Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2007 (25/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, mediante correo electronico de fecha 26 de junio del presente la empresa en mencion comunica que se encuentra en tramite su inscripcion ante el Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE y solicita se amplie el plazo del contrato vigente por un mes adicional, es decir hasta el 31 de MORDAZA de 2007; Que, conforme lo senala el Departamento de Logistica en su Informe Nº 035-2007-DL, no existe otro inmueble dentro de la MORDAZA aledana a los locales de la Superintendencia que reuna las caracteristicas idoneas para ser utilizado como estacionamientos, tanto en capacidad, infraestructura y cercania a los locales, segun las necesidades de la Superintendencia; Que, en este aspecto, es menester indicar que la cercania constituye un atributo que puede calificarse como unico, asimismo, para que el local central de esta Superintendencia, ubicado en la MORDAZA Los Laureles Nº 214, San MORDAZA, cuente con la licencia de funcionamiento correspondiente se hace necesario contar con estacionamientos suficientes dentro de un radio de aproximadamente 200 metros a la redonda, de acuerdo a las disposiciones municipales al respecto. En tal sentido, el inmueble donde se encuentran ubicadas las cocheras, ubicado en Av. Dos de MORDAZA Nº 1555, San MORDAZA, cumple con la caracteristica MORDAZA mencionada; Que, como se puede apreciar, el arrendamiento de cocheras para esta Superintendencia, es un servicio indispensable para su normal funcionamiento, toda vez que esta vinculado directamente a la renovacion de la licencia de funcionamiento de nuestros locales; asi como a la necesidad de los trabajadores de contar con un espacio fisico para poder estacionar sus vehiculos y que no genere congestionamientos en las areas aledanas a nuestros locales. Asimismo, es menester indicar que, de acuerdo a la politica de la Superintendencia, el costo del arrendamiento es asumido en un treinta y nueve por ciento por el trabajador que use el estacionamiento, sin embargo y a fin de determinar el MORDAZA de MORDAZA de seleccion es imperativo mencionar el costo total del arrendamiento, el cual asciende a la suma de US$ 81,396.00 (Ochenta y Un Mil Trescientos Noventa y Seis y 00/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo; Que, el presente MORDAZA ha sido considerado como una Adjudicacion Directa Publica en el Numeral 85 del Plan Anual por el monto de US$ 68,544.00, sin embargo el monto calculado como valor referencial para el presente ejercicio 2007 asciende a US$ 81,396.00, que corresponde a un Concurso Publico, el mismo que no ha variado en mas del 25 % con relacion al estimado en el PAAC 2007, por lo tanto, no corresponde modificar el Plan Anual al no cumplirse con las condiciones estipuladas en el numeral 2) del articulo 27º del Reglamento de la Ley Nº 26850; Que, en merito a lo expuesto en el Informe Tecnico que sirve de sustento para la presente Resolucion cabe mencionar que el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. La acotada MORDAZA legal establece como una causal para considerar que existe un proveedor unico, que las necesidades del area usuaria se sustente en razones de indole tecnica, como las expuestas por el Departamento de Logistica en su informe de la referencia; Que, el requisito previsto en la MORDAZA comentada en el considerando precedente seria de aplicacion en el presente caso, toda vez que dada las caracteristicas de los estacionamientos a arrendar derivadas de su ubicacion cercana a los locales de la Superintendencia, hacen que estos MORDAZA unicos mas si cuentan con la disponibilidad de ocupacion y reunen las caracteristicas necesarias requeridas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. En tal sentido y por las razones MORDAZA expuestas, la empresa PERUVIAN GLASS & MORDAZA INC. SUCURSAL PERU se constituye en proveedor unico, toda vez que los estacionamientos que se pretende arrendar no cuentan con sustitutos en el MORDAZA en razon de su especial ubicacion;

Que, de otro lado, cabe senalar ademas que el articulo 205º del MORDAZA mencionado Reglamento establece con relacion al plazo de vigencia de los contratos, que cuando estos MORDAZA arrendamientos de bienes inmuebles, el plazo podra ser hasta por un MORDAZA de tres anos renovables por igual o menor plazo en forma sucesiva; reservandose la Entidad el derecho de resolver unilateralmente el contrato MORDAZA el vencimiento previsto, sin reconocimiento de lucro cesante ni dano emergente, sujetandose a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al Consumidor que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, estando a lo senalado por la acotada MORDAZA legal y estando a los fundamentos tecnicos esgrimidos por el Departamento de Logistica, en su Informe Nº 035-2007DL, seria procedente autorizar la exoneracion para el arrendamiento de los estacionamientos descritos en los considerandos de la presente Resolucion, toda vez que debido a las condiciones particulares de estos, hacen que el servicio de arrendamiento sea indispensable para el normal desarrollo de las actividades de esta Superintendencia y que este no pueda ser brindado por otro proveedor en el MORDAZA que no sea el propietario de los estacionamientos materia de esta exoneracion; En uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias: RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion del Servicio de Arrendamiento de 60 Estacionamientos en la Av. Dos de MORDAZA Nº 1555, San MORDAZA, de propiedad de la empresa PERUVIAN GLASS & MORDAZA INC. SUCURSAL PERU, cuyo valor referencial asciende a la suma de US$ 81,396.00 (Ochenta y Un Mil Trescientos Noventa y Seis y 00/100 Dolares Americanos) incluido todo concepto, gasto y tributo; por el periodo de un ano. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar el mencionado servicio mediante acciones directas e inmediatas con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 87915-1

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de potenciostato/galvanostato/ ZRA, incluido software, para el Instituto General de Investigacion de la Universidad Nacional de Ingenieria
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA RESOLUCION RECTORAL Nº 838 MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007

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