Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2007 (22/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, jueves 22 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

340259

Anexo de Ordenanza que MORDAZA actualizacion de valores, determinacion de tributo y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2007
ANEXO ORDENANZA Nº 215-MDJM
(La Ordenanza de la referencia se publico en la edicion del 28 de enero de 2007)
COSTO DERECHO DE EMISION IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS CONCEPTO I.COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA DIRECTA COSTO DE MATERIALES DEPRECIACION DE MAQUINARIA Y EQUIPOS OTROS COSTOS Y SERVICIOS DE TERCEROS TOTAL COSTOS DIRECTOS II.COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS COSTO DE MANO DE OBRA INDIRECTA COSTO DE MATERIALES Y UTILES DE OFICINA DEPRECIACION DE BIENES MUEBLES Y EQUIPOS OTROS TOTAL COSTOS INDIRECTOS III. COSTOS FIJOS AGUA ENERGIA ELECTRICA TELEFONIA TOTAL TOTAL COSTOS FIJOS COSTO TOTAL DE LA EMISION S/. 400.00 S/. 400.00 S/. 500.00 S/. 1,300.00 S/. 1,300.00 S/. 483,282.02 S/. 40,026.20 S/. 0.00 S/. 0.00 S/. 1,875.50 S/. 41,901.70 S/. 109,776.81 S/. 17,550.95 S/. 8,019.56 S/. 304,733.00 S/. 440,080.32

municipalidades, el abastecimiento y comercializacion de productos y servicios, asimismo, el numeral 3.2 del mismo ordenamiento juridico indica que son funciones especificas de las municipalidades distritales, el regular y controlar el comercio ambulatorio; Que, mediante Ordenanza Nº 043-04-MDLV de fecha 23 de noviembre del 2004, se Reglamento las actividades relativas al Comercio Ambulatorio en el distrito de La Victoria; Que, mediante Ordenanza Nº 054-05-MDLV, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de MORDAZA del 2005, se aprobo el Reglamento para el Otorgamiento de Autorizacion para la ocupacion temporal en la Via Publica y se establecio la Tasa de Limpieza Publica para el Comercio Ambulatorio, disposicion que no se cumple y que ha desbordado en el descontrol e incumplimiento de dichas disposiciones originando la tugurizacion, el desorden y grave riesgo de afectacion a la seguridad del distrito; En merito de las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta: ACORDO: Articulo Primero.- Prohibir en el distrito de La MORDAZA, el comercio ambulatorio en los lugares que a continuacion se detallan: · Jr. Belgica - Cdra. 15 · Jr. Mariscal MORDAZA MORDAZA - Cdra. 12 · Jr. MORDAZA - Cdra 15 · Jr. MORDAZA Bazo (Prolongacion) Cdra. 12 Articulo Segundo.- Adoptar las medidas correctivas necesarias a traves de la Gerencia de Comercializacion y Promocion Empresarial, Gerencia de Seguridad Ciudadana. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Comercializacion y Promocion Empresarial, y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana realizar las coordinaciones correspondientes con la Policia Nacional del Peru, Ministerio Publico, Organizaciones Vecinales y Empresariales, asi como con otros organismos o entidades involucradas para el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

29231-1

28973-2

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prohiben el comercio ambulatorio en diversas vias del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0009-07/MDLV
La MORDAZA, 16 de febrero de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que son funciones de las

Designan integrantes de la Comision de Privatizacion de los Mercados Publicos de propiedad municipal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 0010-07/MDLV
La MORDAZA, 16 de febrero del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: Visto; en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de febrero de 2007, el Dictamen Conjunto Nº 0062007-CPRC/CPPAL/MDLV de las Comisiones de Rentas y Comercializacion y de Planificacion, Presupuesto y Estadistica; respecto a la Comision de Privatizacion de los Mercados Publicos de propiedad municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26569 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-96-PRES, se establecen mecanismos aplicables a la transferencia de puestos y demas establecimientos y/o servicios de los mercados publicos de propiedad de los municipios; Que, el Reglamento de Privatizacion de los Mercados Publicos, modificado mediante Decreto Supremo Nº 02196-PCM, establece en su Articulo 1º que "La privatizacion de los mercados publicos a que se refiere la Ley Nº 26569

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