Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 29177-2

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Que, la television es un medio de difusion masivo y de gran impacto e importancia para la sociedad, cuya digitalizacion - television digital - permitira mejorar sustancialmente la calidad de las senales de video y de sonido, lograr una mayor eficiencia en la utilizacion del espectro radioelectrico, acceder a nuevos servicios y prestaciones, constituyendo una herramienta que contribuira a reducir la brecha digital en la medida que facilita el acceso a las oportunidades y beneficios que brindan las tecnologias de la informacion y comunicacion; Que, a nivel internacional existen tres estandares para la television digital terrestre, el ATSC (Estados Unidos de America), el DVB-T (Union Europea) y el ISDB (Japon); cuyas particularidades tecnicas y beneficios deberan ser evaluados a fin de adoptar el mas conveniente para el desarrollo futuro de las telecomunicaciones, en especial de la television nacional; Que, en vista de lo anterior, es de MORDAZA importancia involucrar a varios sectores del Estado y contar con los aportes de la sociedad civil, el sector academico y el privado, a fin de permitir que la evaluacion de los diversos aspectos implicados se realice de manera integral; acorde con la mejor practica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario constituir una Comision Multisectorial encargada de ejecutar las acciones encomendadas, de acuerdo a los terminos MORDAZA expuestos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27779 y el Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision Multisectorial encargada de recomendar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el estandar de television digital terrestre a ser adoptado en el Peru. Articulo 2º.- La Comision Multisectorial estara integrada por los siguientes representantes: - Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, quien la presidira. - Dos representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros a propuesta del Instituto de Radio y Television del Peru - IRTP y del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. - Un representante del Ministerio de la Produccion PRODUCE. - Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores - RREE. - Un representante de la sociedad civil a propuesta del Consejo Consultivo de Radio y Television - CONCORTV. Articulo 3º.- Las entidades senaladas en el articulo precedente designaran a sus representantes titular y alterno, mediante Resolucion de su Titular, dentro de los diez (10) dias de publicada la presente Resolucion. Articulo 4º.- La Comision Multisectorial presentara al Ministerio de Transportes y Comunicaciones su Plan de trabajo para su aprobacion en un plazo de treinta (30) dias contados a partir de su instalacion y su recomendacion del estandar de television digital terrestre a ser adoptado en el MORDAZA, en un plazo de ciento veinte (120) dias contados a partir de la conformidad del referido Plan. Articulo 5º.- La Comision Multisectorial para el cumplimiento del encargado conferido, considerara entre otros aspectos, los siguientes: - Caracteristicas tecnicas de los estandares - La eficiencia en el uso del espectro radioelectrico. - La convergencia de servicios. - Contribucion al acceso universal, la reduccion de la brecha digital y el desarrollo de la Sociedad de la Informacion en el pais. Articulo 6º.- La Comision Multisectorial podra convocar la participacion de distintos representantes y especialistas del sector privado y academico, con la finalidad de contar con sus aportes en la eleccion del estandar de television digital terrestre. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones.

Designan fedatario institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL 078-2007-MTC/01 MORDAZA, 16 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del articulo 127º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad designa fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepcion documental, en numero proporcional a sus unidades de atencion, quienes, sin exclusion de sus labores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, el articulo 120º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificatorias, dispone que el transportista del servicio de transporte interprovincial regular de personas esta obligado a utilizar la respectiva hoja de ruta por cada viaje, y que dicho documento formara parte del Libro de Hojas de Ruta que debera llevarse por cada vehiculo habilitado y estar foliado correlativamente y autenticado por el fedatario de la autoridad competente; Que, en aplicacion del articulo 127º de la Ley Nº 27444, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 194-2005-MTC/01, de fecha 5 de MORDAZA de 2005, modificandose la designacion de fedatarios institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, figurando entre otros, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fedatario titular, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fedataria suplente; Que, asimismo, en aplicacion del articulo 127º de la Ley Nº 27444 y el articulo 120º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 937-2005-MTC/01, de fecha 14 de diciembre de 2005, en cuyo articulo 2º se autorizo a los fedatarios institucionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suplente, las funciones de autenticacion de hojas de ruta, segun lo establecido en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, por razones del servicio, la Direccion General de Circulacion Terrestre ha propuesto reemplazar en sus funciones de fedatario titular al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien fue designado por Resolucion Ministerial Nº 194-2005-MTC/01, proponiendo al servidor MORDAZA MORDAZA Riega MORDAZA, para que desempene tales funciones. Asimismo, reemplazar al mencionado fedatario titular MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Brush, respecto de las funciones autorizadas por el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 937-2005MTC/01, manteniendose, en ambos casos, a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como fedatario suplente; Que, por Resolucion Secretarial Nº 176-2004-MTC/04, de fecha 21 de diciembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 003-2004-MTC/04 sobre funciones, obligaciones y responsabilidades del Fedatario Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, estableciendo en su numeral 5.2, que el fedatario sera designado por un periodo de dos (2) anos, el mismo que podra ser prorrogado; Que, en consecuencia, resulta necesario disponer la designacion de los fedatarios, acorde con la normativa sobre la materia; De conformidad con la Ley Nº 27444, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y la Directiva Nº 003-2004-MTC/04; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como fedatario

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