TEXTO PAGINA: 57
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340263 hasta 60 días para contratar una empresa que brinde el Suministro de Productos para el Programa Vaso de Leche 2007 para la Municipalidad Distrital de Pachacámac, por los montos siguientes: ITEM I Leche Evaporada Entera 77,225 Tarros con el monto total de S/.142,094.00 (CIENTO CUARENTA DOS MIL Y NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES). ITEM II. Hojuela de Quinua Enriquecida con Cereales, Vitaminas y Minerales.8,865.34 kg. con el monto total de S/. 39,007.50 (TREINTA Y NUEVE MIL Y SIETE Y 50/100 NUEVOS SOLES). Resultando un total global de los 2 productos para los meses de febrero y marzo de S/.181,101.50 (CIENTO OCHENTA UN MIL CIENTO UNO Y 50/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- PRECISAR que el pago de Suministro de productos del Programa de Vaso de Leche será directamente materia de contratación indicada se afectará a la Fuente de Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Unidad de Logística de la Municipalidad Distrital de Pachacámac la Adquisición de productos para el Programa del Vaso de Leche a través de lo establecido en el Art. 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado D.S. Nº 084-2004-PCM, por el período de febrero y marzo de 2007; y su correspondiente publicación en el SEACE. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, se remita copia del presente Acuerdo y los respectivos Informes a la Contraloría General de la República, y al Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles de conformidad con el Artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y archívese. HUGO RAMOS LESCANOAlcalde 29210-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Campaña de Certificado de Salud Escolar 2007 en el distrito de Pueblo Libre ORDENANZA Nº 241-MPL Pueblo Libre, 14 de febrero del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 002-2007-MPL/CPL-CPDHPV de la Comisión Permanente de Desarrollo Humano y Participación Vecinal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 4.5 del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, dispone que es función de las municipalidades en materia de saneamiento, salubridad y salud, realizar campañas locales sobre medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profi laxis; Que, para los trámites de matrícula escolar es indispensable la presentación del Certi fi cado de Salud, el mismo que se viene otorgando en las diferentes áreas del Ministerio de Salud, así como en algunos centros de salud municipales; Que, habiéndose realizado la estructura de costos, es pertinente brindar a los escolares de Pueblo Libre, las facilidades para la obtención de su Certi fi cado de Salud; Estando a lo dispuesto en los artículos 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establecer el importe de S/.10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de Certi fi cado de Salud, en bene fi cio de los escolares del distrito de Pueblo Libre, hasta el 31 de marzo del presente año, desglosados de la siguiente manera: - Examen Médico S/. 2.00 - Laboratorio Clínico 4.50 (Parasitológico o Hemograma) - Odontograma 2.00 - Gasto Administrativo 1.50 --------------- TOTAL S/. 10.00 ========= Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y la O fi cina de Administración, el cumplimiento de la presente ordenanza . Articulo Tercero.- Encargar a la O fi cina de Comunicación Social su difusión y a la O fi cina de Administración su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 28864-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Fijan montos de remuneración de Alcalde y de dieta de Regidores de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2007-MDPH Punta Hermosa, 24 de enero de 2007 VISTO:En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, el proyecto de acuerdo de concejo presentado por los señores regidores de esta Corporación Edil, para fi jar la remuneración del Alcalde y dieta de regidores de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú preceptúa en su Artículo 194° que las municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.