Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2007 (28/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 156

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de enero de 2007

- Servicios de Soporte y Actualizacion de Licencias USD 147,158.97 - Adquisicion de Nuevas Licencias USD 254,148.30 - Monto Total de la contratacion USD 401,307.27

Que, como se puede apreciar en dicho detalle, el gasto predominante se encuentra en la adquisicion de bienes (adquisicion de nuevas licencias), con relacion a los servicios de Soporte y Actualizacion, los mismos que se consideran especificamente como servicios, a efecto de determinar el MORDAZA de seleccion que corresponderia; Que, en tal sentido y en virtud a lo dispuesto por el articulo 78º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el MORDAZA debe preverse como una Licitacion Publica, la misma que ya se encuentra prevista en el Numeral 22 del Plan Anual para el ejercicio 2007; Que, se debe mencionar que, el Departamento de Logistica senala que para los casos MORDAZA mencionados, las empresas cuya contratacion se requiere son las unicas autorizadas en el Peru, para brindar los servicios de soporte y mantenimiento, asi como para vender las licencias que esta Superintendencia necesita adquirir, por haberlo asi establecido el fabricante de los bienes, por cuestiones que obedecen a las patentes de los productos, no siendo posible que otros proveedores puedan satisfacer los requerimientos MORDAZA descritos, por carecer de las autorizaciones legales correspondientes; Que, como se puede apreciar, las empresas NCR DEL PERU S.A., OPENTECH S.A.C. y ORACLE DEL PERU S.A. se constituyen en proveedores unicos, toda vez que son las unicas empresas autorizadas en el Peru para brindar los servicios descritos en los considerandos de la presente Resolucion, por lo que conforme a lo dispuesto por el literal e) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, las contrataciones de servicios que no admiten sustitutos y exista un proveedor unico, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que en concordancia con la precitada MORDAZA legal, el articulo 144º del Reglamento de la MORDAZA mencionada MORDAZA, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor, como en los casos descritos en los antecedentes, la Entidad podra contratar directamente. Senala la MORDAZA ademas que se considerara que existe proveedor unico en los supuestos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad de un proveedor; Que, de otro lado, hay que indicar que el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion de Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; una MORDAZA de la mencionada Resolucion debera ser remitida a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, finalmente es de indicar que el valor referencial de los servicios en mencion se han estimado segun los montos detallados en el cuadro descrito a continuacion, los mismos que incluyen todo concepto, gasto y tributo; debiendo exonerarse la contratacion de los procesos de seleccion que se senalan:
SERVICIO Y/O BIEN EMPRESA MONTO EN US$ MORDAZA Mantenimiento de NCR DEL PERU US$ 10,767.12 Adjudicacion Hardware y Software S.A. Directa de equipos NCR Selectiva Soporte y Actualizacion OPENTECH US$ 12,947.20 Adjudicacion del Software ACL S.A.C. Directa Selectiva Adquisicion, soporte ORACLE DEL US$ 401,307.27 Licitacion y actualizacion de PERU S.A. Publica licencias de productos ORACLE

En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa NCR DEL PERU S.A. a fin que preste el servicio de mantenimiento de Hardware y Software de equipos NCR para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 10,767.12 (Diez Mil Setecientos Sesenta y Siete y 12/100 Dolares Americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa OPENTECH S.A.C. a fin que preste el servicio de Soporte y Actualizacion del Software ACL para la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial por el servicio asciende a la suma de US$ 12,947.20 (Doce Mil Novecientos Cuarenta y Siete y 20/100 Dolares Americanos), incluido todo concepto, gasto y tributo. Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa ORACLE DEL PERU S.A. para la adquisicion, soporte y actualizacion de licencias de productos ORACLE de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cuyo valor referencial asciende a la suma de US$ 401,307.27 (Cuatrocientos Un Mil Trescientos Siete y 27/100 Dolares Americanos), incluidos todo concepto, gasto y tributo. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Quinto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes Tecnicos y Legales que sustentan estas exoneraciones a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 20403-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Autorizan funcionamiento de Enfoca Sociedad Administradora de Fondos de Inversion S.A.
RESOLUCION CONASEV Nº 006-2007-EF/94.10 MORDAZA, 25 de enero de 2007

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