Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2007 (28/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de febrero de 2007

por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, establece que el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD de fecha 9 de MORDAZA de 2006, se aprobo el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas (PDJ), el cual tiene como objeto que los responsables de las unidades supervisadas que se encuentren debidamente inscritos en el Registro de la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, efectuen inspecciones periodicas de sus establecimientos, instalaciones o unidades, segun corresponda, a efectos de asegurar que su operacion este acorde con las normas tecnicas, de seguridad y de medio ambiente establecidas en el ordenamiento juridico vigente; Que, el articulo 4º del Anexo 2 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, establece que la informacion relativa a las condiciones tecnicas, de seguridad y de medio ambiente debera ser presentada anualmente, dentro de los primeros siete (7) dias naturales del mes establecido para cada Unidad Supervisada en el Cronograma para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de Cumplimiento de las Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas; Que, atendiendo a las dificiles condiciones climaticas que se han experimentado en numerosos departamentos del MORDAZA y que dificultan el acceso a los medios tecnologicos necesarios para la MORDAZA de la declaracion jurada, se ha considerado necesario ampliar excepcionalmente el plazo de MORDAZA de la declaracion jurada anual de cumplimiento de obligaciones relativas a las condiciones tecnicas, de seguridad y medio ambiente para los responsables de los Establecimientos de Venta al Publico de Combustibles y Establecimientos de Venta al Publico de GLP para Uso Automotor que debieron declarar dentro de los primeros siete dias naturales del mes de febrero del presente ano conforme al cronograma aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD; Que, el articulo 6º del Anexo 2 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, establece que los responsables de las unidades supervisadas que manifestaron, a traves de su declaracion jurada, que no cumplian algunas de las normas tecnicas, de seguridad o de medio ambiente, contaran con un plazo de veinte (20) dias habiles para presentar la correspondiente declaracion jurada de cumplimiento de las mismas; Que, teniendo en consideracion que para el cumplimiento de las normas tecnicas, de seguridad y de medio ambiente es necesario en algunos casos realizar obras de infraestructura y la realizacion de tramites para la obtencion de las autorizaciones correspondientes, se ha considerado necesario ampliar de manera excepcional el plazo con el que cuentan los responsables de las Unidades Supervisadas en el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas (PDJ), para el levantamiento de los incumplimientos declarados; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 296-2006-OS/CD se aprobo el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC) al cual estaran sujetos de los Establecimientos de Venta al Publico de Combustibles que cuentan con surtidores y/o dispensadores. Asimismo, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 3362-2006OS/GG se aprobo el cronograma para el cumplimiento de lo dispuesto en el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC); Que, se ha considerado necesario prorrogar el plazo de cumplimiento de lo dispuesto en el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC) aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 296-2006-OS/CD, para los agentes cuya obligacion se iniciaba el mes de MORDAZA del presente ano conforme al cronograma aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 3362-2006-OS/GG, a efectos de distanciar en el tiempo el cumplimiento de dicha obligacion con la referida a la MORDAZA de la declaracion jurada anual en el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente

de las Unidades Supervisadas (PDJ), otorgandose a los administrados un mayor periodo de tiempo para la realizacion de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC); Que, el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, exceptua del requisito de prepublicar en el Diario Oficial El Peruano, aquellos reglamentos considerados de urgencia; Que, en el presente caso, urge establecer las disposiciones MORDAZA mencionadas para que los agentes puedan cumplir con lo dispuesto en el Procedimiento de Declaraciones Juradas de Cumplimiento de Obligaciones relativas a las Condiciones Tecnicas, de Seguridad y de Medio Ambiente de las Unidades Supervisadas aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD y en el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC) aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 296-2006-OS/CD; De conformidad con lo dispuesto por la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del articulo 23º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinion favorable de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Establecer de manera excepcional que los responsables de los Establecimientos de Venta al Publico de Combustibles y Establecimientos de Venta al Publico de GLP para Uso Automotor que debieron presentar su declaracion jurada anual dentro de los primeros siete dias naturales del mes de febrero del presente ano conforme al cronograma aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006-OS/CD, tendran plazo hasta el 15 de MORDAZA del 2007 para presentar la declaracion jurada anual de cumplimiento de obligaciones relativas a las condiciones tecnicas, de seguridad y medio ambiente. Articulo 2º.- Establecer de manera excepcional que los responsables de las Unidades Supervisadas que declaren incumplimientos en la primera declaracion jurada anual que deban presentar segun el Cronograma aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 204-2006OS/CD, tendran plazo hasta la siguiente declaracion jurada anual que les corresponda presentar para efectuar el levantamiento de los incumplimientos declarados. Articulo 3º.- Prorrogar hasta el 1 de MORDAZA del 2007, el cumplimiento de lo dispuesto en el Sistema de Informacion de Inventario de Combustibles (SIIC) aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 296-2006-OS/CD de fecha 3 de MORDAZA de 2006, para los agentes cuya obligacion se iniciaba el mes de MORDAZA del presente ano conforme el cronograma aprobado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 3362-2006-OS/GG. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

31040-1

Establecen plazo para MORDAZA de Informe Ambiental Anual, Plan de Contingencia y Programa Anual de Actividades de Seguridad a cargo de titulares que tienen a su cargo la ejecucion de proyectos o la operacion de instalaciones de Hidrocarburos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 068- 2007- OS/CD
MORDAZA, 23 de febrero de 2007 VISTO: El Memorando Nº 606-2007-GFHL/UCHL de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos que propone

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