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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340692 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; Visto en Sesión Ordinaria de la fecha, los Informes Nºs. 046-2007-GATR/MDSMP de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y 145-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica,y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, del mismo modo el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un monto no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Informe Nº 046-2007-GATR/DSMP la Gerencia de Administración Tributaria, informa que la última Ordenanza válidamente emitida y rati fi cada que aprobó el cobro del derecho por los servicios de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución de los mismos al domicilio de los contribuyentes es la Ordenanza Nº 06-99-MDSMP publicada el 13 de febrero de 1999, siendo el Acuerdo de Concejo de rati fi cación el Nº 157- 99-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicado el 21 de agosto de 1999; Que, mediante Informe Nº 145-2007-GAJ/MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de aplicar la Ordenanza Nº 06-99-MDSMP para el cobro de los derechos antes referidos para el presente ejercicio 2007; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal POR MAYORIA, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS MONTOS POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y DE DISTRIBUCION DE RECIBOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007. Artículo Primero.- ESTABLECER que para el cobro del derecho por los servicios de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y tributos, incluido su distribución al domicilio fi scal, correspondientes al Impuesto Predial y a los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana aplicables en la jurisdicción Distrital de San Martin de Porres durante el Ejercicio Fiscal 2007, se aplicará la Ordenanza Nº 06-99-MDSMP publicada el 13 de febrero de 1999 y rati fi cada por el Acuerdo de Concejo Nº 157-99-MML publicado el 21 de agosto de 1999. Artículo Segundo.- FACÚLTESE al Alcalde de San Martín de Porres, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Unidad de Informática.POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 31238-2 Fijan montos de remuneración mensual del Alcalde y de dietas de Regidores ACUERDO DE CONCEJO N° 009-2007-CDSMP San Martín de Porres, 14 de febrero del 2007EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES: VISTOS: los Informes Nºs. 018 y 021-2007-GPP/ MDSMP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 153-2007-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 003-2007-MDSMP se fi jó la remuneración mensual del Alcalde y el monto de la Dieta de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, para el ejercicio 2007; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante los informes del vistos, da cuenta que los montos aprobados mediante el Acuerdo de Concejo Nº 003-2007-CDSMP contradicen lo dispuesto en el Art. 4.1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el presente ejercicio, toda vez que existe un incremento respecto del monto establecido para los mismos fi nes mediante el Acuerdo de Concejo Nº 051-2006; Que, por tanto, resulta necesario dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 003-2007, fi jando los montos para la remuneración del Alcalde y la Dieta de los señores Regidores con arreglo a las disposiciones de austeridad establecidas para el Sector Público en materia presupuestal; Estando a lo expuesto, de conformidad con el Informe Nº 153-2007-GAJ/MDSMP, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 9° numeral 8 de la Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad; ACORDO:Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 003-2007-CDSMP. Articulo Segundo.- Fijar la remuneración mensual del Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres en la suma de S/. 11,000.00 (ONCE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo.- Fijar la Dieta de los señores Regidores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en la suma de S/. 1,650.00 (MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) por cada Sesión efectivamente asistida, determinándose un máximo de 2 Sesiones remuneradas al mes. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a las Gerencias de Administración y Finanzas, Planeamiento y Presupuesto y Recursos Humanos, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 31238-3 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Amplían plazo para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al primer vencimiento de 2007 ORDENANZA Nº 284-MSS Santiago de Surco, 27 de febrero de 2007