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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (22/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340274 solo acto público que contará con la presencia de un notario público. Luego de veri fi car el contenido de las Propuestas se eliminará aquellas que no satisfacen los requerimientos de las Bases. Las Bases deberán prever la participación de los representantes de OSINERGMIN, quienes verifi carán que no se admitan Ofertas que excedan al Precio Máximo de Adjudicación. 10.2 Adjudicación de la Buena Pro: Se efectuará en el mismo acto público de Apertura de Propuestas. Las Bases establecerán el procedimiento de adjudicación considerando el procedimiento que se describe en el Anexo 2 de la presente norma, el cual deberá estar implementado en el software aprobado por OSINERGMIN para efectos de la adjudicación. 10.3 Declaratoria de Desierto: En caso que las Ofertas, cuyos Precios de Oferta Ponderado sea menor o igual que el Precio Máximo de Adjudicación, no fueran su fi cientes para abastecer el total de la demanda requerida, el Licitante declarará desierto el Proceso, en forma parcial o total, según corresponda, sin derecho a indemnización alguna para los Postores, y sin que ello permita a los Postores realizar reclamo o solicitar reembolso alguno. Acto seguido, el Notario Publico revelará el Precio Máximo de Adjudicación. 10.4 Acta del Proceso: se levantará un acta del acto público que, entre otros, deberá consignar las Potencias Contratadas Fijas Mensuales y las Potencias Contratadas Variables Mensuales asignadas a cada Adjudicatario por cada Punto de Suministro, incluyendo además los correspondientes precios de energía en hora fuera de punta. Dicha acta deberá ser fi rmada por el notario público al concluir el acto público. El acto público deberá efectuarse en un local o auditorio de acceso abierto a la ciudadanía. 10.5 Suscripción de Contratos de Suministro: Las Distribuidoras que conformen el Licitante deberán suscribir los respectivos contratos de suministro de acuerdo con las cantidades adjudicadas por cada Punto de Suministro, según el procedimiento que se describe en el Anexo 2. En caso de incumplimiento queda expedito el derecho de los Adjudicatarios de reclamar, en caso corresponda, la respectiva indemnización. 10.6 Devolución de Contratos de Suministro Firmados: Finalizado el acto público de Adjudicación de la Buena Pro se procederá a la devolución inmediata de los contratos de suministro fi rmados de aquellos Postores que no resultaron Adjudicatarios. 11. NUEVA CONVOCATORIA 11.1 En caso de declaratoria de desierto, conforme al numeral 10.4 anterior, se convocará a una nueva Licitación por la parte declarada desierta en un plazo máximo de treinta (30) Días. Las modi fi caciones que se requieran a las Bases serán propuestos por el Licitante para su aprobación al OSINERGMIN dentro de los diez (10) Días de haberse declarado desierta la primera convocatoria. 12. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE LICITACIÓN 12.1 El Proceso de Licitación podrá ser cancelado hasta antes de la etapa de Presentación de Propuestas y Adjudicación de Buena Pro, previa autorización de OSINERGMIN, para ello el Conductor del Proceso deberá efectuar su solicitud por escrito y fi rmada por todas las Distribuidoras integrantes del Licitante junto con un informe que motive la solicitud de cancelación. Asimismo, deberá comunicar a los Postores sobre esta solicitud. 12.2 OSINERGMIN dispondrá de cómo máximo veinte (20) Días para resolver la solicitud. Durante este plazo se entenderán suspendida la cuenta de días del cronograma del proceso a que se re fi ere el numeral 5. 12.3 En caso se autorice la cancelación, mediante resolución del Consejo Directivo de OSINERGMIN, el Licitante procederá a devolver el costo de las Bases a los Postores, quienes no podrán reclamar otra compensación.13. PROFORMA DE CONTRATO 13.1 Las cláusulas de la proforma de contrato propuesta por el Conductor del Proceso no pueden contravenir lo dispuesto en los lineamientos de la presente norma, por ser dichos lineamientos de carácter mandatorio. 13.2 En los casos en que la proforma de contrato propuesta por el Conductor del Proceso difiera del modelo de contrato previsto en la presente norma, éste deberá sustentar las modificaciones propuestas, las cuales serán analizadas por el OSINERGMIN y, según el caso, modificadas o aprobadas en las etapas de Aprobación de Bases de la Licitación Publica, a que se refieren los numerales 4.1 y 5.1 de la presente norma. ANEXOS ANEXO 1: FÓRMULAS DE ACTUALIZACIÓNLas siguientes Fórmulas de Actualización, se aplicarán cuando alguno de los factores (Factor p, Factore) se incremente o disminuya en más de 5% respecto a los valores de los mismos factores empleados en la última actualización. Los indicadores a emplear en las Fórmulas de Actualización serán los disponibles al segundo día de cada mes. Los valores de PGN y el PCB serán determinados de acuerdo con los procedimientos establecidos por el OSINERGMIN con la información disponible al último Día Hábil del mes anterior, momento desde el cual podrá ser recabado por los interesados. Los factores de actualización tarifaria serán redondeados a cuatro dígitos decimales. Los precios que resulten de la aplicación de las fórmulas de actualización entrarán en vigencia el cuarto día de cada mes. Dichos precios deberán ser redondeados a dos decimales antes de su utilización. Potencia p pb actorF * Precio Preciopot Donde: 0 0 0p * * * FIPMIPMbIPPIPP TCTCa actor  Preciopb : Precio base de la potencia que fi gura en el contrato, en S/./kW-mes. a : Coefi ciente por Tipo de Cambio. b : Coefi ciente por Índice de Precios al Por Mayor IPM : Índice de Precios al Por Mayor, publicado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática. Se tomará el valor del último mes, publicado en el Diario O fi cial El Peruano. IPMo : IPM a la fecha de Convocatoria a Licitación.IPP : Índice de Precios denominado “Finished Goods Less Food and Energy”, Serie WPSSOP3500, publicado por el Bureau of Labor Statistics del US Department of Labor. Se tomará en cuenta el valor publicado al último día del mes anterior. IPPo : IPP a la fecha de Convocatoria a Licitación.TC : Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de América, determinado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, correspondiente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA - TIPO DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO” o el que lo reemplace. Se tomará en cuenta el valor venta al último Día Hábil del mes anterior, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano. TC 0 : TC a la fecha de Convocatoria a Licitación. Los coefi cientes a y b serán los establecidos por OSINERGMIN en la Resolución de Tarifas en Barra vigente a la fecha de Convocatoria a Licitación.PROYECTO