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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de junio de 2007 347351 del área inscrita con el Código de Predio Nº PO1105094 en el Registro de Predios del Callao, denominada Área Verde Nº 2, registrado como Área de Recreación Pública (parque); apruébase para tal efecto el Plano Perimétrico del Área Verde Nº 2 con Código Nº GHU-019 y su correspondiente Memoria Descriptiva. Artículo 2º.- Apruébase la independización del área de terreno de 750.00 metros cuadrados denominada Parcela 1 del área de terreno de mayor extensión inscrita con el Código de Predio Nº PO1105094 en el Registro de Predios del Callao, Apruébase para tal efecto el Plano de Independización con Código Nº GHU-020 y su correspondiente Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Apruébase la desafectación del área de terreno de 750.00 metros cuadrados denominada Parcela 1 e independizada en el artículo anterior, variando su uso de suelo de Recreación Pública (parque), a Servicios de Salud, ubicada en el Asentamiento Humano Santa Rosa del Cercado del Callao; apruébense para tal efecto el Plano Perimétrico con Código Nº GHU-021 y su correspondiente Memoria Descriptiva que incluye la modi fi cación del Cuadro General de Distribución de Áreas. Artículo 4º.- Modifícase en lo pertinente, el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao, 1995-2010. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Urbano y Gerencia General de Asentamientos Humanos el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se comunique, publique y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 73865-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI Declaran en situación de desabaste- cimiento inminente la adquisición de alimentos para el Programa del Vaso de Leche 2007 ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2007/MPYO La Oroya, 8 de junio de 2007 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAULI - LA OROYA POR CUANTO:El Concejo Municipal en sesión Extraordinaria del 6 de junio del año en curso. VISTO:El Informe Legal Nº. 203-2007-GAL/MPYO, Informe Técnico N° 097-2007-SGLA/MPYO, sobre comunicación del desabastecimiento inminente del programa de vaso de leche. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, N° 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica administrativa en los asuntos de su competencia. Que el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley orgánica de Municipalidades señala que los Concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante las aprobaciones ordenanzas y acuerdos, además en su artículo 41º de la referida norma establece que los cuerdos son decisiones que toma el Concejo , referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto a sujetarse de una conducta o norma institucional. Que mediante Informe N° 097-2007-SGLA/MPYO, de fecha 4 de junio del 2007, el Subgerente de Logística, informa al titular del pliego lo siguiente: a) que la Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, se abastece de productos alimenticios para atender el programa de Vaso de leche, distribuidos entre un total de 4,054, bene fi ciarios; todo esto debidamente administrado por el comité de administración del programa de vaso de leche y supervisada por la coordinadora de esta municipalidad Srta. Isela PERALTA CHANG; b) que actualmente está proveyendo de leche evaporada a dichas bene fi ciarias, la misma que estaba asegurada hasta fi nes del mes de febrero del año en curso, producto de la adquisición complementaria a través de una addenda al último contrato del año 2006, de acuerdo con el artículo 236º del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en lo que se refi ere a productos lácteos, éstos se proveyeron hasta el mes de febrero 2007, c) que con el Requerimiento N° 000043-PVL-MPYO, la Coordinadora Srta. Isela PERALTA CHANG, solicita a mi despacho la compra de la leche evaporada en latas de 410 gr. y productos complementarios de avena con Kiwicha, paralelamente se informa al Alcalde sobre su elección de dichos productos por parte de las unidades vecinales; d) que ante este requerimiento, el comité especial del Programa de Vaso de Leche, convoca a Licitación Pública, N° 001-CE-MPYO/PVL, cuyo cronograma corre desde el 23 de abril hasta el 28 de mayo 2007, cronograma que está incluido en las bases administrativas, ítem 3, aprobada según Memorándum N° 130-2007-GM-MPYO, e) Actualmente este proceso se ha suspendido temporalmente, ante una consulta elevada ante el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, por el postor AGROINDUSTRIAS LACTEAS DEL SUR SAC, dentro del derecho que le asiste según el artículo 116° del Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, al momento de presentarse este informe, aun no se cuenta con el pronunciamiento alguno de CONSUCODE, cuya fecha límite es el (15) de junio del presente año, en el que se cumple los 10 días hábiles para tal fi n, f) asimismo que el día (15) se pronuncie el CONSUCODE, las bases tienen que ser integradas y por lo complejo del proceso se tiene que recandelarizar, consecuentemente prorrogar los plazos originales, lo que conllevaría a terminar el proceso aproximadamente a fi nes el presente mes; también se tiene referencia sobre casos similares, donde CONSUCODE se pronuncia más allá de los 10 días establecidos; g) de acuerdo a lo explicado se prevé un desabastecimiento de los productos materia del proceso lo que conllevaría a una desatención a los bene fi ciarios del programa de vaso de leche, generando una problemática social como consecuencia de una acción administrativa interna y externa, totalmente ajena a la gestión, cuya responsabilidad no alcanza a las áreas involucradas; h) la base legal: la normatividad regula la adquisición de alimentos para este programa social son: Ley Nº 27470, que establece normas complementarias para la ejecución del programa Vaso de Leche y su modi fi catoria Ley Nº 27712, Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, que aprueba el texto único ordenado de la Ley Nº 26850, Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 26850, en tal virtud se llega a las siguientes conclusiones: 1) que el proceso de adquisiciones de productos alimenticios leche evaporada y hojuelas de avena, para el programa de vaso de leche 2007, se encuentre suspendido temporalmente, esperando el mani fi esto del CONSUCODE, ante la consulta de AGROINDUSTRIAS LACTEAS DEL SUR SAC; 2) que para llevar a cabo el proceso de adquisición según los nuevos plazos previstos en la normatividad, después que se manifi este el CONSUCODE, éstos concluiría en el mejor de los casos en el mes de julio, distribuyéndose en el mes de agosto, lo que originaria desabastecimiento de los productos alimenticios; 3) que ante esta problemática se presentan dos alternativas para la adquisicion de dichos productos: a) adquirir los alimentos mediante la normatividad vigente, esperando el mani fi esto de CONSUCODE, la misma que no es recomendable dado a que los plazos exigidos en la norma alargaría la fecha de entrega, generando un problema social; b) adquirir los alimentos mediante la declaración de situación de desabastecimiento inminente de la atención del programa de vaso de leche, esta modalidad permitiría