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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de febrero de 2007 340266 Temporal Vehicular. Tratándose del espacio destinado a personas con discapacidad o madres gestantes, se colocará un símbolo distintivo en el espacio para estacionarse, con lo que se distinguirá claramente, por quienes pueden ser ocupados. A efectos de dotar de transparencia al cobro de la tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, publicitará en lugares visibles de la zona de Estacionamiento, la siguiente información relacionada con la denominación y número de la presente Ordenanza, el Acuerdo de Concejo de Lima Metropolitana que la rati fi ca, el monto de la tasa aprobada, el tiempo de tolerancia, la unidad de medida de tiempo, el horario de cobro para el uso del estacionamiento, el número de espacios habilitados, el signi fi cado del color de las zonas señalizadas entre otros aspectos relevantes. Artículo 15º.- Zonas de Estacionamiento para Vehículos de Personas con Discapacidad.- En conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27050, se está disponiendo las reservas necesarias en las zonas de estacionamiento vehicular para vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad. Artículo 16º.- Inafectaciones al Pago de la Tasa.-Se encuentran inafectas al pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal los conductores de los vehículos o fi ciales que se encuentren cumpliendo sus funciones que de acuerdo a ley les corresponda en labores propias de su actividad o que sean de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. b) Las Fuerzas Armadas.c) La Policía Nacional de Perú.d) Ambulancias en general.e) Vehículos o fi ciales del Gobierno Nacional, Regional o Local del distrito de Santa Rosa. Artículo 17º.- Régimen Especial.-Los vecinos del distrito de Santa Rosa, con domicilio debidamente comprobado en el distrito de Santa Rosa, podrán reemplazar la obligación a que se contrae el pago de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal, adquiriendo el bono determinado en la Calcomanía de Promoción Turística que emite la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, en cada temporada de verano, cuyo valor es de cincuenta nuevos soles (S/. 50.00), el mismo que permitirá el estacionamiento de su vehículo durante toda las temporadas pertinentes del año que corresponda a la vigencia de dicho bono. Artículo 18º.- Sujeto Pasivo de la Obligación.-Es deudor tributario, en calidad de contribuyente, el propietario o conductor que estacione su vehículo en zona habilitada para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular, durante el horario sujeto a cobro. Es responsable solidario de pago de la tasa, el propietario del vehículo cuyo conductor lo estacione en zona habilitada para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular, durante el horario sujeto a cobro. Artículo 19º .- Exoneraciones.- Mediante Ordenanzas se podrán establecer exoneraciones totales o parciales del cobro de la tasa por estacionamiento vehicular atendiendo a fi nes de protección, promoción e incentivos a un sector de contribuyentes. Artículo 20º .- Criterios de Determinación.-Los criterios de determinación de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa, para el año 2007, se encuentran contenidos en el Anexo II de la presente Ordenanza. Artículo 21º.- Sustento de Ingresos y Costos.-El monto de la Tasa por Estacionamiento Vehicular cuenta con el informe técnico en Anexo I y II que sustentan los costos e ingresos proyectados que forman parte de la presente Ordenanza y que por este acto se aprueba. - El Anexo I contiene la Estructura de Costos en la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa. - El Anexo II contiene la Estimación de Ingresos y la Determinación de la Tasa por la prestación del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa. Artículo 22º.- Registro Estadístico.-ESTABLÉZCASE el Registro Estadístico de la frecuencia de uso de los Espacios Físicos disponibles en la zonas habilitadas para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular en las Playas del Litoral Marino del distrito de Santa Rosa, lo que deberá ser realizado y cumplido por la División de Servicios Comunales de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para ser remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima o el Servicio de Administración Tributaria de dicha Municipalidad, cuando así lo soliciten. DISPOSICIONES FINALES Primera.- AUTORÍZASE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias a fi n de lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCÁRGASE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal, O fi cina de Rentas, Ofi cina de Administración, División de Desarrollo, División de Servicios Comunales y Unidad de Abastecimiento, en cuanto fuere de sus competencias. Tercera.- DERÓGASE toda Ordenanza que se oponga a la aplicación de la presente ordenanza. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del Acuerdo del Concejo Municipal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que la rati fi ca. POR TANTO : Mando se registre, publique y cumpla.PABLO CHEGNI MELGAREJO Alcalde ANEXO I INFORME TÉCNICO RESUMIDO GENERALIDADES.- En la jurisdicción de la Municipalidad del distrito de Santa Rosa existen habilitadas 2 (dos) playas para la temporada de verano: playa chica y playa grande, que en conjunto se dispuso la habilitación de espacios para los servicios de Parqueo Vehicular la cantidad de 500 unidades móviles. La Municipalidad Distrital de Santa Rosa se encarga de administrar los servicios de parqueo para el estacionamiento vehicular. Los costos o gastos que se efectuaran para prestar estos servicios deben ser distribuidos entre el total de las unidades que serán estacionadas durante la temporada de verano de 2007. Adicionalmente, incluye en el presente resumen tanto la estructura de costo de parqueo vehicular en playa chica como la de playa grande, que es en total el costo por temporada (17 de enero hasta el 17 de abril del año 2007) y que asciende a S/. 227,531.89 nuevos soles; cuyo detalle se presenta en el siguiente cuadro. COSTO DE LOS SERVICIOS TEMPORADA: 17 DE ENERO HASTA EL 17 DE ABRIL DEL AÑO 2007 CONCEPTOS DE COSTOS PLAYA GRANDE PLAYA CHICA COSTO TOTAL CUADRO 01 CUADRO 02 X TEMPORADA Costo de mano de obra directa Cobradores (personal nombrado) S/. 66,494.80 S/. 69,376.09 S/. 135,870.89 Cobradores (personal contratado) S/. 37,800.00 S/. 27,300.00 S/. 65,100.00 Costo de materiales Tickets S/. 210.00 S/. 90.00 S/. 300.00 Parantes S/. 154.00 S/. 154.00 S/. 308.00 Letreros S/. 1,600.00 S/. 1,600.00 S/. 3,200.00 Chalecos S/. 384.00 S/. 304.00 S/. 688.00 Calcomanías S/. 225.00 S/. 225.00 S/. 450.00 Costo Indirectos Supervisor S/. 2,100.00 S/. 2,100.00 S/. 4,200.00 Refrigerios S/. 9,720.00 S/. 7,695.00 S/. 17,415.00 TOTAL GENERAL POR TEMPORADA S/. 118,687.80 S/. 108,844.09 S/. 227,531.89