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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2007 (22/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de julio de 2007 349755 local sostenible y las demás que señale el Artículo 104° de la Ley N° 27072. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el Artículo 9° las competencias del Concejo Municipal, precisando en el numeral 1, que le compete aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; y en el numeral 14, la de aprobar las normas que garanticen una efectiva participación vecinal. Que, es política de la actual gestión fortalecer la gobernabilidad democrática del gobierno local, lo cual implica de manera especial realizar un amplio proceso de inclusión ciudadana en la gestión de sus instituciones de gobierno a fi n de concertar y trabajar decididamente por el desarrollo humano y favorecer los mecanismos de participación, transparencia y rendición de cuentas que aseguren un uso e fi ciente y e fi caz de los recursos públicos en la construcción del desarrollo local”; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9) numeral 1), 14) , Artículos 53º, 102º , 103º, 104º, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2008 TÍTULO I OBJETO Y FINES Artículo 1°.- La presente Ordenanza tiene por objeto regular los mecanismos y procedimientos a través de los cuales las organizaciones de la sociedad civil, participan en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2008. Artículo 2°.- Lafi nalidad de la presente Ordenanza es la de recoger las necesidades de los vecinos de Breña y plasmarlas en forma prioritaria, dentro del Programa de Inversión Municipal, y su consiguiente ejecución. TÍTULO II DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 3°.- Para efectos de la presente norma se entenderá por: a) Presupuesto Participativo: El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado–Sociedad, mediante el cual se de fi ne las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan con voz y voto en la discusión y toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local del distrito de Breña, los miembros del Concejo Municipal de Breña, los representantes de la Sociedad Civil debidamente identi fi cados y acreditados, y los representantes de las entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el ámbito del distrito de Breña designados para este fi n. Integran también, los Agentes Participantes un Equipo Técnico de Soporte de Proceso designado por el Alcalde, quienes participan con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro del ámbito local tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, de jóvenes, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa en la localidad. Los organismos e instituciones privadas son todas las organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, tales como universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, agrarias, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. d) Equipo Técnico: Conformado por los profesionales y técnicos de la Municipalidad de Breña designados por el Alcalde. Tiene la misión de brindar soporte técnico en el proceso del Presupuesto Participativo y desarrollar el trabajo de evaluación técnica; asimismo, de armonizar la realización de acciones de capacitación de los Agentes Participantes. e) Objetivos del Presupuesto Participativo: El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: - Mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos. - Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad. - Fijar prioridades en la Inversión Pública. - Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar. - Reforzar el seguimiento, control, vigilancia de la ejecución del Presupuesto y fi scalización de la Gestión. f) Talleres de Trabajo: Son las reuniones convocadas por el Alcalde en las cuales se analizan los problemas y potencialidades y se plantea las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo. Son de dos tipos: de Diagnóstico Temático y Territorial; y de De fi nición de Criterio de Priorización. g) Delegado de una Organización: Es la persona natural designada por su organización para participar y representarla en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo del año 2008. TÍTULO III DEL REGISTRO Y ACREDITACIÓN Artículo 4°.- Las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en participar en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2008, deberán registrarse en el Libro de Registros de Participantes de la Municipalidad de Breña, en el caso de nuevas organizaciones, presentando la documentación requerida por la Gerencia de Servicios Sociales, en este caso. La inscripción en el Registro tiene una vigencia de dos años. El listado de los participantes inscritos, será difundido a través de carteles ubicados en lugares visibles de los locales de la Municipalidad. Artículo 5°.- Los representantes de las Entidades del Gobierno Nacional que desarrollan acciones en el distrito, para poder registrarse deberán presentar la designación correspondiente de su sector que lo acredita como tal. Artículo 6°.- Las Organizaciones de la Sociedad Civil que cuenten con Resolución de Reconocimiento podrán acreditar 2 delegados, uno en calidad de titular y otro en calidad de alterno, para que participen en el desarrollo del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2008. TÍTULO IV DEL DESARROLLO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 7°.- El Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2008 se desarrolla según la Secuencia y el Cronograma descrito a continuación: ACCIONES J A S O N D 1 Preparación X 2 Convocatoria X3 Identi fi cación y Registro X 4 Conformación del Comité de Vigilancia X 5 Capacitación X6 Talleres de Trabajo X 7 Evaluación Técnica X8 Formalización de Acuerdos X9 Perfeccionamiento Técnico de Proyectos X 10 Evaluación y Seguimiento X X X X X