Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2007 (12/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

348879

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio a la Republica de Haiti, del Personal FAP que a continuacion se indica, quienes conformaran la tripulacion de la aeronave FAP MORDAZA Jet Nº 525, que trasladara al senor Ministro de Defensa y Comitiva a la MORDAZA de Puerto MORDAZA, del 15 al 17 de MORDAZA de 2007:
TRIPULACION PRINCIPAL Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piloto Mayor FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piloto Tecnico 2da. FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mecanico TRIPULACION ALTERNA Mayor Tec. 2da. FAP GARTNER SAETTONE MORDAZA MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Piloto Mecanico

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 240.00 x 3 dias x 3 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la comision, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- El citado Personal, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Defensa 83397-7

Que, segun el Articulo 2º del acotado Decreto Supremo, la referida Minuta y otros componentes que MORDAZA necesarios para llevar a cabo esta operacion de administracion de deuda, seran aprobados por decreto supremo conforme a lo dispuesto en el Articulo 37º de la Ley Nº 28563; Que, el numeral 37.2 del Articulo 37º de la mencionada Ley General establece que los contratos MORDAZA de las operaciones de administracion de deuda se aprueban por decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, y el numeral 37.3 del acotado articulo senala que los acuerdos que se requieran para la implementacion de los contratos MORDAZA, entre otros, se aprueban por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas; Que, el financiamiento de la referida operacion de administracion de deuda, en la modalidad de prepago, se realizara fundamentalmente a traves de emisiones de bonos en el MORDAZA local y/o internacional; Que, asimismo, en la implementacion de esta operacion de administracion de deuda, se requieren los servicios de asesoria de bancos de inversion, asi como otros servicios vinculados a aspectos operativos a dicha operacion; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 065-2007-EF, senala el procedimiento para la Contratacion de Servicios de Asesoria Financiera Especializados y otros en el MORDAZA de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento; Que, en aplicacion del citado procedimiento, se han seleccionado a los asesores financieros, cuya contratacion resulta pertinente aprobar para llevar a cabo dicha operacion; Que, sobre la referida operacion de administracion de deuda publica han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, para la emision internacional de los bonos a que se refiere el MORDAZA considerando precedente, se utilizara el contrato denominado "Fiscal Agency Agreement" y modificatorias, cuyo texto fue aprobado mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 031-2003-EF/75, 6582003-EF/75 y 493-2004-EF/75; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 058-2007-EF; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- De la operacion de administracion de deuda publica 1.1 Apruebase la Minuta suscrita por la Republica del Peru con los acreedores del Club de MORDAZA con fecha 23 de MORDAZA de 2007, en el MORDAZA de la autorizacion otorgada por el Decreto Supremo Nº 058-2007-EF, en la que se establece los terminos y condiciones de la operacion de administracion de deuda en la modalidad de prepago a la par de las amortizaciones de las deudas comerciales reprogramadas en el MORDAZA de las Minutas del Club de MORDAZA de los anos 1993 y 1996, con vencimientos entre el 16 de agosto 2007 y el 31 de diciembre de 2015. 1.2 Los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementacion de la Minuta que se aprueba en el numeral 1.1 precedente, se aprueban por Resolucion Ministerial del Sector Economia y Finanzas. Articulo 2º.- Aprobacion de la emision de bonos Apruebase la emision interna y/o externa de bonos, en una o mas colocaciones, hasta por un monto, equivalente en moneda nacional o en Dolares Americanos, de US$ 2 584 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), segun corresponda, como parte integrante de la operacion de administracion de deuda aprobada por el Decreto Supremo Nº 058-2007-EF. Articulo 3º.- De la emision interna de bonos Para los fines de la emision interna de bonos aprobada por el Articulo 2º de esta MORDAZA legal, los bonos contaran con las siguientes caracteristicas:

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Minuta suscrita por la Republica del Peru con los acreedores del Club de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 092-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 36º de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, Ley Nº 28563, y sus modificatorias, mediante el Decreto Supremo Nº 058-2007-EF, se aprobo una operacion de administracion de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la Republica del Peru en el Club de MORDAZA, habiendose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de MORDAZA de 2007;

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