sin descuento sin descuento 25% de la diferencia 50% de la diferencia

Fijan monto de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 008-2007 La MORDAZA, 25 de enero del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA;

20934-3

Visto, en Sesion Ordinaria del 25 de enero del 2007, la propuesta para determinar el monto de las dietas de los senores Regidores del Concejo Distrital de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 12º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 "Los regidores desempenan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fijadas por Acuerdo del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer ano de Gestion (...)" Que, mediante Ley Nº 28212, modificada por Decreto

Fijan monto de remuneracion mensual del MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 007-2007 La MORDAZA, 25 de enero del 2007

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