Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

Criterio sustentado en la Resolucion Nº 256-2007SUNARP-TR-L del 27 de MORDAZA de 2007. TERCER PRECEDENTE EFECTOS DE SENTENCIA FIRME SOBRE NULIDAD DE ACTO JURIDICO "La sentencia firme que declara la nulidad de una transferencia de dominio, cualquiera sea el rubro en que se encuentre inscrita, retrotrae sus efectos a la fecha del asiento de MORDAZA de la anotacion de la demanda respectiva, enervando los asientos registrales incompatibles que hubieran sido extendidos luego de la referida anotacion, tales como transferencias de propiedad, embargos, hipotecas, etc. En consecuencia, en la expedicion de certificados de dominio y de gravamenes no seran considerados dichos asientos enervados." Criterio sustentado en la Resolucion Nº 136-2007SUNARP-TR-L del 5 de marzo de 2007. 72552-1

Grande, departamento de Amazonas, bajo jurisdiccion de la MORDAZA Registral Nº II - Sede Chiclayo. Articulo Segundo.- La Jefatura de la MORDAZA Registral Nº II - Sede Chiclayo, emitira una resolucion, especificando los servicios que brindara la indicada Oficina Receptora, asi como el ambito de su competencia territorial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 73091-1 RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 173 -2007-SUNARP/SN MORDAZA 14 de junio de 2007 VISTO el Informe Nº 44-2007-SUNARP/GG, elevado por el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA Recavarren, Gerente General de la Sede Central de la SUNARP, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se creo la Superintendencia Nacional de los Registros PublicosSUNARP, organismo publico descentralizado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, cuyo objetivo principal es dictar las politicas y normas tecnicos administrativas de los Registros Publicos; Que, siendo concordante con la politica de descentralizacion impartida por el Gobierno Central, y a efectos de facilitar el acceso a los servicios registrales a la poblacion de menores recursos y sectores mas alejados de la poblacion, se ha previsto la implementacion de oficinas receptoras en el interior del pais; Que, esta Superintendencia considera pertinente la creacion de la Oficina Receptora ubicada en el distrito de Uchiza, provincia de Tocache, departamento de San Martin; Que, mediante los Informes Nº 228-2007-SUNARPGL y Nº 160-2007-SUNARP/GPD, elaborados respectivamente por la Gerencia Legal y Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP, se emitieron opiniones favorables para la creacion de la indicada oficina receptora; Que, la indicada Oficina, contara con las condiciones materiales y personales necesarias para que los usuarios puedan solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma adecuada; Que, conforme al acuerdo adoptado en la Sesion de Directorio Nº 219 del 6 de junio de 2007 y en uso de la atribucion conferida por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, la creacion, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora, ubicada en el distrito de Uchiza, provincia de Tocache, departamento de San MORDAZA, bajo jurisdiccion de la MORDAZA Registral Nº IIISede Moyobamba. Articulo Segundo.- La Jefatura de la MORDAZA Registral Nº III- Sede Moyobamba, emitira una resolucion, especificando los servicios que brindara la indicada Oficina Receptora, asi como el ambito de su competencia territorial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Autorizan creacion, apertura y funcionamiento de Oficinas Receptoras en las ciudades de Bagua Grande y MORDAZA y en el distrito de Uchiza
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 172 -2007-SUNARP/SN MORDAZA, 14 de junio de 2007 VISTO el informe Nº 44-2007-SUNARP/GG, elevado por el senor ingeniero MORDAZA MORDAZA Recavarren, Gerente General de la Sede Central de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26366, se creo la Superintendencia Nacional de los Registros PublicosSUNARP, organismo publico descentralizado del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, cuyo objetivo principal es dictar las politicas y normas tecnicos administrativas de los Registros Publicos; Que, siendo concordante con la politica de descentralizacion impartida por el Gobierno Central, y a efectos de facilitar el acceso a los servicios registrales a la poblacion de menores recursos y sectores mas alejados de la poblacion, se ha previsto la implementacion de oficinas receptoras en el interior del pais; Que, esta Superintendencia considera pertinente la creacion de la Oficina Receptora ubicada en la MORDAZA de Bagua Grande, provincia de Utcubamba-Bagua Grande, departamento de Amazonas; Que, mediante los informes Nº 227-2007-SUNARP-GL y Nº 143-2007-SUNARP/GPD, elaborados respectivamente por la Gerencia Legal y Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP se emitieron opiniones favorables para la creacion de la indicada oficina receptora; Que, la indicada Oficina, contara con las condiciones materiales y personales necesarias para que los usuarios puedan solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma adecuada; Que, conforme al acuerdo adoptado en la Sesion de Directorio Nº 219 del 6 de junio de 2007 y en uso de la atribucion conferida por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema Nº 1352002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, la creacion, apertura y funcionamiento de la Oficina Receptora, ubicada en la MORDAZA de Bagua Grande, provincia de Utcubamba-Bagua

MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos 73091-2

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