Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

institucional titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 194-2005-MTC/01, asi como la autorizacion dispuesta a su favor por el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 937-2005-MTC/01. Articulo 2º.- Designar al servidor MORDAZA MORDAZA Riega MORDAZA, como fedatario institucional titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adicionalmente a los fedatarios designados por las Resoluciones Ministeriales Nº 194-2005-MTC/01, Nº 9372005-MTC/01 y Nº 553-2006-MTC/01. Articulo 3º.- Designar al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Brush, como fedatario titular de la Direccion General de Circulacion Terrestre, y como fedatario suplente a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que cumplan la funcion de autenticacion de las hojas de ruta en observancia del articulo 120º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 28743-1

Aprueban transferencia de concesiones otorgadas para la prestacion de servicios publicos de telefonia local y de servicios portadores de larga distancia nacional e internacional, a favor de Nextel del Peru S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 017-2007-MTC/03 MORDAZA, 14 de febrero del 2007 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente signado con Nº 075917 por MILLICOM PERU S.A. para la aprobacion de la transferencia de las concesiones otorgadas para la prestacion de los servicio publicos de telefonia fija local y portadores local y de larga distancia nacional e internacional y del espectro radioelectrico asignado, a favor de NEXTEL DEL PERU S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 312-2000MTC/15.03 de fecha 20 de MORDAZA de 2000, se otorgo a MILLICOM PERU S.A., concesion para la prestacion de los servicios publicos de telefonia fija local y portador local, en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, habiendose suscrito el respectivo contrato de concesion con fecha 25 de MORDAZA de 2000; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2572000-MTC/15.03 de fecha 21 de MORDAZA de 2000, se asigno a MILLICOM PERU S.A. el espectro radioelectrico correspondiente a los bloques A (3,400-3,425 GHz) y E (3,500-3,525 GHz), de acuerdo a la distribucion aprobada mediante Resolucion Viceministerial Nº 274-99MTC/15.03; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 183-2002MTC/15.03 de fecha 3 de MORDAZA de 2002, se otorgo a MILLICOM PERU S.A., concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, habiendose suscrito el respectivo contrato de concesion con fecha 24 de MORDAZA de 2002; Que, mediante la solicitud de VISTA, MILLICOM PERU S.A. solicito la autorizacion de la transferencia de las concesiones otorgadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 312-2000-MTC/15.03, para la prestacion de los servicios publicos de telefonia fija local y portador

local en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, y 183-2002-MTC/15.03, para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, a favor de NEXTEL DEL PERU S.A.; Que, la empresa NEXTEL DEL PERU S.A. ha presentado su declaracion jurada de asumir todos los derechos y obligaciones derivados de los contratos de concesion suscritos por MILLICOM PERU S.A.; Que, el articulo 122º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa del Ministerio por resolucion viceministerial; Que, la Clausula 17 LIMITACIONES RESPECTO DE LA CESION DE POSICION CONTRACTUAL; TRANSFERENCIA DE CONTROL del Contrato de Concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 312-2003-MTC/15.03, establece que la concesionaria puede, previa autorizacion por escrito del Ministerio, transferir las concesiones en mencion, siempre que el adquirente cumpla con los requisitos de precalificacion establecidos en las Bases aprobadas para la Licitacion Publica Especial para la asignacion del espectro radioelectrico y la entrega en concesion al sector privado de los servicios publicos de telefonia fija local y portador local utilizando las Bandas A (3,400-3,425 GHz) y E (3,500-3,525 GHz); Que, mediante Carta Nº 823-GG-GRE/2006, el Organismo Supervisor de la Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, presenta a este Ministerio el "Informe sobre el Impacto de la Transferencia de Concesiones entre Millicom del Peru y Nextel del Peru" en el que concluye que la fusion no puede considerarse en MORDAZA como potencialmente danina para la competencia, asi como la operacion no contribuiria a consolidar una posicion de dominio en la utilizacion del espectro por parte de dicha empresa; Que, mediante Informe Nº 644-2006-MTC/17.01. ssp, la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por MILLICOM PERU S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde aprobar la transferencia de las concesiones solicitadas por MILLICOM PERU S.A.; Que, de acuerdo con el inciso f) del articulo 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, corresponde a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones evaluar la transferencia de concesiones y autorizaciones otorgadas para la prestacion de los servicios de telecomunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC, el MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 312-2000-MTC/15.03; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de las concesiones otorgadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs 312-2000-MTC/15.03, para la prestacion de los servicios publicos de telefonia fija local y portador local en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Ica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao, y 183-2002-MTC/15.03, para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia

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