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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340262 De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º numerales 8) y 9) y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 el concejo aprobó por MAYORÍA y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE TASA DE INTERÉS MORATORIO APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS EN MONEDA NACIONAL Artículo Primero.- Establecer en uno y cinco décimas por ciento (1.5 %) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en Moneda Nacional correspondiente a los tributos administrados por la Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Unidad de de Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 29208-1 Dejan sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 009-2007-MDSSP , que modifica el nombre de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2007-MDP/C Pachacámac, 6 de febrero del 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE PACHACÁMACVISTO:En Sesión de Concejo de fecha 6 de febrero del 2007, la propuesta efectuada por la Regidora Elena Mabel León Merino, referente a dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 009-2007-MDSSP de fecha 9 de enero del 2007, que modi fi ca el nombre de la Municipalidad Distrital de Pachacámac; CONSIDERANDO: La Regidora Elena León, sustenta su pedido de dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 009-2007-MDSSP, mediante el cual se aprobó la nueva denominación de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, como Municipalidad Distrital Santísimo Salvador de Pachacámac, por los considerandos que se exponen; Argumenta su propuesta en el sentido que no es conveniente continuar con la nueva denominación por cuanto irrogaría un gasto a la Municipalidad, ya que se tendría que efectuar impresiones con nuevos membretes para que se cursen todos los documentos o fi ciales que emita la entidad; De conformidad con el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO: Primero.- Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 009-2007-MDSSP de fecha 9 de enero del 2007 que modi fi ca el nombre de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Segundo.- Ordenar la publicación de la misma en el Diario O fi cial El Peruano, por intermedio de Secretaría General, asimismo que se curse comunicación a la Gerencia de Administración a fi n que comunique a todas las Gerencias y O fi cinas de la Municipalidad a utilizar el nombre de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC. Regístrese, comuníquese publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 29206-1Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa que brinde suministro de productos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2007-MDP/A Pachacámac, 17 de febrero del 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC Visto: En Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada el 17 de febrero del 2007, el pedido del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, quien solicita la exoneración del proceso de selección para la adquisición de los productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital Pachacámac, por la causal de situación de Desabastecimiento Inminente, en virtud del Informe Nº 005-2007-GDH/MDP, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Vecinal, el Informe Técnico Nº 020-2007-SGDL/MDP, de la Unidad de Logística, el informe Nº 011-2007-GA/MDDP, de la Gerencia de Administración, y el Informe Nº 105-2007-GAJ/MDSSP; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a la fecha no se ha realizado aún la convocatoria al Proceso de Selección para la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche para el año 2007; Que, asimismo el cambio de gestión ha imposibilitado que se tomen acciones inmediatas respecto al estado en que se encontraba la distribución de insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacámac; Que, para atender de manera e fi ciente y oportuna en forma diaria a los diferentes bene fi ciarios del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, resulta necesario tomar medidas rápidas y urgentes para evitar el desabastecimiento de los insumos correspondientes; exonerando del proceso de Adjudicación por el causal de Desabastecimiento Inminente contemplado en el Artículo 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, en el Capítulo IV, sobre la Exoneración del proceso de selección y de conformidad al Artículo 141º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM, se considera situación de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contrataciones de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad según sea el caso necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda o hasta que ésta concluya; Que, por unanimidad del Pleno del Concejo se Acordó Aprobar el pedido de DECLARAR en situación de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacámac hasta que se convoque y concluya el Proceso de Selección Licitación Publica Nº 001-2007, por los 60 días de febrero del año 2007; De conformidad con los dispuesto en los Artículos 9º 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; por unanimidad adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección que corresponda por el causal de DESABASTECIMIENTO INMINENTE por el período de