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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2007 (28/02/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de febrero de 2007 340685 INCENTIVOS DE PAGO AL CONTADO PARA EL TERCER TRIMESTRE 2007 (Incentivo de Cumplimiento de pago desde el 01.07.2007 hasta el 30.09.2007) EN LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA EN COBRANZA COACTIVA AÑOANTIG. DEUDA% DST O. DEL INTERÉS MORATORIOAÑOANTIG. DEUDA% DST O. DEL INTERÉS MORATORIO AL CONTADO FRACCIONADO AL CONTADO 1997 10 60.00% 40.00% 1997 10 30.00% 1998 9 60.00% 40.00% 1998 9 30.00% 1999 8 60.00% 40.00% 1999 8 30.00%2000 7 60.00% 40.00% 2000 7 30.00%2001 6 60.00% 40.00% 2001 6 30.00%2002 5 60.00% 40.00% 2002 5 30.00% 2003 4 40.00% 20.00% 2003 4 30.00%2004 3 40.00% 20.00% 2004 3 30.00%2005 2 40.00% 20.00% 2005 2 30.00% 2006 1 30.00% 20.00% 2006 1 20.00% 2007 0 30.00% 2007 0 INCENTIVOS DE PAGO AL CONTADO PARA EL CUARTO TRIMESTRE 2007 (Incentivo de Cumplimiento de pago desde el 01.10.2007 hasta el 31.12.2007) EN LA INSTANCIA ADMINISTRATIVA EN COBRANZA COACTIVA AÑOANTIG. DEUDA% DST O. DEL INTERÉS MORATORIOAÑOANTIG. DEUDA% DST O. DEL INTERÉS MORATORIO AL CONTADO FRACCIONADO AL CONTADO 1997 10 40.00% 20.00% 1997 10 20.00% 1998 9 40.00% 20.00% 1998 9 20.00% 1999 8 40.00% 20.00% 1999 8 20.00%2000 7 40.00% 20.00% 2000 7 20.00% 2001 6 40.00% 20.00% 2001 6 20.00% 2002 5 40.00% 20.00% 2002 5 20.00% 2003 4 30.00% 20.00% 2003 4 20.00%2004 3 30.00% 20.00% 2004 3 20.00% 2005 2 30.00% 20.00% 2005 2 20.00% 2006 1 20.00% 20.00% 2006 1 10.00% 2007 0 40.00% 2007 0 31003-1 Prorrogan plazo de pago anual y/o fraccionado de la primera cuota del Impuesto Predial 2007 ORDENANZA Nº 262-CDLO Los Olivos, 20 de febrero de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 003-2007-MDLO/CEP de la Comisión Permanente de Economía y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdicción con los limites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna, sea esta al contado o fraccionada, de sus obligaciones tributarias vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, con fecha 30 de diciembre del 2006, se publicó la Ordenanza Nº 256-CDLO, con la cual se estableció las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2007, la cual de acuerdo al TUO de la Ley de Tributación Municipal - D.S. N° 156-2004-EF, se determinó que la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial es hasta el 28 de febrero de cada año, o fraccionado en cuatro cuotas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota de pago vence el 28 de febrero del ejercicio; Que, habiéndose suscitado diversos inconvenientes en el proceso de adquisición de los formularios que conforman la Cuponera de pago 2007 de los tributos municipales como son: Declaración Jurada, Estados de Cuenta Corriente, Noti fi caciones por Morosidad, Carátulas y Hojas Informativas, las cuales serán utilizadas en el proceso de emisión masiva de las declaraciones juradas 2007, lo que ocasionó un retraso en la distribución de las cuponeras, por lo que es necesario proceder a prorrogar el vencimiento de pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2007, de tal forma que los contribuyentes no se vean afectados en poder realizar la cancelación oportuna del referido impuesto; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 262-CDLO QUE ESTABLECE LA PRORROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL 2007 Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de vencimiento de pago ANUAL del Impuesto Predial 2007 así como para el pago fraccionado de la primera cuota hasta el 31 de marzo del 2007. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA su debida implementación, a SECRETARÍA GENERAL su publicación y a la OFICINA DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 31003-2 MUNICIPALIDAD DE LURIN Establecen tasa de interés moratorio y derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial del Ejercicio 2007 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 144/ML Lurín, 13 de febrero de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Lurín, en Sesión Ordinaria celebrada el día 12 de febrero del presente,