Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2007 (21/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 21 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340135

Metropolitana, Chimbote y Paita", la que sera ejecutada por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada actividad, que servira para relevar informacion de las empresas, el mismo que forma parte de la presente resolucion. Articulo 3º.- Las empresas seleccionadas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, brindaran las facilidades a los verificadores encargados del diligenciamiento del formulario, quienes estaran debidamente acreditados por la Direccion Nacional de Promocion del Empleo y Formacion Profesional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Articulo 4º.- Se establece como periodo de recojo de informacion de esta actividad, los meses de febrero y marzo del ano 2007. Articulo 5º.- Las empresas seleccionadas, que incumplan con brindar la informacion, seran sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 90º y 91º del D. S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 29109-1

Entidad apruebe la contratacion directa de la empresa AHSECO PERU S.A., representante exclusiva de la empresa fabricante de los referidos equipos, la firma SP Industries, quien a su vez fue proveedora de los mismos, sustentando dicho pedido con los terminos de referencia y el Informe Tecnico correspondiente; Que, el informe tecnico elaborado por el Centro Nacional de Productos Biologicos sustenta la solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion y la aprobacion de la contratacion de la empresa AHSECO PERU S.A. senalando lo siguiente: i. Que el sistema de la Liofilizadora Virtis Benchmarck 2000 tiene un procedimiento de operacion estandar calificado por normas ISO 9001, que acreditan el cumplimiento de normas internacionales sobre gestion y aseguramiento de la calidad, disenado para la produccion en gran escala de vacunas de alta calidad y bajo costo; ii. Que, el mantenimiento que realizara AHSECO PERU S.A. permitira contar con un know how especializado que garantizara el mantenimiento correctivo directamente del fabricante asi como contar con el software de mantenimiento preventivo y correctivo del referido equipo, por lo que el mantenimiento que brindara sera diferente a cualquier otro que pudiera existir en el MORDAZA, por su especializacion, asimismo se cuenta con la exclusividad en la prestacion del servicio, lo que hace al servicio de AHSECO PERU S.A., un servicio unico en el mercado; iii. Que, en efecto, se ha verificado que la firma SP Industries, fabricante de la Liofilizadora Virtis Benchmarck 2000 cuenta con un representante exclusivo en nuestro MORDAZA, AHSECO PERU S.A., para la venta y el servicio tecnico de los equipos que produce, a traves del cual se realizara la contratacion de personal calificado de la misma empresa fabricante, siendo el unico proveedor de dicho servicio en el Peru, adjunta la Carta de Representacion Exclusiva de AHSECO Peru S.A en la que SP Industries senala que dicha firma esta autorizada a comercializar sus productos en el Peru mediante ventas directas o a traves de procesos de seleccion, otorgando la garantia y servicio tecnico que requieran dichos productos. Asimismo precisa que el mantenimiento se MORDAZA con personal de la misma firma fabricante, firma que a traves de una comunicacion remitida via fax, conforme a la pro forma remitida por AHSECO PERU S.A. senala que no conocen a nadie en el Peru que este calificado por ellos para prestar el mantenimiento correctivo del equipo en cuestion, todo lo cual lo convierte en el unico proveedor en el mercado; Que, mediante el Informe Nº 029-2007-OEL-OGA/ INS de 30 de enero de 2007, emitido por la Oficina Ejecutiva de Logistica, se solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de la Liofilizadora Virtis ­ CNPB" por ser un servicio que no admite sustituto y con proveedor unico, la firma AHSECO PERU S.A., conforme al informe elaborado por el area usuaria, el Centro Nacional de Productos Biologicos y al Informe Nº 011-2007-EPROGOEL-OGA/INS del Equipo de Programacion de dicha Oficina el cual, senala lo siguiente: i. Que el MORDAZA de seleccion cuya exoneracion se esta solicitando, se encuentra incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Nacional de Salud para el presente ejercicio presupuestal por un monto ascendente a S/. 60,000.00 (sesenta mil y 00/100 nuevos soles) el cual ha sido actualizado de conformidad con los articulos 12º y 26º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y cuyo valor asciende a S/. 58,525.58 (cincuenta y ocho mil quinientos veinticinco con 58/100 nuevos soles); ii. Que, se ha verificado que en el ano 2005, no se presentaron postores para el MORDAZA de seleccion correspondiente al servicio de mantenimiento de la Liofilizadora Virtis, asimismo, que en el ano 2006 luego de la publicacion realizada en un periodico de circulacion nacional, no se presentaron proveedores para el referido servicio y finalmente, que mediante la Carta de exclusividad de la firma fabricante emitida el 12 de enero del presente

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de la Liofilizadora Virtis - CNPB"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 057-2007-J-OPD/INS MORDAZA, 16 de febrero de 2007 Visto el Informe Nº 027-2007-DG-OGA/INS de 30 de enero de 2007 del Director General de la Oficina General de Administracion, el Memorando Nº 024-2007-DGCNPB/INS de 16 de enero de 2007 y el Informe Nº 0802007-OGAJ/INS de 15 de febrero de 2007, de la Oficina General de Asesoria Juridica, referidos a la autorizacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion del "Servicio de Mantenimiento de Liofilizadora Virtis ­ CNPB"; CONSIDERANDO Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Sector Salud, requiere la provision de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 030-2007J-OPD/INS de 26 de enero de 2007, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Instituto Nacional de Salud para el presente ejercicio presupuestal, incluyendose la Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Laboratorios del CENAN y CNCC"; Que, mediante Memorandum Nº 024-2007-DGCNPB/INS de 16 de enero de 2007, el Centro Nacional de Productos Biologicos, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde para la contratacion del servicio de mantenimiento del equipo denominado liofilizadora MORDAZA Virtis Bernchmarck 2000, a fin que la

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