Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2007 (28/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 171

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 28 de enero de 2007

NORMAS LEGALES
N° ORDEN Por deteriorar las vias de MORDAZA o areas de circulacion, como consecuencia del arrojo de residuos solidos o liquidos, y/o por trabajos ejecutados en la via publica. INFRACCION % UIT

338709
SANCION MEDIDA COMPLEMENTARIA

De descanso y recreacion: - Bancas - Pergolas y jardineras - Juegos infantiles. De iluminacion: - Postes - Faroles - Luminarias - Reflectores De transito: - Semaforos vehiculares y peatonales Otros: - Papeleras - Paraderos - Servicios higienicos. - Rejas ornamentales - Piletas - Monumentos - Astas - Grutas - Urnas - Gimnasios La relacion indicada es descriptiva, no limitativa. c) Ornato: Es el conjunto de elementos que conforman el paisaje MORDAZA, resaltando el caracter estetico de una MORDAZA, esta conformado por la infraestructura, mobiliario e instalaciones de uso publico, asi como aquellos elementos que embellecen o mejoran la calidad visual del entorno urbano. CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES Articulo 4°.- Las personas naturales y/o juridicas estan obligadas a: a) Evitar la destruccion y deterioro de la infraestructura MORDAZA, asi como del mobiliario existente en las areas de uso publico. b) Asumir los costos de reparacion de la infraestructura MORDAZA y/o mobiliario deteriorado por aquellos que incumplan con lo indicado en la presente ordenanza. CAPITULO III DE LAS PROHIBICIONES Articulo 5°.- Queda prohibido: a) Danar la infraestructura MORDAZA y/o el mobiliario de uso publico. b) Deteriorar las vias de MORDAZA o areas de circulacion como consecuencia del arrojo de residuos solidos o liquidos y/o por trabajos ejecutados en la via publica. CAPITULO IV DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Articulo 6°.- Constituyen infracciones y sanciones a la presente Ordenanza:
SANCION N° ORDEN Por danar y/o utilizar indebidamente la infraestructura MORDAZA y/o el mobiliario de uso publico INFRACCION % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA

040.07.

25%

RESTITUCION.

DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Modificar e incorporar en el Cuadro Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA las infracciones y medidas complementarias establecidas en la presente Ordenanza. SEGUNDA.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Medio Ambiente y la Gerencia de Fiscalizacion como organo de apoyo. TERCERA.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 20464-1

Regulan la expedicion del certificado domiciliario en el distrito
ORDENANZA Nº 281-MSS MORDAZA de MORDAZA, 18 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades, como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ley Nº 28862, se elimina la atribucion de la Policia Nacional del Peru de expedir Certificados Domiciliarios, siendo atribucion de los gobiernos locales otorgar dicho documento, en consecuencia resulta necesario se establezca dentro de la competencia de las municipalidades, en este caso la de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, que no se encuentra regulada; Que, a efectos de concretar la atribucion de otorgar "Certificado Domiciliario", resulta necesario precisar que se entendera por Certificado Domiciliario al documento publico, autorizado por persona competente (Funcionario), destinado a hacer constar la existencia de un hecho (en este caso el lugar de domicilio), MORDAZA y verificable; Que, conforme a la naturaleza del documento a ser emitido, resulta pertinente que el mismo este a cargo de area operativa de la Subgerencia de Inspecciones (Policia Municipal), toda vez que por su organizacion y capacidad operativa resulta la mas idonea para la ejecucion de la verificacion domiciliaria que necesariamente se realiza, previamente a la emision del Certificado Domiciliario;

040.07.

35%

RESTITUCION.

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