Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2007 (15/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 15 de junio de 2007

e. MORDAZA de las Actas de Instalacion y Sesiones de los Consejos de Coordinacion Regional, en las que se emite opinion consultiva con arreglo al Art. 11º-B de la LOGR, y de las de la Asamblea Metropolitana de MORDAZA, en las que se ejerza las funciones de Consejo de Coordinacion Regional. f. Para la sustentacion documentada del cumplimiento de las normas de Responsabilidad y Transparencia Fiscal a que se refiere el Art. 90º - A de la LOGR, en concordancia con el MORDAZA de responsabilidad fiscal establecido por el Art. 5º de la Ley de Bases, y desarrolladas en la Ley Nº 27245 modificada por la Ley Nº 27958, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y en el Decreto Legislativo Nº 955, Descentralizacion Fiscal; se tendra en cuenta lo dispuesto en el Art. 1º de la Resolucion Presidencial Nº 065-CND-P-2005, por el cual "Aprueban requisitos especificos e indicadores de cumplimiento y procedimientos de verificacion de los requisitos generales y especificos relativos al MORDAZA de acreditacion del ano 2005". g. MORDAZA del Plan de Participacion Ciudadana como instrumento de la politica a que se refiere el inciso p) del Art. 15º de la LOGR, aprobado conforme a Ley. h. Sustentacion documentada de la conformacion de la Agencia de Promocion de Inversiones a que se refiere el numeral 3) del Art. 7º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivo para la Integracion y Conformacion de Regiones, reglamentado por el Art. 10º del Decreto Supremo Nº 063-2004-PCM. En los casos de no haberse conformado Agencias de Promocion de Inversiones en razon de su inaplicabilidad, los Gobiernos Regionales cumpliran con presentar la sustentacion documentada de la creacion de la Agencia de Fomento de la Inversion Privada a que se refiere el Art. 8º de la Ley Nº 28059, Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, reglamentado por el Capitulo IV Titulo II del Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM. i. Lineamientos de Politicas Sectoriales Regionales aprobados por los respectivos Consejos Regionales, cuadro de Asignacion de Personal, Presupuesto Analitico de Personal, Reglamento y Manual de Organizacion y Funciones, desarrollados de acuerdo a las funciones solicitadas y aprobados conforme a Ley. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 72588-1

Que, la Ley Nº 28273 ­ Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 080-2004PCM, establece los requisitos generales y especificos que deben cumplir los Gobiernos Regionales y Locales para que puedan acreditar su certificacion; Que, segun lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM, las Transferencias programadas en el Plan de Mediano Plazo 2006-2010, se deberan culminar al 31 de diciembre de 2007, ya que es necesario que los Gobiernos Regionales y Locales ejerzan sus competencias y ejecuten y administren los programas y proyectos a transferir, cumpliendo con el MORDAZA de subsidiaridad y los criterios de selectividad y proporcionalidad, previstos en la Ley de Bases de la Descentralizacion; Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 047 de 12 de junio de 2007, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao aprobo por unanimidad, declarar que esta entidad, con arreglo al procedimiento y plazo fijado por el numeral 5.1.3 de la Directiva N° 001-2007-PCM/SD aprobada por la Resolucion Secretarial Nº 003-2007-PCMSD de la Secretaria de Descentralizacion, se compromete para el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales incluidas en los respectivos "Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales", a cumplir con los requisitos generales contenidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28273; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; EL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO ha aprobado la siguiente Ordenanza: Articulo 1º.- Facultase al Presidente del Gobierno Regional del Callao, para que por Decretos Regionales y Resoluciones Ejecutivas Regionales, dicte las disposiciones necesarias que le permitan al Gobierno Regional del Callao cumplir con los requisitos generales contenidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, con cargo a dar cuenta al Consejo Regional. Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 73246-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Delegan facultades al Presidente del Gobierno Regional del Callao para dictar disposiciones que permitan cumplir requisitos generales a que se refiere la Ley Nº 28273
ORDENANZA REGIONAL N° 007 Callao, 12 de junio de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en Sesion de 12 de junio de 2007 aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DELEGA FACULTADES AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Disponen que la Comision de Transferencia de Recepcion del Gobierno Regional del Callao adopte acciones necesarias para dar cumplimiento al Art. 1º del Acuerdo Nº 047
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 222 Callao, 12 de junio de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTO: El Acuerdo N° 047 adoptado por el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en sesion celebrada el 12 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, a efecto de dar cumplimiento al articulo 1° del Decreto Supremo Nº 068-2006-PCM que dispone que a mas tardar el 31 de diciembre de 2007 el Gobierno Nacional

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