Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

340128

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

y el Examen Pericial Sumario Nº 035-AFIS-MIG, que establecen que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones; habiendose dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante Resolucion Nº 558-2006/ SGEDI/GEDR/RENIEC, de la Inscripcion Nº 42763234, por duplicidad de inscripcion; Que, la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAO, titular de la Inscripcion Nº 06371749, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 42806457 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAO; hecho que se encuentra verificado, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 003-AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC, y el Examen Pericial Sumario Nº 037-AFIS-MIG, que establecen que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones; habiendose dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante Resolucion Nº 558-2006/ SGEDI/GEDR/RENIEC, de la Inscripcion Nº 42806457 por duplicidad de inscripcion; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 17628735, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 16675142 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hecho que se encuentra verificado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 021-AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC, y el Examen Pericial Sumario Nº 059-AFIS-MIG ,que establecen que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones; habiendose dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante Resolucion Nº 726-2006/ SGEDI/GEDR/RENIEC, de la Inscripcion Nº 16675142, por duplicidad de inscripcion; Que, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 18011080, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 42681859 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA OZAKI LOYOLA; hecho que se encuentra verificado, mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 023-AFIS/2007/DDG/ GEDR/RENIEC, y el Examen Pericial Sumario Nº 061AFIS-MIG, que establecen que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones; habiendose dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante Resolucion Nº 726-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, de la Inscripcion Nº 42681859 por duplicidad de inscripcion; Que, el ciudadano MORDAZA PASIAN MORDAZA MORDAZA, titular de la Inscripcion Nº 18170768, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 40379661 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA FLORES; hecho que se encuentra verificado mediante el Informe de Homologacion Monodactilar Nº 022-AFIS/2007/DDG/GEDR/RENIEC, y el Examen Pericial Sumario Nº 060-AFIS-MIG, que establecen que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones, habiendose dispuesto su exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, mediante Resolucion Nº 726-2006/ SGEDI/GEDR/RENIEC, de la Inscripcion Nº 40379661 por duplicidad de inscripcion; Que, si bien se ha dispuesto la exclusion definitiva del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de las inscripciones afectadas por duplicidad de inscripcion; ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados, al haber obtenido una MORDAZA inscripcion declarando datos falsos en el registro, se concluye validamente la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428° del Codigo Penal vigente, por cuanto ninguna persona puede tener dos identidades distintas; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497;

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA TOTTY MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAO o MORDAZA MORDAZA MORDAZA BAO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA OZAKI MORDAZA y MORDAZA PASIAN MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 29108-1 RESOLUCION JEFATURAL N° 112-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 20 de febrero de 2007 VISTOS: Los Oficios Nºs. 260, 295-2007/GPDR/RENIEC y el Informe N° 235-2007-GAJ/RENIEC de fecha 13 de febrero del 2007, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y CONSIDERANDO: Que, mediante el Sistema Automatizado de Identificacion Dactilar- AFIS (Automatic Fingerprint Identification System), se puede detectar la identidad de una persona comparando la impresion dactilar con la base de datos del registro; a efectos de detectar de esta manera, suplantaciones, identidades multiples y otros casos; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 12312006-JEF/RENIEC, de fecha 6 de diciembre del ano 2006, se autorizo a la Subgerencia de Depuracion de Identificacion, para que proceda a la inmediata cancelacion de las inscripciones detectadas como dobles o multiples; asi como, las suplantaciones, en merito a los Informes Sumarios del Departamento de Dactiloscopia y Grafotecnia de la Entidad, como resultado del MORDAZA de identificacion automatica de huellas duplicadas a traves del Sistema; habiendose detectado dentro de este MORDAZA MORDAZA los siguientes casos: 1.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 033AFIS-2007/DDG/GEDR/RENIEC.Establece que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHARCAPE, titular de la Inscripcion Nº 42999155, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 45415206 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA CHARCAPE, hecho que se encuentra verificado mediante el Examen Pericial Sumario Nº 080-AFIS-MIG, determinandose que se trata de una misma persona biologica con dos inscripciones. Disponiendose mediante Resolucion Nº 009-2006/SGEDI/ GEDR/RENIEC, la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 45415206, por duplicidad; 2.- Informe de Homologacion Monodactilar Nº 039AFIS-2007/DDG/GEDR/RENIEC.Establece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MC CALLUM, titular de la Inscripcion Nº 06624604, obtuvo de manera indebida la Inscripcion Nº 15846484 bajo el nombre de MORDAZA

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