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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 11 de julio de 2007 348817 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Haití y encargan su Despacho al Ministro del Interior RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2007-PCM Lima, 10 de julio de 2007 CONSIDERANDO: Que, a través del Memorándum de Entendimiento fi rmado el 11 de noviembre de 2003, por el señor Presidente de la República del Perú y el Secretario General de las Naciones Unidas, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 28342 de fecha 26 de agosto de 2004, y rati fi cado por Decreto Supremo Nº 066-2004-RE de fecha 5 de octubre de 2004, el Perú con fi rma su compromiso político y logístico con las Operaciones de Mantenimiento de la Paz; Que, el inciso e) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a través de los organismos pertinentes en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a ley; Que, conforme al artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2006-DE/SG de fecha 5 de junio de 2006, el Ministro de Defensa ejerce la supervisión y control de las Fuerzas Armadas, de los órganos del Ministerio, de los Organismos Públicos Descentralizados y Empresas del Sector, siendo de interés del Ministro de Defensa supervisar la gestión del actual Contingente de la Compañía Perú que se encuentra cumpliendo la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití; Que, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Defensa con la fi nalidad de realizar una visita o fi cial a la Compañía Perú en Haití, a fi n de supervisar la gestión del actual contingente de la citada compañía; Que, la Fuerza Aérea del Perú efectuará el traslado del Ministro de Defensa a la República de Haití; Que, de acuerdo a lo establecido por el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la escala de viáticos a cualquier país de América, será por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público parta el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización Autorizar el viaje al exterior al señor Ministro de Defensa, Embajador Allan Wagner Tizón, a la República de Haití del 15 al 17 de julio de 2007, con la fi nalidad de realizar una visita o fi cial a la Compañía Perú, a fi n de supervisar la gestión del actual contingente de la citada compañía. Artículo 2º.- GastosEl Ministerio de Defensa - Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 240.00 x 4 días x 1 persona Artículo 3º.- Encargatura Encargar el Despacho de Defensa al Ministro de Estado en el Despacho del Interior doctor Luis Alva Castro, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- Derecho de ExoneraciónLa presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 5º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 82920-2 Constituyen Grupo de Trabajo, adscrito al Ministerio de Justicia, que tendrá como tarea desarrollar la implementación normativa y política de los compromisos regionales y globales del Perú en materia de lucha contra la corrupción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 198-2007-PCM Lima, 10 de julio de 2007 Visto el O fi cio No 1434-2007-JUS/SG de la Secretaria General del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO:Que, la Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción tiene por fi nalidad promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir e fi cientemente la corrupción; promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos; así como promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos; Que, dicha Convención fue aprobada por Resolución Legislativa No 28357 y rati fi cada mediante Decreto Supremo No 075-2004-RE, entrando en vigencia para el país el 14 de diciembre de 2005; Que, en la Resolución 1/1 de la I Conferencia de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción (UNCAC 2006) se decidió que los Estados partes de dicha Convención, buscarían el establecimiento de un mecanismo apropiado y efectivo para el cumplimiento de la citada Convención; Que, para cumplir con dicho fi n, se acordó en dicha ocasión la creación de un Programa Piloto a fi n de presentar a la próxima Conferencia de las Partes una recomendación sobre el mecanismo de cumplimiento y seguimiento a ser creado en el marco de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción; Que, los días 7 y 8 de junio próximo pasado se realizó en la ciudad de Viena, Austria una reunión de los países participantes en el Programa Piloto, con el propósito de elaborar los lineamientos y el cronograma de trabajo del Grupo de Revisión del Programa Piloto , que tendrá como tarea supervisar la implementación del Programa, desarrollar las revisiones y evaluar el programa en su integridad; Que, el Estado Peruano para cumplir con las obligaciones acordadas en el Grupo de Revisión del Programa Piloto , requiere conformar un Grupo de Trabajo que tenga como tarea inmediata el absolver el cuestionario distribuido por la O fi cina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) que constituye el requisito inicial para la participación del Perú en el Programa Piloto; y como tarea mediata, desarrollar la implementación normativa y política de los compromisos internacionales del Perú en materia de lucha contra la corrupción, en particular la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción; De conformidad con el Decreto Ley No 21292 y la Ley No 27594; SE RESUELVE:Artículo 1°- Constituir el Grupo de Trabajo, adscrito al Ministerio de Justicia, que tendrá como tarea desarrollar la implementación normativa y política de los compromisos regionales y globales del Perú en materia de lucha contra la