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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (28/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 71

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340693 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, de conformidad con el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el vencimiento para el pago al contado del Impuesto Predial o la primera cuota fraccionada sobre este mismo tributo, vence el último día hábil del mes de febrero; Que, para el pago del Impuesto Predial por el ejercicio 2007, el último día hábil del mes de febrero corresponde el día 28 de dicho mes; Que, por otro lado, la Ordenanza Nº 275-MSS – Marco Legal y Disposiciones para el Cálculo de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2007, rati fi cada por Acuerdo de Concejo Nº 399 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicados en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 20 de diciembre de 2006, son los dispositivos legales que regulan la aplicación de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio Presupuestal 2007; Que, la Ordenanza Nº 275-MSS en su Artículo 6º, establece que el pago de Arbitrios de los meses de enero y febrero del 2007, vence el 28 de febrero del 2007, salvo que la entidad edil mediante Ordenanza establezca prórroga de pagos; Que, considerando la difícil situación económica por la que se encuentran atravesando muchas familias surcanas, es política de la actual gestión municipal brindar a los vecinos facilidades para el pago de sus obligaciones tributarias, para ello es preciso otorgar prórrogas en los plazos para el cumplimiento de las mismas, así como el incentivo del pago puntual; Que, en tal sentido, se considera conveniente ampliar el plazo para el pago al contado o pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2007, así como para el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de enero y febrero del 2007; Estando a los Informes Nº 206-2007-GAT-MSS y Nº 181-OAJ-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria y de la Oficina de Asesoría Jurídica, respectivamente, y contando con el Dictamen favorable Nº 002-2007-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 9º inciso 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por Unanimidad, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL PRIMER VENCIMIENTO 2007 Artículo Primero.- Objeto Ampliar el plazo para efectuar el pago al contado o pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2007, así como del primer vencimiento de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondientes a los meses de enero y febrero del 2007, hasta el 16 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- Prórroga de Descuentos por Pago Puntual Prorróguese hasta el 16 de marzo del presente año los Bene fi cios por Pago Puntual establecidos en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 275- MSS. Artículo Tercero.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Cuarto.- Cumplimiento Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente disposición y a la O fi cina de Imagen Institucional la divulgación y difusión de sus alcances entre los contribuyentes del distrito. Artículo Quinto.- Facultades al Alcalde Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar prórrogas de plazo para el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondiente al Ejercicio 2007; así como a dictar las disposiciones para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 31096-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE DANIEL CARRION- Y ANAHUANCA Disponen la reorganización y reestructuración administrativa de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2007-ALC/MPDC VISTO: En Sesión de Concejo Ordinario de la fecha 23 de enero del 2007, con el voto mayoritario de los regidores, y estando los Informes N° 003-2007-GM/MPDC, de fecha 23 de enero del 2007, formulado por la Gerencia Municipal y el Informe N° 004- 2007-MPDC-SG, de Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que, del informe N° 003-2007-GM/MPDC, de fecha 23 de enero del 2007, remitido por la Gerencia Municipal, se desprende que la Municipalidad Provincial de Daniel Carrión se encuentra atravesando una crítica situación administrativa, económica y fi nanciera como consecuencia de las de fi cientes políticas de gestión administrativa y tributaría ejecutadas por la gestión saliente; Que, dicha situación no permite el cumplimiento de las funciones que la Ley le otorga a los Gobiernos Locales, impidiendo de sobremanera la adecuada prestación de los servicios públicos de limpieza y ornato, razón’ primordial de todo gobierno local; Que, de otro lado los servicios administrativos no han recibido el apoyo logístico necesario para atender la demanda de la población con celeridad y e fi cacia, percibiéndose la realización de trámites innecesarios que fomentan la corrupción ante lo cual urge adoptar medidas que simpli fi quen los procedimientos administrativos y tornen e fi caces los actos administrativos que emanen de la municipalidad; Que, la Estructura Orgánica vigente tampoco responde a conceptos modernos ni técnicos regulados para la Administración Pública, ni a los objetivos, planes y programas de la nueva administración edil orientados a la adecuada prestación de los servicios públicos acorde con las exigencias de la Municipalidad y búsqueda del bien común; Que, por tales motivos resulta necesario tomar las medidas correctivas orientadas a la rede fi nición, priorización, ajuste y modi fi cación de las funciones, estructura y planta orgánica de la Municipalidad, adecuados a los modernos procesos administrativos e informáticos que atiendan la demanda de la población; Que, corresponde a los Gobiernos Locales acordar su régimen de organización interior conforme lo dispone