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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (28/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340680 X = Factor de Productividad Trimestral. Según la fórmula anterior, la estimación del factor de control para las Canastas C y D, correspondiente al trimestre marzo - mayo 2007 se muestra en el cuadro siguiente: Cuadro N° 1 Factor de Control del trimestre marzo - mayo 2007 - Canastas C y D Mes Valor Factor X Trimestral -0.0262 IPC n-1 diciembre 110.51 IPC n-2 septiembre 110.75 0.9717 -2.83%Concepto Factor de Control del Trimestre El valor del Factor de Control de 0.9717, indica que la variación nominal promedio de las tarifas propuestas por TELEFÓNICA para las canastas de servicios C y D debe ser de al menos –2.83%. En tal sentido, se ha veri fi cado que la solicitud presentada por la empresa concesionaria cumple con dicha restricción para cada una de las canastas de servicios: C (instalación) y D (renta mensual y llamadas locales). Asimismo, la estimación del factor de control para la Canasta E correspondiente al trimestre marzo - mayo 2007 se muestra en el cuadro siguiente:Cuadro N° 2 Factor de Control del trimestre marzo - mayo 2007 - Canasta E Mes Valor Factor X Trimestral -0.0201 IPC n-1 diciembre 110.51 IPC n-2 septiembre 110.75 0.9778 -2.22%Concepto Factor de Control del Trimestre El valor del Factor de Control de 0.9778, indica que la variación nominal promedio de las tarifas propuestas por TELEFÓNICA para la canasta de servicios E debe ser de al menos –2.22%. En tal sentido, se ha veri fi cado que la solicitud presentada por la empresa concesionaria cumple con dicha restricción para la canasta E (llamadas de larga distancia nacional e internacional). Determinación de las reducciones promedio ponderadas de las tarifas tope por canastas La solicitud de ajuste de tarifas presentada por TELEFÓNICA, contiene un conjunto de tarifas propuestas para los servicios comprendidos en cada una de las tres canastas de servicios, las cuales se reducen según la fórmula del contrato para el ratio tope establecido en cada canasta. El detalle de las reducciones promedio ponderadas para cada canasta de servicios, se precisa en el siguiente cuadro: Cuadro N° 3 Reducciones promedio ponderadas de tarifas tope por canasta de Servicios: marzo – mayo 2007 Can ast a Red ucción exig id a Red ucción ap licad a C - Cargo de ins talación 2.83% 2.83% D - R enta mens uales y llamadas locales 2.83% 8.85% E - Llamadas de larga distancia nacional einternacional2.22% 5.00% Para este trimestre la vigencia de los créditos generados en el presente ajuste tarifario y acumulados por ajustes de tarifas anteriores, es evaluada de acuerdo a lo estipulado en el Instructivo de Tarifas vigente. El detalle del balance se aprecia en el siguiente Cuadro N° 4. Cuadro N° 4 Balance del crédito acumulado: marzo - mayo 2007 (b) C - Car g o d e i n st al aci ó n 0.0000 0 0.00000 0.0000Su m a d e l o s c r é d i t o s acumulados al t rimest re t , cont ado a part ir de la reducción ant icipada (c) Número de t rimest res desde la reducción anticipada de tarifasValor Present e de los Fl u j o s Fu t u r o s d e l a reducción ant icipada - escenario 2 (d) Can ast aC rédito Acumulado (a) 0.053521 -1.1924 E - Llamadas de larga dist ancia nacional e int ernacional0.027661 1 0.027661 -0.6163D - R enta mens uales y llamadas locales0.053521 1 Como señala el Instructivo de Tarifas, la empresa concesionaria contará con un nivel de crédito determinado en sus respectivas canastas, hasta que el valor de la suma de los créditos acumulados al trimestre “t”, contado a partir de la reducción tarifaria anticipada sea igual al Valor Presente de los fl ujos futuros de dichas reducciones. Se puede apreciar que dicha condición no se cumple en las canastas D y E, por ello, la empresa aún registra crédito acumulado en dichas canastas de servicios. Sin embargo, la condición mencionada se cumple para el caso de la Canasta C por lo que la empresa no registra un crédito acumulado en esta canasta.1 31364-1